Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 08/09/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se determina el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2022/2023.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00267384.

El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.

Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado determinará por resolución, antes del comienzo de cada curso escolar, el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, para dicho curso escolar.

Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las actividades de formación permanente.

En su virtud, esta Dirección General, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 154/2022, de 9 de agosto de 2022, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,

RESUELVE

Primero. Concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado para el curso 2022/2023.

Los centros del profesorado para la elaboración del Proyecto de Formación del curso 2022/2023, además de dar continuidad a las líneas iniciadas en los anteriores cursos escolares, tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado que se indican a continuación:

Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.

1. La organización del currículo basado en las competencias clave.

- Asesoramiento para el desarrollo del marco normativo derivado de la LOMLOE, así como la nueva estructura curricular.

- Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital docente como apoyo a los nuevos currículos.

- Asesoramiento sobre la estructura, características y elementos fundamentales de las situaciones de aprendizaje para el desarrollo de competencias.

- Profundización en la evaluación de competencias a través del desempeño, mostrando herramientas y recursos que ayuden a la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje.

- Apoyo al uso del sistema de información Séneca para el seguimiento y evaluación del alumnado.

- Impulso de la Competencia Matemática y Competencia en Ciencia, Tecnología e Ingeniería (STEM).

2. Escuela inclusiva para la igualdad y la equidad: Atención a la diversidad, convivencia e igualdad.

- Asesoramiento sobre el Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA), en el contexto de la elaboración de recursos educativos abiertos (REA).

- Impulso de las competencias necesarias para integrar las tecnologías digitales en estrategias de enseñanza y aprendizaje eficientes, inclusivas e innovadoras.

- Promoción de las practicas docentes inclusivas, especialmente al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, posibilitando el desarrollo de metodologías de trabajo colaborativo.

- Desarrollo de estrategias eficaces con enfoque preventivo, estableciendo la mediación como herramienta fundamental para la resolución de conflictos así como la participación de todos los miembros de la comunidad educativa.

- Apoyo de las técnicas de desarrollo personal, gestión de las emociones y habilidades comunicativas y de relación orientadas a generar expectativas positivas en el alumnado.

- Fomento de las prácticas innovadoras en la orientación educativa.

- Impulso a las actuaciones educativas de éxito y estrategias de intervención basadas en el aprendizaje dialógico para la efectiva inclusión social y laboral del alumnado más vulnerable en la Sociedad del Conocimiento.

- Desarrollo de las competencias necesarias para la promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, con especial atención al fomento de las vocaciones científico-tecnológicas entre el alumnado femenino y el desarrollo de actitudes para la prevención de la violencia de género, la prevención del acoso y del ciberacoso.

3. Escuela de la sociedad del conocimiento. Destrezas básicas: Plurilingüismo, uso de las TIC y espíritu emprendedor.

- Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital del profesorado acorde al nuevo Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente (MRCDD).

- Impulso de los procesos de Transformación Digital Educativa: Organización del centro, procesos de enseñanza-aprendizaje, e información y comunicación.

- Asesoramiento para el desarrollo de la competencia digital de centros basadas en el Marco Europeo para Organizaciones Educativas Digitalmente Competentes (DigCompOrg).

- Difusión del Ecosistema Digital Educativo de Andalucía.

- Apoyo a la elaboración y desarrollo del Currículum Integrado de las Lenguas y metodología para el Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjera (AICLE).

- Difusión y asesoramiento para la participación en programas europeos y otros programas para la internacionalización de la educación.

4. Planes de mejora y de formación de los centros educativos.

- Impulso de las acciones formativas dirigidas a consolidar en los centros educativos los procesos cíclicos de mejora continua para que sean recogidos en el Plan de Formación.

- Apoyo a los centros educativos en los procesos de autoformación encaminados a la mejora continua con especial atención al desarrollo de la competencia digital docente.

Línea II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente.

1. Desarrollo profesional adecuado al rol profesional: competencias comunes y competencias específicas.

- Fomento del uso de las tecnologías digitales en los procesos de enseñanza y aprendizaje utilizando como referencia el nuevo Marco de la Competencia Digital Docente.

- Estrategias que desarrollen el nivel de Competencia Digital Docente acorde al modelo de progresión establecido en el Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente.

- Apoyo a la función directiva en sus primeros años de ejercicio.

- Actualización de la formación permanente de la función directiva en líneas temáticas relacionadas con la gestión, y la autoevaluación y mejora del centro.

- Capacitación y perfeccionamiento de los responsables de la dirección y de los miembros de los equipos directivos.

- Actualización de las competencias para el ejercicio de la función inspectora.

- Actualización de las competencias para el ejercicio de la función asesora acorde a las líneas prioritarias, con especial atención al nuevo Marco de Referencia de la Competencia Digital Docente y sus implicaciones en las actividades formativas.

- Actualización de las competencias necesarias para la atención del alumnado de 0 a 3 años con especial atención al alumnado con necesidades educativas especiales.

- Fomento de estrategias de mejora de la acción tutorial y el uso de las herramientas de gestión y comunicación mediante el sistema de información Séneca.

- Desarrollo de competencias profesionales que propicien una respuesta educativa adaptada al alumnado con necesidades educativas de apoyo educativo y adecuada al alumnado vulnerable.

2. Desarrollo profesional a lo largo de toda la vida profesional: formación inicial, profesorado novel, formación permanente.

- Desarrollo de las competencias profesionales del profesorado funcionario en prácticas.

- Desarrollo de las competencias profesionales de las asesorías y las direcciones de los Centros del Profesorado noveles.

Línea III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos, la investigación y la innovación educativa y las buenas prácticas.

1. Investigación e innovación educativa. Desarrollo de programas educativos.

- Difusión y asesoramiento en los proyectos de trabajo de los Programas para la Innovación Educativa: metodologías innovadoras, liderazgo y trabajo en equipo, diseño de planes de actuación y proyectos innovadores de manera integrada en el currículum y competencia digital.

- Apoyo a los planes y proyectos de trabajo de los Programas para la Innovación Educativa sobre oralidad, lectura digital y comunicación audiovisual; alfabetización audiovisual y mediática; competencias blandas para el emprendimiento; conocimiento, promoción y defensa del patrimonio; promoción de la salud y la educación emocional; educación ambiental para la sostenibilidad y la transformación de espacios; cambio climático.

- Fomento del uso de las metodologías activas orientadas a la resolución de problemas y retos actuales a través de los programas STEAM de investigación aeroespacial, robótica y pensamiento computacional aplicados al aula.

- Fomento y apoyo en la participación y gestión de redes de colaboración de centros con experiencia de buenas prácticas en centros de Comunidades de Aprendizaje, Proyectos de Aprendizaje-Servicio, orientación educativa, atención a la diversidad, coeducación y prevención de violencia de género. Así como el apoyo en los procesos de transformación y consolidación en Comunidades de Aprendizaje.

2. Metodologías de trabajo investigador y colaborativo en el aula y centro.

- Difusión y desarrollo de la investigación educativa en el aula.

- Fomento de nuevas herramientas digitales para la elaboración de recursos educativos abiertos.

Línea IV. La formación del profesorado como apoyo en la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.

1. La participación de toda la comunidad para la mejora de los rendimientos escolares y la gestión del centro.

- Fomento de proyectos Comunidad de Aprendizaje que potencien el diálogo igualitario y la interacción con la comunidad educativa para el incremento del éxito escolar y la mejora de la convivencia.

- Apoyo en la elaboración y participación de proyectos Aprendizaje-Servicio que impulsen el emprendimiento social y la creación de entornos solidarios.

- Impulso de actuaciones de mediación intercultural que fomenten la participación de las familias del alumnado inmigrante en los centros docentes.

- Difusión e impulso de los canales de comunicación y participación oficiales entre el centro docente, la comunidad educativa y el entorno.

2. La atención a los centros con entornos de aprendizaje específicos (compensación, rural, hospitalarios, centros específicos de EE, etc.).

- Fomento de estrategias y metodologías que permitan atender al alumnado que presenta necesidades de apoyo educativo en entornos específicos.

- Impulso de actuaciones y de estrategias que faciliten la colaboración de los profesionales de la orientación para realizar el seguimiento del alumnado vulnerable.

Línea V. La formación del profesorado de formación profesional, enseñanzas artísticas y de idiomas y educación permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.

1. La Formación Profesional.

- Apoyo a la digitalización y avances tecnológicos adecuados al mercado laboral y la realidad productiva.

- Mejora de las competencias profesionales necesarias para impartir cursos de especialización.

- Impulso del conocimiento del sistema y procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.

2. Las Enseñanzas Artísticas.

- Difusión de buenas prácticas en relación al marco normativo de los programas europeos de intercambio y movilidad en los centros de educación artística superior, así como buenas prácticas docentes en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores.

3. Las Enseñanzas de Idiomas.

- Fomento de estrategias innovadoras adaptadas a los distintos niveles para la enseñanza de idiomas.

4. La Educación Permanente.

- Fomento de estrategias que impulsen y apoyen las modalidades no presenciales.

Segundo. Proyecto de formación de los centros del profesorado.

1. El equipo técnico de formación de cada centro del profesorado, coordinado por el equipo directivo del centro, elaborará el Proyecto de formación atendiendo a lo recogido en esta resolución, con la colaboración de los órganos y personas responsables de la formación en los centros educativos, así como de la inspección educativa.

2. El Proyecto de formación contemplará el conjunto de medidas y actuaciones previstas, incluyendo objetivos específicos para la mejora del rendimiento educativo, protocolos adoptados para el diagnóstico de necesidades, seguimiento de la formación, así como los criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de la asesoría de referencia.

3. Las asesorías de referencia colaborarán con los centros y servicios educativos en la elaboración de su plan de formación, que deberá estar vinculado a los procesos de autoevaluación y mejora e incluirse en su proyecto educativo o plan de actuación. El centro del profesorado determinará el procedimiento de colaboración con los centros docentes a lo largo del curso, sistematizando el proceso de detección de necesidades a fin de concretar en su Proyecto de formación actuaciones que respondan a las demandas realizadas.

4. Se priorizarán las acciones de autoformación, grupos de trabajo y formación en centro, que se consideren las más adecuadas para responder a las necesidades formativas del profesorado involucrado en procesos de cambio y mejora de los resultados del aula, centro o servicio educativo.

Tercero. Concreción anual del Proyecto de formación del centro del profesorado.

La concreción anual del Proyecto de formación se realizará de acuerdo con la estructura y los objetivos previstos en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, y en ella se concretarán en la aplicación Séneca los siguientes elementos:

1. Diagnóstico de las necesidades formativas detectadas de carácter general o vinculadas a colectivos profesionales específicos y a centros educativos de su ámbito de actuación, a partir de las propuestas de mejora derivadas de la memoria de autoevaluación.

2. Principales objetivos que han de alcanzarse teniendo en cuenta las líneas prioritarias de la Consejería recogidas en esta resolución, y las demandas derivadas del diagnóstico de necesidades de los centros.

3. Líneas de actuación del centro del profesorado derivadas de las necesidades formativas de los centros docentes, de la concreción anual de las líneas estratégicas del III Plan de Formación y de las propuestas de mejora obtenidas de la memoria de autoevaluación.

4. Acciones formativas previstas que den respuesta a las propuestas de mejora, al diagnóstico y a las líneas estratégicas.

5. Protocolos para el seguimiento y la evaluación de las acciones formativas previstas (indicadores, procedimientos, temporalización).

6. Evaluación del cumplimiento de los objetivos previstos, de la organización, funcionamiento y gestión del centro, detallando los indicadores y procedimientos de evaluación.

Cuarto. Aprobación y difusión del Proyecto de formación.

1. El Proyecto de formación deberá cumplimentarse en el sistema de información Séneca y ser aprobado por el Consejo de Centro antes del 30 de noviembre de 2022. Una vez aprobado se dará a conocer a los centros del ámbito de actuación del Centro del Profesorado correspondiente. Para ello, se utilizará preferentemente la página web del Centro del Profesorado.

2. El equipo provincial de formación coordinará las actuaciones previstas en los proyectos de formación de los centros del profesorado de cada provincia.

Quinto. Efectos.

La presente resolución producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2022.

Sevilla, 1 de septiembre de 2022.- El Director General, Antonio Segura Marrero.

Descargar PDF