Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 24/08/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 12 de agosto de 2022, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Jaén, por el que se publica la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de 9 de agosto de 2022, por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén) y la relación de bienes y derechos de necesaria expropiación para el mencionado proyecto.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00266829.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Esta Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca de Jaén ha acordado publicar la Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de 9 de agosto de 2022, por la que se aprueba el expedientede información pública y definitivamente el proyecto de agrupación de vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén). (A5.323.1141/2111), así como la relación definitiva de bienes y derechos de necesaria expropiación para el mencionado proyecto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley de 17 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (LEF). La aprobación definitiva del proyecto conlleva la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, de conformidad con el artículo 29.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y determina el inicio del procedimiento de expropiación de acuerdo con lo dispuesto en el referido art. 21 de la LEF.

«RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA POR LA QUE SE APRUEBA EL EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y APRUEBA EL PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE VERTIDOS Y EDAR DE ESCAÑUELA (JAÉN). CLAVE: A5.323.1141/2111

1. Antecedentes.

La Directiva 91/271 CEE impone que todas las poblaciones dispongan tanto de un sistema de colectores como de un tratamiento adecuado para las aguas residuales.

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010 declaró esta actuación de Interés de la Comunidad Autónoma, dentro del epígrafe de “EDAR y colectores en Escañuela y Villadonpardo (Jaén)”.

Con fecha 24/01/2017 la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua encomendó a la Agencia de Medio Ambiente y Agua la gestión para la redacción del Proyecto de Agrupación de Vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén). Con fecha 8.4.2017 la Agencia de Medio Ambiente y Agua licitó los trabajos de redacción del proyecto, siendo la fecha límite de presentación de ofertas el día 22.4.2017, con fecha 22.9.2017 se preadjudicó la redacción del proyecto a la empresa Aima Ingeniería, S.L.P., la orden de inicio de los trabajos tiene fecha 2.11.2017, posteriormente, se procedió a la firma del contrato con fecha 24 de octubre de 2017, efectuándose la orden de inicio de los trabajos con fecha 2 de noviembre de 2017, se paraliza el contrato desde mediados del año 2018 hasta enero de 2019 cuando se aprueba el estudio de alternativas definitivo, en marzo de 2019, nueva paralización por interferencias entre proyecto de colector de Diputación de Jaén con la actual actuación hasta finales de 2019 que se vuelven a reiniciar.

El proyecto es redactado en julio de 2020, y el 9 de marzo de 2022 es supervisado e informado favorablemente por el Jefe del Departamento de Supervisión de Proyectos.

Con fecha 14 de marzo de 2022, se solicita por parte del Gerente Provincial de Aguas de la Delegación Territorial de Jaén de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, la Aprobación técnica del proyecto.

Con fecha 18 de marzo de 2022, esa Dirección General aprobó técnicamente el Proyecto de Construcción de Agrupación de Vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén). Clave: A5.323.1141/2111, y autorizó el trámite de su información pública.

Con fecha 10 de junio de 2022, el Ayuntamiento de Escañuela acordó la calificación ambiental favorable de este proyecto. Asimismo con fecha 25 de agosto de 2021 informa la compatibilidad urbanística de la parcela donde se ubicará la EDAR.

Con fecha 27 de julio de 2021, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir ha autorizado las obras objeto de este proyecto.

2. Resultado de la información pública.

En informe de cumplimiento de la Información Pública de fecha 21 de julio de 2022, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén indica que ha sido publicado el anuncio para sometimiento a Información Pública del Proyecto referido en:

ANUNCIO FECHA PUBLICACIÓN FIN PLAZO (30 DÍAS HÁBILES) OBSERVACIONES
BOP 16/05/2022 28/06/2022 - Don Juan Juárez Olmo.
- Don Ildefonso Sabalete Cuesta.
- Don Miguel Ureña Alcalá y doña Isabel Ureña Alcalá.
BOJA 11/04/2022 25/05/2022
Diario Ideal 01/06/2022 13/07/2022
Ayuntamiento 20/04/2022 01/06/2022

Han sido presentados, en plazo de información pública, escritos de alegaciones al proyecto de la agrupación de vertidos y EDAR de Escañuela (Clave: A5.323.1141/2111), por las siguientes personas:

- Don Juan Juárez Olmo, como titular catastral de la parcela con referencia catastral 23031A003001420000GB.

Alegaciones aducidas: comunica la existencia en la parcela con referencia catastral 23031A003001420000GB de un sistema de riego por goteo y de una línea eléctrica subterránea, que son atravesados por las obras proyectadas, por lo que, solicita la variación del trayecto de la obra hacia el sur.

Respuesta, (Consideraciones sobre las alegaciones aducidas):

Las obras proyectadas en la parcela catastral con referencia 23031A003001420000GB consisten en la instalación soterrada del tramo de colector que conduce el agua residual desde una estación de bombeo hasta la estación depuradora, una red subterránea de baja tensión, y la canalización de abastecimiento a la EDAR de agua potable. Concretamente esta parcela se ve afectada por la expropiación de la propiedad de una superficie de 23,58 m² para la construcción de tres pozos de registro; una superficie de 411,17 m² sobre la que se constituye una servidumbre de acueducto; y 1.226,15 m² de ocupación temporal. La ubicación de las obras proyectadas en esta parcela viene determinada por la zona de inundabilidad del arroyo Salado, que se localiza precisamente al sur de la misma. La ubicación más hacia el sur de la infraestructura proyectada la situaría en zona inundable.

- Don Ildefonso Sabalete Cuesta, como titular catastral de la parcela con referencia catastral 23031A003001020000GZ.

Alegaciones aducidas: manifiesta su oposición a las obras proyectadas en su parcela y comunica la existencia en su finca de un sistema de riego, y que caso de ser dañado durante la ejecución de las obras, esta Administración deberá asumir el coste de su reparación.

Respuesta, (Consideraciones sobre las alegaciones aducidas):

Las obras proyectadas en la parcela catastral con referencia 23031A003001020000GZ consisten en la instalación soterrada del colector que conduce el agua residual hasta la estación depuradora y la construcción de un pozo de registro. Estas obras son imprescindibles para el funcionamiento de la EDAR. Respecto a la existencia de sistema de riego en la finca, caso de ser dañado durante la ejecución de las obras, será repuesto simultáneamente a su estado anterior.

- Don Miguel Ureña Alcalá y doña Isabel Ureña Alcalá, como titulares catastrales de las parcelas con referencias catastrales 23031A003001050000GW, 23031A003001060000GA, 23031A003001070000GB y 23031A003001080000GY.

Alegaciones aducidas: comunican error en la superficie, que figura en el Catastro, de las parcelas con referencia 23031A003001050000GW y 23031A003001060000GA, y solicitan la expropiación total de la parcela con referencia 23031A003001070000GB.

Respuesta, (Consideraciones sobre las alegaciones aducidas):

Respecto al error de la superficie catastral de las parcelas 23031A003001050000GW y 23031A003001060000GA, donde se proyecta la ubicación de la estación depuradora de aguas residuales, estas parcelas son objeto de expropiación de la propiedad de la superficie total de las mismas. En el procedimiento expropiatorio serán consideradas tanto la superficie que en su fecha de inicio figure en Catastro, como la que pueda figurar en el título de dominio que se aporte por los titulares, pudiendo los interesados alegar y aportar la documentación que consideren necesaria para la determinación del justiprecio de la expropiación.

Sobre la solicitud de expropiación total de la parcela con referencia 23031A003001070000GB, con una superficie catastral de 2.808 m², y que se ve afectada por la expropiación de la propiedad de una superficie de 7,03 m² para la construcción de un pozo de registro; por la constitución de servidumbre de acueducto de 179,14 m² así como por una ocupación temporal de 536,91 m²; en el procedimiento expropiatorio, una vez aportada por los interesados la documentación acreditativa de la propiedad y la realidad registral de esta finca, podrá resolverse sobre si resulta antieconómica para los propietarios su conservación.

En conclusión, por todos los motivos expuestos procede no admitir las alegaciones presentadas al Proyecto de Construcción de Agrupación de Vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén), con Clave: A5.323.1141/2111.

3. Solicitud de aprobación.

Una vez concluidos todos los trámites correspondientes al procedimiento de Información Pública, mediante escrito de fecha 21 de julio de 2022, la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén, solicita la aprobación definitiva del Proyecto de Construcción de Agrupación de Vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén), Clave: A5.323.1141/2111.

Examinada la propuesta presentada por la Subdirección de Gestión de Recursos y Planificación Hidrológica el 3 de agosto de 2022, de aprobación del expediente de Información Pública y aprobación definitiva del proyecto y de acuerdo con la distribución de funciones dada por el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y la Orden 20 de abril de 2020, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos directivos de esta Consejería y a la vista de la propuesta de la Delegación Territorial de Jaén,

RESUELVO

1º. Desestimar las alegaciones presentadas conforme a lo expuesto anteriormente y ordenar a la Delegación Territorial de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de Jaén que comunique a los interesados la respuesta a sus alegaciones.

2º. Que la Delegación Territorial de Jaén realice la preceptiva comunicación de la resolución a todos y cada uno de los interesados, trámite del cual deberá trasladar copia a esta Dirección General para su constancia en el expediente.

3º. Aprobar el expediente de información pública una vez cumplidos los requisitos preceptuados por la legislación vigente.

4º. Aprobar definitivamente el Proyecto de Construcción de Agrupación de Vertidos y EDAR de Escañuela (Jaén), Clave: A5.323.1141/2111, con un presupuesto total base de licitación (IVA incluido) de un millón novecientos mil cuatrocientos cincuenta y cinco euros con ocho céntimos (1.900.455,08 €), y un plazo total de dieciocho meses, (12 meses para la ejecución de las obras y 6 meses para las pruebas y puesta en marcha).

5º. Se de traslado de lo aprobado a la Secretaría General Técnica y a la Delegación Territorial de Jaén, para su conocimiento y efectos.

6º. Ordenar a la Delegación Territorial de Jaén, que a la mayor brevedad posible, remita a este centro directivo el Acta de Replanteo Previo y el Certificado de Disponibilidad de los Terrenos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación ante la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras del Agua o, directamente, interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Sevilla, 9 de agosto de 2022.- La Consejera de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, P.D. (Orden de 20.4.2020, BOJA núm. 79 de 27.4.2020), el Director General de Infraestructuras del Agua, Álvaro Real Jiménez.»

Jaén, 12 de agosto de 2022.- La Delegada, María Soledad Aranda Martínez.

Descargar PDF