Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 122 de 28/06/2022

3. Otras disposiciones

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

Resolución de 22 de junio de 2022, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y de contratación.

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El régimen económico presupuestario de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (en adelante, la Oficina) viene determinado por el artículo 32 de Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante y, de forma más pormenorizada, por el artículo 61 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina, aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 20 de abril de 2022, donde se previene que «el régimen patrimonial, de contabilidad e intervención y el régimen de contratación será el del Parlamento de Andalucía».

El artículo 26 de la Ley 2/2021, establece que corresponde la persona titular de la Dirección de la Oficina ordenar los pagos en ejecución de su presupuesto y celebrar los contratos y convenios. De igual forma el artículo 61.6 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento recoge esta competencia de la dirección «sin perjuicio de las delegaciones que acuerde a favor de otro órgano de la Oficina».

Razones de eficacia, eficiencia y agilidad administrativa aconsejan delegar determinadas competencias en determinados órganos de la Oficina.

En consecuencia, el Director de la Oficina, en virtud de las facultades que le otorga el artículo 14 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de esta institución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con el informe favorable de la Intervención del Parlamento de Andalucía,

RESUELVE

Delegar en la persona que desempeñe la Dirección Adjunta de la Oficina, las siguientes competencias:

a) Las que corresponden al órgano de contratación en aquellos contratos cuyo presupuesto de licitación no exceda de tres mil euros (3.000,00 €), impuestos incluidos.

b) Autorizar los gastos de la Oficina hasta un importe de tres mil euros (3.000,00 €), impuestos incluidos.

c) Ordenar los pagos de la Oficina hasta un importe de tres mil euros (3.000 euros), impuestos incluidos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de junio de 2022.- El Director, Ricardo Vicente Puyol Sánchez.

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