Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 05/07/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 24 de junio de 2022, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, de delegación de competencias en materia de personal con destino en los Servicios Centrales para la autorización de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en el ámbito del territorio español y la autorización en relación con los desplazamientos dentro y fuera del ámbito del territorio español.

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En virtud del Decreto 359/2003, de 22 de diciembre, modificado por el Decreto 240/2008, de 13 de mayo, se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica.

El artículo 10.e) de dichos Estatutos otorga al titular de la Presidencia la potestad de dictar disposiciones, instrucciones y circulares relativas al funcionamiento y organización interna de esta Agencia, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Junta de Andalucía.

En virtud de Resolución de 14 de marzo de 2012, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, se delegaron en la persona titular de la Secretaría General, entre otras competencias, la de autorizar al personal destinado en los Centros IFAPA la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en el ámbito del territorio español y la autorización en relación con los desplazamientos dentro y fuera del ámbito del territorio español.

Si bien dicha atribución fue avocada por la Presidencia de este Instituto mediante Resolución de 5 de abril de 2022, publicada en BOJA el pasado 6 de mayo, actualmente resulta aconsejable delegar nuevamente en la personas titulares de las Direcciones de los centros de este Instituto la citada competencia al objeto de conseguir una mayor celeridad y simplificación en la tramitación y resolución de los procedimientos y con el fin de reordenar las competencias administrativas de esta Agencia, potenciando una estructura flexible que favorezca la coordinación y cooperación entre sus órganos.

Por todo lo cual, conforme a lo establecido en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 9 y 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

R E S U E L V O

Primero. Delegación de competencias en materia de personal.

Delegar en las personas titulares de las Direcciones de los Centros IFAPA la competencia para autorizar al personal destinado en sus centros la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento en el ámbito del territorio andaluz, así como la autorización en relación con los desplazamientos dentro del mismo ámbito para el desempeño de sus funciones y labores propias tales como tomas de muestras, de datos, realización de ensayos y demostraciones, analíticas y análogas, excepto en los casos de asistencia a talleres, jornadas, congresos, simposios y eventos similiares a los que acudan en representación de IFAPA.

Segundo. Efectos.

La presente resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de junio de 2022.- La Presidenta, Lourdes Fuster Martínez.

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