Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 14 de enero de 2022, del Ayuntamiento de Badolatosa, de delegación de facultades sobre gestión de impuestos en la Diputación Provincial de Sevilla a través del OPAEF (IBI Urbana, Rústica, IAE, IITNU, etc.). (PP. 77/2022).

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DELEGACIÓN DE FACULTADES SOBRE GESTIÓN DE IMPUESTOS EN LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA A TRAVÉS DEL OPAEF (IBI URBANA, RÚSTICA, IAE, IITNU, ETC.)

El Pleno de fecha 13.5.2021 del Ayuntamiento de Badolatosa, Entidad delegante, ha acordado, por unanimidad por todos los concejales asistentes, que representan la mayoría absoluta, acuerdan:

Primero. Aprobar la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes facultades:

a) En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica, urbana y de características especiales, las competencias censales, de gestión y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas) y de gestión catastral.

b) En el Impuesto sobre Actividades Económicas, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).

c) En el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).

d) En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).

e) Las competencias de recaudación tributaria voluntaria de las siguientes tasas de cobro periódico y gestionadas mediante padrón: Entrada de vehículos, Reserva de vía publica para aparcamientos. Ordenanzas municipales aprobadas en Pleno con fecha 22 de noviembre de 2012.

f) En relación con cualquier recurso de naturaleza pública, la recaudación en período ejecutivo de las deudas no ingresadas en período voluntario (incluyendo la potestad sancionadora derivada de la misma),sean procedentes de los grupos anteriores o de liquidaciones individualizadas con o sin contraído previo, así como de deudas que, no siendo de titularidad municipal, tenga el municipio atribuida por ley la facultad para su exacción en período ejecutivo.

g) La potestad sancionadora para la instrucción, resolución y ejecución de los procedimientos por infracciones al Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y las Ordenanzas municipales en esta materia. Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial del municipio de Badolatosa aprobadas en Pleno del Ayuntamiento de Badolatosa con fecha 29 de marzo de 2006.

Segundo. Las relaciones interadministrativas derivadas del ejercicio por el OPAEF de las competencias delegadas se regularán por la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), por las ordenanzas fiscales de la Excma. Diputación de Sevilla y por la ordenanza fiscal de la Tasa por la gestión y recaudación de las multas de tráfico de los Ayuntamientos. Serán aplicables, asimismo, en lo que proceda, la ordenanza general de gestión, recaudación e inspección de la Diputación de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia y la ordenanza de procedimiento para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial impuestas por los Ayuntamientos, así como las normas reguladoras de las diferentes figuras y procedimientos delegados.

Tercero. Dar traslado al OPAEF del presente acuerdo para la aceptación de la delegación por su Consejo Rector.

Cuarto. Una vez aceptada la delegación, publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.

Badolatosa, 14 de enero de 2022.- El Alcalde, Antonio Manuel González Graciano.

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