Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 30/08/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Anuncio de 23 de agosto de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por el que se notifica a las personas interesadas la publicación de la resolución de la Ayuda Excepcional prevista en el Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico de Ucrania.

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En virtud de lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el presente anuncio se notifica a las personas interesadas la publicación de la Resolución de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados (DGADM) y de la Dirección General de Producción Agraria y Ganadera (DGPyG), de la Ayuda Excepcional prevista en el Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico de Ucrania.

El texto íntegro de la resolución de la ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores agrarios, Anexos I y II, se encuentra a disposición de las personas interesadas en los siguientes enlaces:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25100.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/areas/agricultura/produccion-agricola/paginas/ayudas-ucrania-productores-citricos.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/areas/ganaderia/produccion-animal/paginas/ayudas-ucrania-productores-carne.html

Contra la citada resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante las personas titulares de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados y de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de la publicación de su anuncio en BOJA o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 23 de agosto de 2022.- El Director General de Ayudas Directas y de Mercados, P.S. (art. 4.7. Decreto 157/2022, de 9.8, BOJA extraordinario núm. 28, de 11.8.2022), el Secretario General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, Manuel Alías Cantón; el Director General de la Producción Agrícola y Ganadera, Manuel Gómez Galera.

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