Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 24/08/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita, en término municipal de Pinos Puente (Granada). (PP. 1318/2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00262731.

Vista las solicitudes formuladas por la mercantil Coracha Solar, S.L., y visto lo actuado hasta la fecha, se resuelve conforme a los antecedentes y fundamentos de derecho que siguen:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 24 de septiembre de 2020, don Antonio Arturo Sieira Mucientes, actuando en nombre y representación de la empresa Coracha Solar, S.L., CIF B-88.246.210 y con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Cardenal Marcelo Spínola, núm. 4, 1 D, 28016 Madrid, solicitó la autorización administrativa previa y autorización ambiental unificada del anteproyecto de la planta solar fotovoltaica «Coracha Solar» en el término municipal de Pinos Puente, provincia de Granada, con una potencia instalada de 50 MWp y una potencia nominal de 40 MWn.

Junto a su solicitud, el peticionario aporta, entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, anteproyecto de la instalación, permiso de acceso y conexión a red de distribución, y relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOJA núm. 98, de fecha 25.5.2021, y en el BOP núm. 98, de fecha 25.5.2021, y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Pinos Puente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y E-Distribución Redes Digitales, S.L.U., transcurridos treinta días sin que hayan contestado se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado al organismo Delegación de Obras Públicas y Vivienda de la Diputación Provincial de Granada. Presentado condicionado por el citado organismo, consta en el expediente la conformidad del promotor con el citado condicionado.

Quinto. Durante el periodo de información pública se ha presentado escrito de alegaciones por parte de la mercantil Watt Development SPV 4, S.L., habiendo mostrado el promotor su conformidad a lo alegado por la citada mercantil.

Sexto. En fecha 5 de junio de 2021, esta Delegación solicitó al Ayuntamiento de Pinos Puente para que, en el plazo de un mes, emitiera Informe de Compatibilidad Urbanística a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía. Consta en el expediente Informe de Compatibilidad Urbanística de fecha 18.2.2022 y carácter favorable, así como certificado de exposición del anuncio en el tablón de edictos municipal desde el día 15.11.2021 hasta el día 28.12.2021.

Séptimo. En fecha 3.5.2022 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, de fecha 29.4.2022, con número de expediente AAU/GR/043/20, de autorización ambiental unificada a las plantas solares fotovoltaicas «Alambor Solar», «Cimera Solar» y «Coracha Solar» y sus infraestructuras de evacuación en los términos municipales de Pinos Puente y Atarfe (Granada), promovidas por Coracha Solar, S.L., con CIF B-88.246.210, Alambor Solar, S.L., con CIF B-88.246.129, y Cimera Solar, S.L., con CIF B-88.246.202, con domicilio Social en C/ Cardenal Marcelo Spínola, núm . 4, 1.º D, 28016 Madrid, y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho informe.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para aprobar la autorización administrativa previa del anteproyecto referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulada en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada

RESUELVE

Primero. Conceder la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita.

La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:

Peticionario: Coracha Solar, S.L., CIF: B-88.246.210 y con domicilio a efectos de notificaciones en C/ Cardenal Marcelo Spínola, núm. 4, 1 D, 28016 Madrid.

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa de la instalación denominada Anteproyecto planta fotovoltaica Coracha Solar 50,00 MWp/40 MWn en término municipal de Pinos Puente, provincia de Granada.

Características: La planta fotovoltaica, de superficie total 92,26 hectáreas, se sitúa en las parcelas 1 y 26 del polígono 3 y en la parcela 7 del polígono 4, en el t.m. de Pinos Puente en la provincia de Granada, y la Línea Subterránea MT hasta la SET Búcor discurre por suelo no urbanizable, atravesando las parcelas 1, 192, 194, 9001, 9015 y 9016 del polígono 3; 10 y 32 del polígono 4; 18, 21, 43, 9004, 9005 y 9009 del polígono 5; 1, 6 y 9011 del polígono 6 y 9103 del polígono 900 en el t.m. Pinos Puente, en la provincia de Granada. La superficie de instalación de módulos será de aproximadamente 24,35 ha.

Planta solar fotovoltaica «Coracha Solar» de 50 MWp y Línea Subterránea MT a SET, la planta está formada por generador fotovoltaico sobre estructura con seguimiento a un eje horizontal, campo solar fotovoltaico constituido por 99.009 módulos fotovoltaicos monocristalinos de potencia máxima 505 Wp, marca Risen Energy Co., Ltd., modelo Monofacial RSM150-8-505M 1500V o similar, en condiciones STC normalizadas, agrupados en tres cadenas de 27 módulos fotovoltaicos, en serie sobre un total de 1223 seguidores solares, fabricante PVHardware, modelo Monoline 3H. Se instalarán 18 inversores de 2.500 kVA de potencia AC, fabricante SMA, modelo Sunny Central 2500-EV o similar, formando 9 casetas de inversores de 5.000 kVA, agrupados en casetas de 2 inversores, transformador a 30 kV y celdas de línea y protección, por tanto 9 subcampos de 5.000 kVA de salida AC y 5.555 kWp de potencia instalada, que serán regulados para disponer en el punto de conexión de 40 MW nominales. Se dispondrá de 1 circuito subterráneo de media tensión con conductores Eprotenax Compact Al Hepr 18/30 kV que unen las casetas de inversores y transformador con la Subestación Elevadora, de secciones desde 240 mm² de sección en aluminio a 400 mm², con una longitud de 4.047 metros.

Presupuesto: 21.919.261,78 €.

Finalidad: Producción de energía eléctrica fotovoltaica.

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. Expte. AAU/GR/043/20) de fecha 29.4.2022, quedan incorporadas a esta resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica denominada «Anteproyecto planta solar fotovoltaica Coracha Solar 50,00 Mwp/40 Mwn» en el término municipal de Pinos Puente (Granada). El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en el siguiente enlace:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.

Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el BOP de Granada y BOJA.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Ilustrísimo Sr. Viceconsejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Granada, 18 de mayo de 2022.- El Director General de Energía, P.D. (Resolución de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado del Gobierno, P.S. (Orden de 13.5.2022, BOJA extraordinario núm. 17), el Delegado de Salud y Familias, Indalecio Sánchez-Montesinos García.

Descargar PDF