Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 03/08/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 28 de julio de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa del grupo C, subgrupo C1, por el sistema de promoción interna.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 4/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Huelva, el Decreto 232/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Huelva, de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y con el fin de atender las necesidades de Personal de Administración y Servicios de la Escala Administrativa del Subgrupo de Clasificación Profesional C1, este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, y en atención a lo dispuesto en el artículo 75.2 de la citada ley y en el artículo 31.o) de los Estatutos de la Universidad de Huelva, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva del grupo C, subgrupo C1, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 56 plazas de personal funcionario de la Escala Administrativa de esta Universidad del grupo C, subgrupo C1, por el sistema de promoción interna.

1.2. Disposiciones aplicables. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, los Estatutos de la Universidad de Huelva, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección será el de oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en las bases de la presente convocatoria.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria y se ajustarán a las normas y legislación vigente en la fecha de realización de las pruebas.

1.5. Superarán el proceso selectivo las personas aspirantes que, sumadas las puntuaciones de los distintos ejercicios hayan obtenido la puntuación mínima exigida en la base 6.3 de la convocatoria, sin que su número pueda ser superior al de plazas convocadas.

1.6. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado serán nombrados personal funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad de Huelva (Subgrupo de Clasificación Profesional C1).

1.7. Los ejercicios de la oposición no se realizarán antes del 15 de octubre de 2022. La fecha, hora y lugar de los mismos se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva por la que se aprueben las listas de personas candidatas admitidas y excluidas. Dichas listas se expondrán al público en la página web de la Unidad de Gestión de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva.

1.8. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la página web de la Unidad de Gestión de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los siguientes:

a) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

d) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. A efectos de la presente convocatoria se considerará equivalente a la titulación exigida el tener una antigüedad de 10 años en la escala del subgrupo C2 de conformidad con el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en su disposición adicional novena.

e) Ser personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Universidad de Huelva, que se encuentre en cualquier situación administrativa excepto suspensión de funciones y pertenecer a la Escala Auxiliar Administrativa (Subgrupo de Clasificación Profesional C2).

f) Poseer una antigüedad de al menos dos años en el Cuerpo o Escala de pertenencia, además de reunir los requisitos exigidos.

g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

h) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión de la escala a la que se aspira.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de «Solicitud de participación» publicado como Anexo I a esta convocatoria, y que estará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva. A la solicitud, se unirá de oficio certificación expedida por la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios, acreditativa del Cuerpo o Escala desde el que acceden las personas solicitantes.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del 1 de septiembre de 2022, una vez publicada esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se dirigirán a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva.

3.3. Los derechos de examen serán de 15 euros, y se ingresarán en cualquier sucursal de la entidad Banco Santander en la cuenta con IBAN ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando la Escala a la que se opta, así como el nombre y apellidos de la persona participante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.

Quedan exentas del abono de la tasa de derecho de examen aquellas personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Huelva (C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus de El Carmen), a través del Registro Telemático o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas. Las personas participantes que presenten la solicitud en otros Registros distintos a los de la Universidad de Huelva deberán remitir copia de la misma, dentro del plazo de presentación de solicitudes, al siguiente correo electrónico: seccion.pas@sc.uhu.es.

3.5. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido constituye causa de exclusión del proceso selectivo.

3.7. Las personas aspirantes con grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del órgano que corresponda e informe del Centro de Valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso.

3.8. En el plazo indicado en el apartado 3.2 se acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Fotocopia del título académico exigido para el ingreso u otro documento oficial acreditativo de su posesión. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia de la correspondiente credencial de homologación.

c) Justificante acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas o certificado que acredite tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, en su caso.

4. Admisión de personas aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes de participación, la Rectora de la Universidad de Huelva dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En la citada resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y en los lugares establecidos en el punto 1.8, se hará pública la fecha, hora y lugar de celebración de los ejercicios.

4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de personas admitidas y excluidas, para que aleguen o presenten la documentación que a su derecho convenga.

4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Rectora de la Universidad de Huelva dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas será el que figura en el Anexo III.

5.2. El Tribunal Calificador reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y estará formado por cinco miembros titulares y otros tantos suplentes nombrados por la Rectora.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/la Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicha normativa. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.4. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará resolución, por la que se nombre, de entre las personas suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.3. La nueva composición se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

5.5. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del/de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.6. Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas. Quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la actuación que proceda en los casos no previstos por las mismas y por la normativa de aplicación, y adoptar las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, le corresponderá adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

El/la Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que cada uno de los ejercicios de la fase de oposición se realice de forma coordinada y que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos exámenes en los que consten marcas o signos de identificación.

5.7. El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores/as a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores/as deberá comunicarse a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.8. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva sito en C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071, Huelva. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de personas aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Procedimiento de selección.

6.1. Sistema de selección. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de oposición.

6.2. La oposición estará integrada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter eliminatorio cada uno de ellos.

Primer ejercicio. De carácter teórico y escrito, consistirá en contestar un cuestionario-test sobre materias del programa que se publica como Anexo II. Constará de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos. Para la realización del mismo las personas aspirantes dispondrán de 100 minutos. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio.

Segundo ejercicio. De carácter práctico y escrito. Consistirá en la realización de 1 supuesto práctico, a elegir por las personas candidatas de entre los 2 propuestos por el Tribunal. Cada supuesto constará de 20 preguntas, tipo test, con 4 respuestas alternativas, de las cuales solo una de ellas es correcta. El ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos. Las personas participantes dispondrán de 90 minutos para su realización. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio.

No penalizarán las respuestas erróneas. En los ejercicios se incluirán 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta que entrarían a ser valoradas ordenadamente en caso de tener que anular el Tribunal, por resolución motivada, alguna de las preguntas titulares que conforman el ejercicio.

Los dos ejercicios de la oposición se realizarán en el mismo día. La fecha, hora y lugar de comienzo de cada uno de ellos se anunciará de conformidad con la base 1.7.

Con anterioridad a la calificación de cada ejercicio el Tribunal publicará la plantilla de respuestas consideradas correctas, disponiendo las personas interesadas de un plazo de 3 días hábiles para reclamar contra las mismas.

6.3. La calificación final en la oposición de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios. La puntuación mínima para superar cada uno de los ejercicios será determinada por el Tribunal.

6.4. En cualquier momento las personas candidatas podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad e identidad.

6.5. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.6. El orden de llamamiento de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «U», atendiendo al último sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 (BOE. núm. 114, de 13 de mayo de 2022).

6.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.8. Exclusión de participantes. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.9. Los ejercicios serán corregidos sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

7. Relación de personas aprobadas.

7.1. Una vez realizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.8 de la presente convocatoria, las relaciones de personas aspirantes que hayan superado los mismos, con indicación de la puntuación obtenida.

Las personas opositoras que no se hallen incluidas en dichas relaciones tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo. No obstante, contra las mencionadas relaciones podrán presentarse alegaciones, ante el Tribunal, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las mismas.

7.2. La motivación de la relación de las personas aspirantes aprobadas, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

7.3. El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

7.4. Finalizado el proceso selectivo, el/la Presidente/a del Tribunal elevará a la Rectora de la Universidad de Huelva, propuesta de nombramiento de personal funcionario de carrera de la Escala Administrativa, grupo C, subgrupo C1, de la Universidad de Huelva.

8. Presentación de documentación y nombramiento.

8.1. En el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hiciera pública la relación definitiva de personas aprobadas en los lugares previstos en la base 4.1 de esta convocatoria, las personas aspirantes aprobadas deberán presentar en la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios, sita en la C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071 Huelva, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionaria/o de carrera, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y titulación académica exigida para acceder a la nueva Escala.

8.2. Quien, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrá ser nombrado personal funcionario de carrera de las respectivas escalas y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

8.3. Concluido el proceso selectivo y comprobados los requisitos de las personas aprobadas, la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal Calificador, procederá al nombramiento como personal funcionario de carrera mediante Resolución de la Universidad de Huelva, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con indicación de los destinos adjudicados.

8.4. Debido a que los puestos de trabajo ocupados por las personas candidatas tienen doble adscripción a los subgrupos C1/C2, se les adjudicará destino en el mismo puesto que vinieran ocupando con carácter definitivo como funcionarios de carrera del cuerpo o escala desde el que acceden.

8.5. La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Normas finales.

9.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases, así como para la adopción de las medidas y acuerdos necesarios en aras a preservar el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2. La presente convocatoria, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

9.3. Asimismo, la Universidad de Huelva podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada normativa.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Huelva, 28 de julio de 2022.- La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN CONVOCATORIAS PARA CUBRIR PLAZAS DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

ANEXO II

PROGRAMA DE MATERIAS

I. DERECHO ADMINISTRATIVO Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO. IGUALDAD

1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De los interesados en el procedimiento. De los actos administrativos.

2. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. De los órganos de las Administraciones Públicas: De los órganos administrativos. Competencia. Órganos colegiados de las distintas Administraciones Públicas: Funcionamiento. Funcionamiento electrónico del sector público.

3. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Derecho de acceso a la información pública.

4. Reglamento de protección de datos de la Universidad de Huelva. Política General de protección de datos. Derechos de las personas. Funciones y obligaciones del personal.

5. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción para la igualdad de género en Andalucía. Disposiciones generales. Igualdad en la educación: enseñanza universitaria. Igualdad en el empleo.

6. Plan Estratégico Universidad de Huelva, Horizonte 2025. Ejes y Líneas estratégicas propuestas.

II. RECURSOS HUMANOS Y SEGURIDAD SOCIAL

7. Real Decreto Legislativo 5/2015, Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Derechos retributivos. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario

8. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas y privadas. Disposiciones comunes.

9. Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Huelva. Título Preliminar. Título I: Provisión de puestos de trabajo. Título II: Otras formas de provisión. Título III: Garantía del puesto.

10. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Normas generales del Sistema de Seguridad Social: Normas preliminares. Campo de aplicación y estructura del sistema de la Seguridad Social. Régimen General de la Seguridad Social: Campo de aplicación. Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación. Aspectos comunes de la acción protectora.

11. Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales: Objeto ámbito de aplicación y definiciones. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Principios de acción preventiva. Vigilancia de la Salud. Obligaciones de los trabajadores en materia de acción preventiva. Protección y prevención de riesgos profesionales

12. Protocolo de acoso laboral de la Universidad de Huelva. Principios generales. Objeto y ámbito de aplicación. Procedimiento.

III. GESTIÓN UNIVERSITARIA

13. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Coordinación, cooperación y colaboración universitaria. De la evaluación y acreditación. De las enseñanzas y títulos. De la investigación en la universidad y de la transferencia del conocimiento. Del personal de administración y servicios de las Universidades públicas.

14. Estatutos de la Universidad de Huelva, Decreto 232/2011. De la docencia y la investigación en la Universidad. De las unidades básicas para la docencia y la investigación. De la administración y los servicios universitarios. Del Defensor o Defensora Universitarios.

15. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias.

16. Reglamento de permanencia y progreso en las enseñanzas oficiales de Grado y Máster en la Universidad de Huelva.

IV. GESTIÓN ECONÓMICA Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

17. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Del régimen económico y financiero de las Universidades públicas.

18. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. Del régimen económico, financiero y patrimonial.

19. Bases de ejecución del Presupuesto de la Universidad de Huelva. El presupuesto. Los créditos y sus modificaciones. Gastos.

20. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Contratos del sector público.

La normativa exigible serán las versiones vigentes o disposiciones que la sustituyan, a fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

Titulares:

Presidente: Don Manuel Jesús Pavón Lagares.

Vocal 1: Doña María Dolores Pineda Ángel.

Vocal 2: Doña María Luisa Camacho Giraldo.

Vocal 3: Doña Mercedes Regalado Moreno.

Vocal 4: Doña Josefa Pérez Gómez.

Secretaria: Doña María Ángeles Serrano Guzmán.

Suplentes:

Presidente: Doña María Luisa López Prado.

Vocal 1: Don Francisco Tallante Ruiz.

Vocal 2: Doña María del Carmen Arellano Sánchez.

Vocal 3: Don Pedro Gómez Gómez.

Vocal 4: Don José Manuel Vélez Rivera.

Secretario: Don Mario Núñez López.

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