Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Extracto de la Resolución de 19 de enero de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

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BDNS: 605977

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el año 2022, en la modalidad de concesión de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación:

Modal. proyecto Créditos presupuestarios/denominación Medida TOTAL
A 1400170000 G/76A/77400/00 2016000549 MODERNIZACION DE PYMES COMERCIALES A1221082Y2 1.031.835,00
1400170000 G/76A/77406/00 2016000551 MODERNIZACION DE EMPRESAS ARTESANAS A1221082Y2 395.815,00
B 1400170000 G/76A/77400/00 2016000555 MODERNIZACIÓN DE PYMES COMERCIALES A1341001Y2 3.152.605,00
1400170000 G/76A/77402/00 2016000556
FOMENTO DE LA ARTESANÍA
A1341001Y2 515.016,99
CRÉDITO TOTAL CONVOCATORIA 5.095.271,99

2. Atendiendo a los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras, la cuantía total del crédito disponible para cada una de las modalidades de proyectos subvencionables se distribuye entre las ocho provincias del siguiente modo:

a) Ámbito funcional Pymes comerciales:

TIPO PROYECTO MODALIDAD A MODALIDAD B
ANUALIDAD 2022 2022
ALMERÍA 89.598,17 273.752,71
CÁDIZ 132.889,37 406.021,97
CÓRDOBA 103.433,85 316.025,42
GRANADA 115.427,85 352.671,14
HUELVA 59.227,56 180.960,25
JAÉN 77.696,25 237.388,33
MÁLAGA 218.573,95 667.817,35
SEVILLA 234.988,00 717.967,83
TOTAL 1.031.835,00 3.152.605,00

b) Ámbito funcional Pymes artesanas:

TIPO PROYECTO MODALIDAD A MODALIDAD B
ANUALIDAD 2022 2022
ALMERÍA 18.192,74 23.671,59
CÁDIZ 73.262,65 95.326,13
CÓRDOBA 71.541,72 93.086,92
GRANADA 61.461,96 79.971,58
HUELVA 28.026,65 36.467,04
JAÉN 35.893,78 46.703,40
MÁLAGA 39.581,50 51.501,70
SEVILLA 67.854,00 88.288,63
TOTAL 395.815,00 515.016,99

De acuerdo al artículo 6 de la de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía total máxima de crédito tiene carácter estimativo, quedando condicionada la concesión de las subvenciones a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley del Presupuesto que ha de aprobar el Parlamento en el ejercicio 2022 y, en defecto de esta, en aquellos presupuestos que hayan de regir durante dicho ejercicio.

Segundo. Beneficiarios.

1. Podrán solicitar las subvenciones las Pymes que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 5 de la Orden de 7 de mayo de 2020, para cada una de las modalidades subvencionables.

2. No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria aquellas en quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 116.2, 4 y 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Tercero. Objeto.

Las subvenciones tienen por objeto impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas de Andalucía a través de la mejora de sus instrumentos de gestión, mediante la introducción de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), de su incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen y sus infraestructuras. La convocatoria prevé dos modalidades de proyectos: modalidad A) dirigida al desarrollo de Proyectos de Modernización digital y la modalidad B) dirigida al desarrollo de Proyectos de modernización y actualización de los establecimientos físicos.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 7 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad y a promover el relevo generacional de las Pymes comerciales y artesanas de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 24, de 11 de mayo de 2020).

Quinto. Cuantía.

La dotación presupuestaria máxima se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según la tipología de proyectos.

La inversión mínima a realizar para que el proyecto sea subvencionable y los importes máximos subvencionables por establecimiento y por pyme son las siguientes:

A) B)
Subvención máxima por establecimiento 6.000 € 15.000 €
Subvención máxima por pyme (varios establecimientos) 12.000 € 26.250 €
Inversión mínima 1.500 € 1.500 €

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes, anexos y documentación comienza el día siguiente a la publicación de la convocatoria y el extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finaliza el día 1 de marzo de 2022.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

El Consejero, P.D. (Orden de 7 de mayo de 2020, BOJA extraordinario núm. 24, de 11 de mayo de 2020), la Directora General de Comercio, Lorena Garrido Serrano.

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