Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 25/01/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Planificación y Centros, por la que se da publicidad al importe de los conceptos retributivos correspondientes al ejercicio 2022 que, como pago delegado, corresponde abonar al profesorado de la enseñanza concertada de Andalucía, así como la cuantía de los complementos retributivos establecidos por la Comunidad Autónoma para dicho profesorado.

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El artículo 13 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, ha dispuesto que el importe del módulo económico por unidad escolar es el fijado el en Anexo IV de dicha Ley, en el cual quedan establecidos con efectos de 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2022, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar, en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas.

Mediante Acuerdo de 28 de octubre de 2008 (BOJA numero 223, de 10 de noviembre), el Consejo de Gobierno aprobó el Acuerdo de 2 de julio de 2008, formalizado por la Consejería de Educación, los Sindicatos y las Organizaciones Patronales y de titulares de la enseñanza privada concertada, sobre retribuciones del profesorado que presta servicios en el sector, que equiparaba las retribuciones del profesorado de la enseñanza concertada con los salarios del profesorado público de las respectivas etapas, a partir del año 2011.

El Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022, dispone que: «Conforme a lo establecido por la disposición adicional cuarta, en relación con el artículo 12.2 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, los incrementos de las retribuciones del personal del sector público que se establezcan, en su caso, por la Administración General del Estado, se aplicarán, en su porcentaje máximo, a las retribuciones vigentes para 2021».

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 13 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo Único.Cinco del Decreto 579/2019, de 15 de octubre, por el que se modifica el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,

RESUELVO

Primero. Para el año 2022, el importe mensual de los conceptos retributivos que corresponde abonar al profesorado de la enseñanza concertada de Andalucía, como pago delegado, y de acuerdo con el módulo económico por unidad escolar de los distintos niveles y modalidades educativas, establecido por el artículo 13 de la Ley Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, es el que figura en el Anexo I de esta resolución.

Segundo. La cuantía mensual para el año 2022 de los complementos retributivos establecidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concepto de equiparación de los salarios del profesorado que presta servicios en los centros concertados con los del profesorado público de las respectivas etapas, en los términos que se establecen en el punto segundo del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de octubre de 2008, es la que figura en el Anexo II de esta resolución.

Tercero. El incremento en las retribuciones del profesorado de la enseñanza concertada de Andalucía, previsto en el artículo 13 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, se hará efectivo con efectos del día 1 de enero de 2022.

Cuarto. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la presente resolución.

Sevilla, 18 de enero de 2022.- El Director General, José María Ayerbe Toledano.

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