Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 08/09/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se modifica la Resolución de 27 de septiembre de 2021, por la que se convocan, para los años 2021 y 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.

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Por Orden de 27 de junio de 2019, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía (BOJA núm. 124, de 1 de julio de 2019). La citada orden de 27 de junio de 2019, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de trabajo autónomo, la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha orden.

Por Resolución de esta Dirección General, de 27 de septiembre de 2021 (BOJA núm. 189, de 30 de septiembre de 2021), se convocaron para los años 2021 y 2022 las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, en cuyo resuelvo noveno, dedicado al periodo de apertura de la convocatoria, dispone como primer inciso que «La presente convocatoria estará abierta hasta el 30 de septiembre de 2022».

No obstante, con la finalidad de proporcionar un impulso más sólido y sostenido a la iniciativa emprendedora en Andalucía y a tenor del creciente número de solicitudes recibidas en el marco de la convocatoria vigente, resulta aconsejable la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la misma.

Así mismo y derivado de lo anterior, el crédito presupuestario actualmente disponible resulta insuficiente para afrontar con garantías la concesión de subvenciones derivadas de las eventuales solicitudes que se presenten en el nuevo plazo, por lo que procede declarar una ampliación del crédito disponible en la Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, de 27 de septiembre de 2021, de convocatoria para los años 2021 y 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.5 de la Orden de 27 de junio de 2019 y en el resuelvo tercero de la citada resolución.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional única de la Orden de 27 de junio de 2019,

RESUELVO

Primero. Modificación de la Resolución de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, de 27 de septiembre de 2021, de convocatoria para los años 2021 y 2022, en su resuelvo noveno, con el siguiente literal:

«Noveno. Periodo de apertura de la convocatoria.

La presente convocatoria estará abierta hasta el 30 de diciembre de 2022. En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo se agotase el crédito establecido en el resuelvo quinto, se hará público en la forma establecida en el artículo 21 de la Orden de 27 de junio de 2019, para la publicidad de las subvenciones, mediante resolución del órgano competente para resolver.»

Segundo. Se amplía en 11.164.698,94 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la Resolución de 27 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan para los años 2021 y 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía.

El importe de la ampliación se adicionará a los 13.500.000 euros convocados en la mencionada resolución, resultando una cuantía total de 24.664.698,94 euros.

Tercero. Eficacia de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio del cumplimiento de los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respecto de la modificación del extracto de la convocatoria.

Sevilla, 2 de septiembre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 27.6.2019, BOJA núm. 124, de 1.7.2019), la Directora General, Susana Romero Román.

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