Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 26/07/2022

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Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Acuerdo de 7 de julio de 2022, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Málaga, por el que se hace pública la apertura del trámite de competencia de proyectos en el expediente de concesión de aguas desalinizadas que se cita. (PP. 1698/2022).

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En esta Administración se ha presentado una solicitud de concesión de aguas desalinizadas para riego y abastecimiento a poblaciones, con un caudal máximo instantáneo superior a 8 litros por segundo, por la que se ha iniciado el expediente 2022SCA000875MA, cuyas características se indican a continuación:

Objeto: Concesión de aguas desalinizadas.

Peticionario: Acciona Agua, S.A.

CIF: A95113361.

Representante: José Luis Díaz-Caneja Rodríguez.

Volumen máximo anual: 25 hm³.

Destino: Riego y abastecimiento a poblaciones de la Costa del Sol Oriental-Axarquía.

Superficie de riego: La definida en el artículo 1 del Real Decreto 943/1984, de 9 de mayo, por el que se declara de interés nacional la transformación en regadío de la zona regable del Guaro (Málaga), y la franja de terreno comprendida entre las cotas 140 y 200 m.s.n.m. de dicha zona.

T.M.: Vélez-Málaga.

Provincia: Málaga.

De conformidad con lo previsto en el artículo 105.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y en virtud de la competencia atribuida por Decreto 226/2020 de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,

ACUERDO

Primero. La apertura de un periodo de competencia de proyectos en el seno del procedimiento administrativo, relativo al expediente 2022SCA000875MA, de concesión de aguas desalinizadas para el abastecimiento a municipios de la Costa del Sol Oriental- Axarquía y el riego de la superficie definida en el artículo 1 del Real Decreto 943/1984, de 9 de mayo, por el que se declara de interés nacional la transformación en regadío de la zona regable del Guaro (Málaga), y en la franja de terreno comprendida entre las cotas 140 y 200 m.s.n.m. de dicha zona.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente Acuerdo, a tenor de lo dispuesto en la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, para que, durante el plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, el peticionario presente su petición concreta y documentos técnicos correspondientes, admitiéndose también durante el mismo plazo otras peticiones que tengan el mismo objeto que la presente o sean incompatibles con la misma.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figura en la petición inicial, sin perjuicio de que, el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado, pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del presente artículo.

Cuarto. El Proyecto o Anteproyecto correspondiente se entregará por cuadruplicado, debidamente precintado y suscrito por técnico competente (una copia en papel y el resto en soporte electrónico), y deberá venir acompañado de cuantos documentos técnicos aparezcan reflejados en el artículo 106 del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico. El conjunto de la documentación se presentará, mediante instancia, en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, en cualquier Registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier otro Registro Administrativo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto. Posteriormente, y conforme al artículo 107 del del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, se procederá a su desprecintado a las doce horas del séptimo día hábil siguiente al de terminación del plazo de presentación de peticiones, en la sede de esta Delegación Territorial en Málaga, a cuyo acto podrán asistir los interesados.

Málaga, 7 de julio de 2022.- El Delegado, Fernando Fernández Tapia-Ruano.

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