Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 22/06/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 15 de junio de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, relativas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Arquitectura Superior (A1.2001), de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2019 y 2021.

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De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la base quinta de la Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, opciones y/o subopciones de la Administración General de la Junta de Andalucía,

RESUELVE

Primero. Aprobar las listas definitivas de las personas admitidas y excluidas al proceso selectivo de acceso libre para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Arquitectura Superior (A1.2001). En el caso de las personas aspirantes excluidas, en las referidas listas se expresan las causas que han motivado su exclusión.

Segundo. Las listas quedarán expuestas al público en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero. Convocar a las personas admitidas para la realización del primer ejercicio que, de acuerdo con la comisión de selección de esta prueba, se celebrará el día 9 de julio de 2022, a las 10:00 horas en la Universidad Pablo de Olavide, en ctra. de Utrera, km 1,  de Sevilla, de acuerdo con la distribución que figura a continuación.

- Desde Acosa Francos, José Luis, hasta Ruiz Recco, Francisco Javier, en edificio 5 «José María Blanco White».

- Desde Ruiz Triviño, Francisco Rubén, hasta Viñolo Ávila, Zaida, en edificio 6 «Manuel José de Ayala».

Cuarto. Para acceder al aula de examen, las personas opositoras deberán presentar necesariamente, el DNI, NIE, carnet de conducir o pasaporte en vigor. En su defecto, podrán presentar justificante de pérdida certificado por la Policía Nacional, o denuncia de robo o sustracción, realizada ante la Policía Nacional, acompañando dicha documentación de una fotografía tamaño carnet.

El llamamiento será único y se excluirá a quienes no comparezcan.

Las personas opositoras deben ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Quinto. Aquellas personas que figuran excluidas en la lista definitiva de personas admitidas y excluidas aprobada mediante esta resolución y hayan iniciado o pretendan iniciar actuaciones de impugnación para reclamar su derecho a ser admitida en el proceso selectivo, podrán acudir para la realización del primer ejercicio a que se refiere el apartado tercero, al aula de incidencias de cualquiera de las sedes de examen indicadas, sin que dicha realización suponga que se resuelve con ello estimar su admisión, cuya continuación en el proceso queda condicionada al sentido de la resolución expresa de su impugnación, considerándose que en caso de no comparecer quedarán excluidas del proceso selectivo en los términos de lo dispuesto en el apartado 5 de la base séptima de la convocatoria.

Sexto. Contra la presente resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de este órgano en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Sevilla, 15 de junio de 2022.- La Directora, María del Mar Caraza Cristín.

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