Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 13/07/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 7 de julio de 2022, de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Cádiz, para la incoación del procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la actividad de interés etnológico «Conmemoración del maremoto de 1755 por la Hermandad de La Palma de Cádiz».

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 de la citada ley, se regula el procedimiento de inscripción de bienes en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero y declarado vigente por la disposición derogatoria única de dicha Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales y Museos la competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

II. La actividad ritual que se practica en torno al Rosario y procesión de la Virgen de la Palma en el barrio de La Viña es en sí misma un fenómeno que presenta relevantes valores patrimoniales, especialmente enmarcadas en el interés etnológico. Hay que remarcar su largo proceso histórico, su gran valoración entre los participantes, los procesos de identidad local que genera entre ellos, incluso la sociabilidad y asociacionismo generados alrededor de esta. Este conjunto convierte la festividad en un elemento destacado del patrimonio cultural andaluz.

El Rosario y procesión de la Virgen se recuerda cada 1 de noviembre desde 1755, momento en el que aconteció el maremoto de Cádiz y cuando los sacerdotes de la capilla de la Virgen de la Palma, acompañados de vecinos del barrio que se valían de su protección, atestiguaban ver retroceder las aguas que se adentraban por la calle principal atribuyéndolo a la misma. Ese mismo día por la tarde todo el vecindario vino a dar las gracias a la Virgen y de este modo se origina la celebración que ha llegado hasta la actualidad. Según Juan Agudo Torrico este acontecimiento es incuestionable en términos absolutos y así lo muestra la comunidad local que de este modo hace una demostración del valor intrínseco que dio origen a este ritual. La perduración que se ha dado en el tiempo no hay que banalizarla y darla por sentado, pues la celebración ha atravesado numerosos acontecimientos. En el siglo XIX existen escritos entre el ayuntamiento y la archicofradía dando el primero permiso para procesionar y donde se invitaba a los vecinos a tomar parte. En la otra cara de la moneda, la paulatina secularización que experimenta la centuria hará que la procesión vespertina no se realice durante algunos años, debido a carencias económicas, aunque siempre su hermandad ha estado activa y ha organizado las fiestas en su honor, donde se incluía, de manera inextinguible, el rosario matutino hasta la playa de la Caleta, según se anotará posteriormente. La celebración se ha tenido que ir adaptando a determinadas circunstancias sociales a las que ha hecho frente (las diferentes normas diocesanas para la regulación de las hermandades, las medidas municipales para controlar el culto público, los esporádicos tiempos de carestía económica, etc.), así como también ha vivido momentos de reseñable importancia en su historia, de los que se erige como signo incuestionable la celebración anual desde el siglo XVIII hasta la actualidad. Se puede decir que este ritual es un ejemplo claro de continuidad temporal de una manifestación religioso-festiva, donde, aparte de su larga estancia, también se pueden señalar grandes momentos vividos. Esto hace no solo mantener la esencia primigenia que la hizo brotar, sino que actualmente presenta una amplia diversidad de participantes y espectadores que hacen que este prometa mantenerse hacia el futuro.

Es en estos participantes y espectadores donde se demuestra que esta celebración es una manifestación de interés cultural, destacando el carácter devocional presente en esta celebración, el cual es solo la parte visible, a primera vista, de lo que supone este ritual. En él están insertos valores identitarios presentes en la utilización del espacio, en este caso el barrio de La Viña, representado por sus habitantes y aledaños. Cada año, estos se reúnen en el lugar primigenio ritualizando simbólicamente su barrio, repitiendo y reafirmando esta relación simbólica y dejando patente que en este hecho religioso-festivo existen funciones identitarias claras. El 1 de noviembre se refuerza la identidad del barrio sin modificar a grandes rasgos la estructura social imperante el resto del año, simplemente se refuerza esa imagen de «communitas» (tal y como lo definió Víctor W. Turner) entre los participantes. Este día la unificación identitaria se materializa en la utilización del comercio local, mostrándose estos como parte del barrio, avivados por la comunidad, y presentados como una unidad, aunque estructuralmente jerarquizada, pero compacta.

Este valor identitario también se observa en las formas de sociabilidad y asociacionismo presentes. Por un lado, se encuentra el asociacionismo oficial ligado al ritual, en este caso la archicofradía, que se halla sujeta al estamento eclesiástico. Existen también asociaciones ligadas a esta como los cargadores, que durante un tiempo estuvieron separados de la archicofradía pero que finalmente se unieron formando un subgrupo dentro de ella, y el coro de La Viña, que aun siendo una asociación ajena a la principal, no lo es en lo que se refiere al día de la celebración. Todo este asociacionismo presente, en palabras de Isidoro Moreno Navarro y otros autores, aparte de la sociabilidad no oficial como, por ejemplo, los grupos de vecinos no organizados que están presentes este día, forma esa imagen comunitaria, mostrando la identidad que representa el ritual festivo-religioso, y asegura la permanencia de estas relaciones, posibilitando una sociabilidad más allá de las finalidades explícitas de cada asociación.

Todo lo anteriormente expuesto acredita los valores históricos, artísticos y etnológicos en la consideración del citado ritual festivo religioso como Patrimonio Cultural Andaluz.

Por todo lo cual, con el visto bueno de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de esta Delegación Territorial en su sesión celebrada el día 28 de junio de 2022, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Bienes Culturales, cumpliendo con lo previsto en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atendiendo a lo establecido en la Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico determinadas competencias en materia de patrimonio histórico, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 98, de 25 de mayo de 2022,

RESUELVO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés Etnológico «Conmemoración del maremoto de 1755 por la Hermandad de La Palma de Cádiz», en el término municipal de Cádiz (Cádiz), cuya descripción figura en el anexo a la presente resolución.

Segundo. Adscribir por su íntima vinculación con la actividad de interés etnológico los bienes muebles que se relacionan y describen en el anexo a la presente propuesta de resolución.

Tercero. Adscribir el ámbito territorial vinculado al desarrollo de la Actividad de Interés Etnológico que se relaciona y describe en el anexo a la presente propuesta de resolución.

Cuarto. Establecer provisionalmente las Instrucciones Particulares que, a modo de Medidas de Salvaguardia, constan en el anexo a la presente propuesta de resolución.

Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Sexto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Séptimo. Hacer saber al Ayuntamiento de Cádiz que debe procederse a la suspensión de las actuaciones que se estén desarrollando y de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas, hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.

Octavo. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación se llevará a cabo por la Delegación Territorial de la Consejería en Cádiz.

Noveno. Ordenar que la resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 7 de julio de 2022.- La Delegada, por suplencia (Orden de 22.12.2021), la Delegada Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Mercedes Colombo Roquette.

ANEXO

I. Denominación.

Conmemoración del maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de la Palma.

Otras denominaciones.

Fiesta del 1 de noviembre de la Hermandad de la Palma.

Fiestas de la Palma.

II. Localización.

Barrio de La Viña (Cádiz)

III. Descripción de la actividad.

La fiesta de la Conmemoración del Maremoto de 1755 se celebra de manera anual el mismo día en el que se produjo el seísmo, es decir, el 1 de noviembre. La actividad ritual, que se practica en torno al rosario y procesión de la Virgen de la Palma en el barrio de La Viña, es en sí misma un fenómeno que presenta valores patrimoniales, especialmente enmarcados en el interés etnológico. El rosario y procesión de la Virgen se recuerda cada 1 de noviembre desde 1755 por ser el momento en el que aconteció el maremoto de Cádiz y cuando los sacerdotes de la capilla de la Virgen de la Palma, acompañados de vecinos del barrio que se valían de su protección, atestiguaban ver retroceder las aguas que se adentraban por la calle principal atribuyéndolo a la misma. Ese mismo día por la tarde todo el vecindario vino a dar las gracias a la Virgen y de este modo se origina la celebración que ha llegado hasta la actualidad.

Su desarrollo consta de varias fases, que se van sucediendo a lo largo de todo el día desde por la mañana hasta la noche; no obstante, hemos de ubicar los prolegómenos a principios del mes de octubre. Es lo que vamos a llamar una «fase preparatoria», donde distinguimos ciertos aspectos que anticipan y preludian, participando de los mismos valores, la eclosión del día 1.

Así, los primeros atisbos para la celebración se pueden observar desde principios del mes de octubre, cuando un grupo de miembros y allegados de la corporación, dirigidos por el mayordomo de la cofradía, se dedican a preparar los enseres y limpiarlos para su utilización. Desde mediados de mes, se trabaja en la iglesia montando el altar de cultos de la novena que precede a la fiesta propiamente dicha. Este tipo de altares efímeros supone uno de los pocos vestigios que quedan de los grandes aparatos que se instalaban durante el barroco tanto por motivos religiosos como civiles, dentro y fuera de las iglesias en la conmemoración de efemérides o actos de importancia. La novena se celebra anualmente del 20 al 28 de octubre, y supone un acto de carácter religioso por el que durante nueve días se lleva a cabo una celebración litúrgica en la iglesia destinada a profundizar en la intercesión de la Virgen el día del maremoto. Durante la misma, intervienen diferentes sacerdotes que son invitados para la ocasión. Posteriormente, durante los días 30 y 31, la imagen de la Virgen se baja del altar que se le dispuso y se coloca en el suelo sobre una peana a la altura de los fieles (besamanos).

El día 1 de noviembre a primera hora de la mañana, a la misma hora en la que se aproximaba la ola a la ciudad, se comienza a conformar el cortejo que se dirigirá a la playa de la Caleta, Este cortejo se inicia con cruz alzada y ciriales que portan monaguillos, tras la cual se suman tradicionalmente las mujeres. Cierra este tramo un miembro de la Junta de Gobierno que porta el estandarte del milagro, popularmente conocido como «simpecado», que es una reproducción realizada a mediados del siglo pasado con piezas antiguas, debido al precario estado de conservación del original. Por último, el hermano mayor porta en sus manos el crucifijo que se usó en el momento en el que se pararon las aguas en 1755, antecedido por monaguillos que llevan incensarios y naveta. Cierra el cortejo el sacerdote, que va en calidad de preste, portando una capa pluvial bordada en sedas fechable a finales del siglo XVIII. La procesión discurre rezando el rosario y cantando los gozos del milagro, que todos los asistentes corean y repiten, hasta que llegan a la explanada junto a la Puerta de la Caleta; en ese momento, el sacerdote reza la oración del sacramentario dedicada a la bendición de los mares, toma agua bendita y asperge el mar. A su vuelta, y al llegar a la calle de la Palma, el cortejo se detiene en un lugar clave, marcado con un retablo callejero: el punto en el que se detuvieron, en 1755, los sacerdotes que portaban el estandarte y el crucifijo pidiéndole a la Virgen que parara las aguas. Allí el sacerdote reza la salve a la Virgen y bendice a los asistentes con el crucifijo del milagro.

Al mediodía se celebra la función solemne, que es como se llama a la misa conmemorativa que preside el obispo y a la que acuden, entre otros, las autoridades civiles y otras hermandades asociadas. Es el momento del canto de la conocida como «misa típica gaditana», interpretada por el coro de La Viña, una agrupación musical propia del barrio que tiene encargada esta labor desde 1970.

Por la tarde tiene lugar la procesión de la Virgen de la Palma, cuyo itinerario es variable, aunque siempre dentro de los límites del barrio. No obstante hay un espacio que no puede faltar: El azulejo que conmemora el lugar en el que se pararon las aguas, pues es ahí donde, de nuevo, el coro formado por vecinos del barrio le cantan el tanguillo.

La transmisión de la actividad se produce por los círculos familiares o de amistad, quizás con cierta prevalencia del segundo. En este sentido destaca cómo históricamente eran los hombres los que organizaban la fiesta, ya que solo a ellos les estaba reservado el ser miembros de pleno derecho de la hermandad. Desde las últimas décadas del siglo XX, las mujeres también han tomado parte activa en la dirección de la misma, y ejercen cargos de responsabilidad en las juntas de gobierno y en otros menesteres, como en la organización del cortejo.

La responsabilidad de la organización de la fiesta recae en su totalidad en la Junta de Gobierno de la cofradía, que es como se conoce al grupo de entre 10 y 15 miembros que la dirigen durante un período de 4 años, elegidos por la totalidad de los hermanos mediante votación a una lista cerrada. Sus normas, funciones y responsabilidades están reguladas por la autoridad eclesiástica, y actualmente se rigen por el Estatuto base para las hermandades y cofradías. Se ha de destacar la participación activa de hermanos en la fiesta, ya sea formando parte de los cortejos procesionales de la mañana y la tarde o bien con otras funciones primordiales, como los cargadores. En las filas de la procesión, pueden ir o bien con cirio, o bien con alguna otra insignia o estandarte, quedando la Junta de Gobierno en la parte del cortejo conocida como presidencia, delante del cuerpo litúrgico que acompaña al paso. Los miembros de la misma portan varas con las que denotan su autoridad e indican su cargo. Además, se involucran otros grupos como el coro de La Viña, formado por vecinos de la ciudad, que cantan en la misa y a la tarde en la calle, y la Banda de Música que interpreta las marchas procesionales durante la procesión vespertina.

IV. Ámbito territorial vinculado.

Para garantizar determinadas cautelas sobre algunos elementos urbanos que son consustanciales a la propia actividad, se ha estimado oportuno asociar a la misma una serie de bienes inmuebles que se citan a continuación.

1. Parroquia de Nuestra Señora de la Palma.

Donde radica la Archicofradía de la Palma Coronada, Santísimo Cristo de la Misericordia y María Santísima de Las Penas y desde donde parten y finalizan las procesiones, tanto del Santo Rosario como la vespertina, del 1 de noviembre.

Los orígenes de esta iglesia están ligados a la orden capuchina y más concretamente a los rosarios públicos, promocionados por Fray Pablo de Cádiz a fines del siglo XVII, de los que surgieron diversas compañías espirituales, siendo la de la Virgen de la Palma la más antigua. Es a Juan de Peñalba, cántabro vecino de Cádiz, a quien debemos la iniciativa de construir una capilla para albergar a la corporación que se fundó en 1691 con el título de Nuestra Señora de la Encarnación. La primera piedra se colocó en 1693 y se sufragó con donativos recogidos por el barrio, según sabemos por la documentación conservada en el archivo de la cofradía. Este primer templo, que tenía planta de cajón y era de pequeñas proporciones, desapareció en 1754 a raíz de un incendio. El edificio actual es de traza barroca y se fecha a mediados del siglo XVIII. Tiene planta circular, a la que se abren en el eje axial los espacios rectangulares, correspondientes al coro y sotocoro. En el lado izquierdo, y también con planta rectangular, se sitúa una capilla. En la zona central la cubierta es de media naranja con lunetos, decorada por fajas y los muros se articulan mediante pilastras pareadas superpuestas, que flanquean vanos hornacinas y sustentan tribunas, mientras que ls restantes espacios se cubren con bóvedas de medio cañón y de aristas. La fachada queda enmarcada pr la calle de la Palma y tiene portada rectangular, flanqueada por pilastras toscanas y rodeada de baquetones mixtilíeneos. A la izquierda se eleva la torre, de planta cuadrada, deciorada por pilastras y rematada por un chapitel cubierto de azulejos sevillanos dieciochescos.

Tiene la iglesia planta circular, a la que se abren dos espacios rectangulares adosados: en el eje axial, se hallan el altar mayor y el sotocoro por el que se realiza la entrada al edificio, y en el perpendicular, en el lado del evangelio, la capilla en la que se encuentran los titulares de la sección de penitencia de la hermandad. Para articular y unir estos espacios, se ha empleado un orden de pilastras pareadas, hornacinas y vanos: en el cuerpo bajo, estas son jónicas y cajeadas y en los nichos se encuentran las figuras de los cuatro Evangelistas, obras contemporáneas de Francisco Buiza, mientras que en el primer piso las pilastras son corintias y estriadas y las hornacinas resguardan las imágenes de los cuatro arcángeles. En este piso además nos encontramos con el coro y dos tribunas con antepechos de forja y decoración rococó. La cúpula es de media naranja decorada con fajas.

La referencia castastral del templo es 1762117QA4416B (parcela 17 de la manzana 17621), cuya afectación en el expediente es total.

2. Recorrido de la procesión del Santo Rosario.

Así mismo, se consideran ámbito de desarrollo de la actividad otras zonas aledañas a la iglesia, esto es, el espacio de recorrido de la procesión matinal del Santo Rosario que conduce la talla de la Virgen desde su templo a la playa de la Caleta, donde se bendice el océano Atlántico como símbolo de la intercesión divina de la citada talla durante el terremoto y maremoto de 1755.

Durante este recorrido, cobra especial importancia el retablo callejero ubicado en la calle Virgen de la Palma en el que se halla el lienzo de la Virgen de la Palma, obra de 1936 de Félix Quijada, que representa la acción milagrosa de aquel 1 de noviembre de 1755. Así, el polígono de delimitación del ámbito de protección de la actividad en este punto de la calle Cristo de la Misericordia, 6D (con fachada a la calle Virgen de la Palma, 8) se retranquea a fin de incluir la fachada del inmueble con referencia catastral 1662204QA4416B, donde se inserta, además del citado cuadro, una lápida de mármol que guarda una relación directa con el rito.

Por su parte, no se delimita el espacio de la procesión vespertina al tratarse de un recorrido variable, cambiante cada año.

Los vértices de la delimitación literal de los dos polígonos resultantes (parroquia y recorrido) son los que constan en el expediente. Así, el área albergada por el polígono de la parroquia es de 419,86 m2 teniendo su perímetro una longitud de 105,66 m; ocupa totalmente la finca 17 de la manzana 17621. Por su parte, el recorrido de la procesión matutina, incluyendo el retranqueo de la fachada donde se halla el lienzo mariano (finca 4 de la manzana 16622), posee un área de 9555,83 m2 y un perímetro de 1385,60 m.

Las parcelas catastrales afectadas son, por tanto, las siguientes:

MANZANA FINCA REFERENCIA CATASTRAL Afectada completamente (C)/Afectada parcialmente (P)
PARCELAS CATASTRALES URBANAS AFECTADAS POR EL ÁMBITO DE DESARROLLO DEL BIEN «CONMEMORACIÓN DEL MAREMOTO DE 1755 POR LA HERMANDAD DE LA PALMA DE CÁDIZ»
17621 17 1762117QA4416B C
16622 4 1662204QA4416B P

Además, incluye los siguientes espacios públicos por donde procesiona el Santo Rosario matutino:

- Calle San Nicolás, el tramo que ocupa la fachada de la Capilla de Nuestra Señora de la Palma.

- Calle Virgen de la Palma hasta la esquina con la calle San Félix.

- Calle Cristo de la Misericordia desde la calle Virgen de la Palma hasta la calle Pericón de Cádiz.

- Calle Pericón de Cádiz desde la calle Cristo de la Misericordia hasta la avenida Campo del Sur.

- Calle San Félix.

- Explanada que se abre junto a la puerta de la Caleta, donde se lleva a cabo la ceremonia de bendición del mar. Ocupa la Plaza Canal de Ponce y tramos adyacentes de las avenidas Duque de Nájera y Campo del Sur.

V. Bienes muebles vinculados.

Por constituir parte esencial y consustancial a la actividad, se consideran bienes muebles asociados a las Fiestas de la Palma, los siguientes:

1. Estandarte del Milagro del 1 de noviembre de 1755.

Este estandarte fue el que portó el capellán Francisco Macías la mañana del 1 de noviembre de 1755 para instar al mar a que retrocediera. Desde aquel año, ha presidido todas las mañanas el rezo del Santo Rosario que se dirige a la playa de la Caleta, hasta que en 1990 se realiza el actual, debido a su precario estado de conservación.

Se trata de un pendón de tela de formato vertical, resuelto mediante una sección superior que decrece formando dos amplias puntas. Está presidido por un medallón de talla superpuesto, el cual posee en su interior una pintura de la Virgen de la Palma. Posee decoración bordada, basada en una orla con motivos florales y geométricos por el perímetro externo, estrellas en el interior y un sol y una luna a los lados del medallón central. El bordado parece corresponder a talleres gaditanos de principios del siglo XVIII, mientras que el medallón y la pintura central, por sus motivos rocalla, parecen fechables en torno a 1770.

Se encuentra custodiado por la Archicofradía de la Palma en la Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

2. Estandarte actual ó simpecado nuevo.

La pieza se realizó para sustituir al Simpecado del Milagro del 1 de noviembre de 1755, debido a su mal estado de conservación. Desde entonces, preside el rosario de por la mañana.

Se concibió en 1990 utilizando materiales antiguos. Antiguas fotografías muestran elementos como el medallón y la corona formando parte de los faldones del paso de palio de la Virgen de las Penas, fechable en el siglo XVIII. El resultado es un pendón de tela de formato vertical, resuelto mediante una sección superior que decrece formando dos amplias puntas, siguiendo el esquema del simpecado anterior. Está presidido por un medallón de orfebrería al que se le ha superpuesto una corona, el cual sirve de marco para una pintura de la Virgen de la Palma. A los lados de este se disponen los elementos marianos del sol y la luna, y completan el campo varias estrellas sobre fondo de terciopelo rojo. El perímetro se resuelve mediante una orla del mismo metal que posee un diseño geométrico.

Al igual que el anterior, se encuentra custodiado por la Archicofradía de la Palma en la Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

3. Crucifijo del Milagro.

Se trata de la imagen de Cristo crucificado que portó el capuchino fray Bernardo de Cádiz con el propósito de parar las aguas la mañana del 1 de noviembre de 1755. Posee un alto valor histórico y etnológico, ya que todavía sigue saliendo la misma imagen en la procesión anual hacia la playa de la Caleta.

Escultura de madera tallada y policromada, se trata de un Cristo, crucificado mediante tres clavos, ya muerto y con la cabeza levemente inclinada hacia la derecha. Se ubica sobre un monte rocoso aunque el Crucifijo puede extraerse y portarse como pieza independiente.

Igualmente, se encuentra custodiado por la Archicofradía de la Palma en la Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

4. Virgen de la Palma.

La imagen de la Virgen parece ser de la época fundacional de la cofradía, según datos recabados del archivo histórico de la corporación. Imagen de madera de talla completa donde la Virgen se presenta con los brazos abiertos y mirada frontal. El cabello se resuelve con una peluca de pelo natural que se asienta en el casco craneal. Se apea sobre una peana de ángeles que no suele verse, pues la talla es completamente revestida para su presentación a los fieles.

En el siglo XIX se modificó notablemente la talla, pues se le otorgó una visión más frontal, modificándose así su aspecto primigenio, que debía ser, según se observa en grabados y otras fuentes visuales, con mirada ascendente y brazos en distinta altura. Ya en fecha reciente, ha sido intervenida en 1991 por Luis González Rey, quien le realiza nuevo juego de manos y le aplica leves modificaciones en el rostro.

También se encuentra custodiada por la Archicofradía de la Palma en la Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Palma.

VI. Instrucciones particulares. Recomendaciones para la salvaguarda, mantenimiento y custodia de la «Conmemoración del Maremoto de 1755 en Cádiz por la Hermandad de La Palma».

Se recomienda para la salvaguarda, mantenimiento y custodia atender al conocimiento, recuperación, conservación, transmisión y revitalización de esta actividad, teniendo como base jurídica las medidas recogidas en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial aprobada por Unesco en 2003. Entendiendo por salvaguardia en su artículo 2.3 «Las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción, valorización, transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal– y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos».

La recomendación de protección de los ámbitos vinculados no se refiere tanto a sus características materiales, en la medida en que éstas están contempladas en otras normas de protección, como a su carácter de soporte físico de la manifestación simbólica y cultural, sin las cuales deja de tener sentido el ritual a proteger. No obstante, se requiere la consideración de los valores que se pretenden preservar en el planeamiento urbanístico, adoptando las medidas necesarias para su protección y potenciación.

VII. Cartografía.

La cartografía base empleada para la delimitación del ámbito territorial vinculado ha sido la Cartografía Catastral, servicio WMS de la Sede Electrónica del Catastro, consulado en junio de 2022.

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