Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 08/07/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Anuncio de 28 de junio de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto que se cita en los términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle. (PP. 1572/2022).

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A los efectos previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se somete a información pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto de ejecución Línea Aérea-Subterránea 132 kV de conexión a SET «Valle 3» para evacuación común de varias plantas solares fotovoltaicas a nudo Arcos 400 kV (AT-14227/20) en los términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Arco Energía 1, S.L.

Domicilio: C/ Méndez Álvaro, 44, 28045 (Madrid).

Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle.

Finalidad de la instalación: Línea aérea-subterránea 132 kV de conexión a SET «Valle 3» para evacuación común de varias plantas solares fotovoltaicas a nudo Arcos 400 kV.

Línea subterránea simple circuito de 132 kV desde SET «Arco 1» al apoyo núm. 1.

• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

• Tensión: 132 kV.

• Longitud: 9,440 km.

• Tipo Conductor: 1x1600 mm² Al con pantalla de 120 mm² Cu XLPE 132 kV. UNE-HD 632-3A y UNE-HD.

• 632-5A.

• Número de circuitos: 1.

• Número Conductores/Fase: 1.

• Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.

Línea aérea simple circuito de 132 kV desde SET «Arcos I» al apoyo núm. 1.

• Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.

• Tensión: 132 kV.

• Longitud: 0,040 km.

• Tipo Conductor: LA-280 (242-AL1/39-ST1A).

• Número de circuitos: 1.

• Número Conductores/Fase: 2 (Dúplex).

• Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera.

Línea aérea doble circuito de 132 kV desde apoyo núm. 1 hasta el apoyo núm. 15.

• Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.

• Tensión: 132 kV.

• Longitud: 4,684 km.

• Tipo Conductor: LA-280 (242-AL1/39-ST1A).

• Número de circuitos: 2.

• Número Conductores/Fase Circuito 1: 2 (Dúplex).

• Número Conductores/Fase Circuito 2: 2 (Dúplex).

• Núm. apoyos: 15.

• Términos municipales afectados: Jerez de la Frontera, Arcos de la Frontera y San José del Valle.

Línea subterránea doble circuito de 132 kV desde apoyo núm. 15 hasta SET «Valle 3».

• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.

• Tensión: 132 kV.

• Longitud: 0,055 km.

• Tipo Conductor: 1x1600 mm² Al con pantalla de 120 mm² Cu XLPE 132 kV. UNE-HD 632-3A y UNE-HD 632-

• 5A.

• Número de circuitos: 2.

• Número Conductores/Fase Circuito 1: 1.

Número Conductores/Fase Circuito 2: 1.

• Término municipal afectado: San José del Valle.

De conformidad con el artículo 157 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. La servidumbre de paso de energía eléctrica gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la Ley del Sector Eléctrico, en el presente Reglamento y en la legislación general sobre expropiación forzosa y se reputará servidumbre legal a los efectos prevenidos en el artículo 542 del Código Civil y demás con él concordantes.

La servidumbre de paso aéreo de energía eléctrica comprenderá, de conformidad con el artículo 158 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, lo siguiente:

a) El vuelo sobre el predio sirviente.

b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalación de puestas a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

La servidumbre de paso subterráneo de energía eléctrica comprenderá, de conformidad con el articulo 159 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, lo siguiente:

a) La ocupación del subsuelo por los cables conductores a la profundidad y con las demás características que señale la normativa técnica y urbanística aplicable. A efectos del expediente expropiatorio y sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a medidas y distancias de seguridad en los Reglamentos técnicos en la materia, la servidumbre subterránea comprende la franja de terreno situada entre los dos conductores extremos de la instalación.

b) El establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.

c) El derecho de paso o acceso para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la instalación, cuya relación se inserta al final de este anuncio, indicándose que el Proyecto de ejecución, podrá ser examinado en las dependencias del Servicio de Energía de la Delegación del Gobierno en Cádiz de la Junta de Andalucía, sita en Plaza Asdrúbal, 6, Edificio Junta de Andalucía, 11008 Cádiz, y, en su caso, presentar las alegaciones que se estimen oportunas, en el plazo de treinta días, a partir del siguiente al de inserción del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/servicios/participacion/todosdocumentos.html

Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 del antedicho cuerpo legal.

Cádiz, 28 de junio de 2022.- La Delegada del Gobierno, P.S. (Orden de 13.5.2022, BOJA extraordinario núm. 17, de 13.5.2022, y BOJA núm. 97, de 24.5), Mercedes Colombo Roquette.

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