Acuerdo de 19 de julio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se revisan las cuantías de los precios públicos de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de Andalucía, establecidos en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2018, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.
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El Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar, establece en su Capítulo V la contribución de las familias al coste de estos servicios, su establecimiento como precio público, los supuestos de gratuidad y la previsión de las correspondientes bonificaciones en función de los ingresos de la unidad familiar.
El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 27 de marzo de 2018, fijó la cuantía de los precios públicos correspondientes a los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.
Los costes del servicio público de comedor escolar, aula matinal y actividades extraescolares han tenido un importante crecimiento en los últimos años derivados tanto del aumento del coste de los alimentos y su distribución, como de los gastos de personal tras los sucesivos incrementos del Salario Mínimo Interprofesional. Por estas razones, la motivación de la revisión de los precios públicos acordada obedece a la necesidad de garantizar un equilibrio económico entre la prestación de los servicios y el coste que originan.
En ese escenario, el Consejo de Gobierno acordó el 3 de agosto de 2021 una revisión al alza de dichos precios públicos aplicable a partir del curso escolar 2021/2022, con el objetivo de mantener el equilibrio entre el precio del servicio y el coste del mismo. No obstante, ante la persistencia del incremento de los costes de estos servicios públicos, es preciso efectuar una nueva revisión de los precios, que será efectiva a partir del curso escolar 2022/23, de tal forma que posibilite la prestación de los servicios complementarios por las empresas interesadas.
El presente acuerdo lleva a cabo, de esta forma, una adecuación a la realidad económica de los precios públicos de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, que no afecta a los supuestos de gratuidad de estos servicios y las bonificaciones sobre dichos precios establecidas en el Acuerdo de 27 de marzo de 2018.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejería de Educación y Deporte, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de julio de 2022, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Se modifican las cuantías de los precios públicos correspondientes a los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de Andalucía a las que se refiere el artículo 20 del Decreto 6/2017, de 16 de enero, por el que se regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar, recogidas en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2018, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía, que queda redactado de la siguiente forma:
«A) Precio de los servicios complementarios (impuestos incluidos).
1. Servicio de aula matinal.
- Precio mensual: 16,81 euros.
- Precio por día: 1,28 euros.
2. Servicio de comedor escolar.
- Precio por día: 4,78 euros.
3. Servicio de actividades extraescolares.
- Precio mensual: 16,81 euros por cada actividad.»
Segundo. Queda sin efectos el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de agosto de 2021, por el que se revisan las cuantías de los precios públicos de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de Andalucía establecidos en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo de 27 de marzo de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.
Tercero. El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo aplicables los precios previstos en él a partir del curso escolar 2022/23.
Sevilla, 19 de julio de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía, en funciones | |
MANUEL ALEJANDRO CARDENETE FLORES | |
Consejero de Educación y Deporte, en funciones |
BOJA nº 142 de 26/07/2022