Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 26/07/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Corrección de errores de la Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión por el sistema de promoción interna (BOJA núm. 64, de 4.4.2022).

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Habiéndose publicado Resolución de fecha 28 de marzo de 2022 (BOJA núm. 64, de 4 de abril de 2022), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión por el sistema de promoción interna, y en virtud de las competencias legalmente atribuidas, conforme a lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, este Rectorado ha resuelto lo siguiente:

Único. Proceder a modificar la base 6.2.3, apartado e), en el sentido siguiente:

Donde dice: f) Formación. Máximo 3 puntos. Se valorarán las actividades formativas organizadas o reconocidas por el FORPAS y realizadas por la persona candidata, a razón de 0,01 por hora. En caso de que haya participado como persona formadora, la valoración corresponderá a 0,012 por hora.

Debe decir: f) Formación. Máximo 3 puntos. Se valorarán las actividades formativas organizadas o reconocidas por el FORPAS y realizadas por la persona candidata, a razón de 0,01 por hora. En caso de que haya participado como persona formadora, la valoración corresponderá a 0,02 por hora.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

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