Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 29/09/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Empresas Públicas y Asimiladas

Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se convoca proceso de selección para cubrir con carácter indefinido los puestos de trabajo de Ordenanza, Peón especialista y Técnica/o Administrativa/o N 1.

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La Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., se crea por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 27 de julio de 2010 (BOJA núm. 159, de 13 de agosto de 2010), mediante la fusión de las entidades «Turismo Andaluz, S.A.» y «Empresa Pública Deporte Andaluz, S.A.», quedando inscrita en el Registro Mercantil con fecha 21 de diciembre de 2010. La sociedad fija su domicilio en Málaga, antiguo Posada de San Rafael, calle Compañía, número 40.

Es una sociedad mercantil del sector público andaluz, de las contempladas en el artículo 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) y artículo 75 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía; está adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, según Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 25, de 26 de julio de 2022, en relación al Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto de 2022).

La sociedad cuenta con tres plazas de personal laboral indefinido vacante para la que se ha obtenido la autorización a los efectos previsto en el artículo 13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021 prorrogados para el año 2022, para su cobertura mediante oferta de empleo público bajo los principios consagrados constitucionalmente de igualdad, mérito y capacidad –según art. 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (de aplicación a las sociedades del sector público andaluz en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera del mismo texto legal)– , y publicidad mediante anuncio de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Portal de la Junta de Andalucía (Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía).

Vista la normativa de aplicación, y conforme a las competencias atribuidas a esta Dirección Gerencia,

RESUELVO

Primero. Convocar el proceso de selección para cubrir, con carácter indefinido, los puestos de trabajo de Ordenanza, Peón especialista y Técnico Administrativo nivel 1, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.

Segundo. Aprobar las bases de la convocatoria que son las contenidas en el anexo de esta resolución. Contra esta resolución se podrá interponer, en el plazo de un año, demanda ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de cuantas otras acciones se estime oportuno deducir.

Málaga, 26 de septiembre de 2022.- El Director Gerente, Alberto Javier Ortiz de Saracho Mata.

BASES REGULADORAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA CUBRIR CON CARÁCTER INDEFINIDO LOS PUESTOS DE TRABAJO DE ORDENANZA, PEÓN ESPECIALISTA Y TÉCNICA/O ADMINISTRATIVA/O N 1 EN LA EMPRESA PÚBLICA PARA LA GESTIÓN DEL TURISMO Y DEL DEPORTE DE ANDALUCÍA, S.A. (Ref. CCOPE-03RH-0922-0001).

Primera. Definición de los puestos de trabajo y requisitos exigidos para concurrir.

1. Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0028.

Denominación del puesto de trabajo: Ordenanza.

Número de puestos a cubrir: 1.

Área funcional a la que se adscribe el puesto: Subdirección de Instalaciones Deportivas.

Centro de trabajo: Instalaciones Deportivas de Sevilla: Centro de Alto Rendimiento CEAR, Glorieta Beatriz Manchón, s/n, 41092, Sevilla.

Modalidad de contrato: Indefinido.

Periodo de prueba: Según art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Jornada: Cómputo de 35 horas semanales, jornada de trabajo continua de lunes a domingo, en turnos de mañana o tarde, con horario de 7 horas comprendido entre las 7:00 horas y las 22:00 horas.

Categoría profesional: Ordenanza.

- Grupo Profesional: 04.

- Convenio Colectivo de aplicación: III Convenio Colectivo de Deporte Andaluz (Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., BOJA núm. 58, de 25 de marzo de 2009).

- Retribuciones: 19.828,62 euros brutos anuales.

- Funciones generales: Es el trabajador que, bajo la supervisión y/o dirección del técnico de mantenimiento o superior jerárquico y conforme a instrucciones concretas, ejecutará tareas de mantenimiento, cuidado y entretenimiento de poca complejidad de las instalaciones, tales como albañilería, fontanería, electricidad, etc., así como reparaciones básicas de esas instalaciones. Dichas funciones concretas y determinadas, sin constituir propiamente un oficio exigen cierta práctica, especialidad y atención, pudiendo manejar máquinas y herramientas de pequeña potencia así como aportación de esfuerzos físicos en tareas de limpieza de instalaciones y maquinaria, mantenimiento de edificios, movimiento de mobiliario y enseres, pequeñas tareas agropecuarias, conservación, limpieza, mantenimiento de zonas ajardinadas y urbanizadas y otras análogas adecuadas a su nivel profesional.

Igualmente, podrá tener confiado en su caso el manejo y utilización (no así el mantenimiento y reparación) de maquinaria agrícola, dentro o fuera de la instalación, para lo que deberá contar con el pertinente permiso o licencia de conducción.

Asimismo, en el CEAR de Remo y Piragüismo, el peón especialista podrá tener confiado el manejo de cualquier tipo de embarcaciones, de casco rígido o flexible, para lo que deberá contar con el correspondiente permiso o licencia.

Entre las funciones a realizar cabe señalar, entre otras, las siguiente:

- Estar en contacto diario con su responsable al objeto de recibir órdenes de las tareas a realizar.

- Realización de tareas de mantenimiento correctivas y preventivas de pequeña envergadura en oficios varios (fontanería, albañilería, etc.) dirigidas por el técnico de mantenimiento.

- Realización y apoyo a eventos deportivos, dirigidos por el técnico o por los especialistas de mantenimiento.

- Conducción de vehículos agrícolas y tipo turismo/furgón.

- Pilotaje de embarcaciones, así como trabajos de apoyo en el montaje de campos de regata y mantenimiento simple de almacenillos y embarcaciones (limpieza de cascos, motores, sistemas de auxilios y otros elementos auxiliares) y tareas auxiliares en el montaje de las líneas y calles de los campos de regata, así como en su almacenamiento y custodia, y formando parte de la tripulación de las embarcaciones.

- Custodia pequeña maquinaria y orden general del taller.

- Tareas de traslado de material, así como de mobiliario y otros enseres o bienes muebles.

- Realizar todo tipo de trabajos de pintura, tanto en elementos de la vía pública como en edificios públicos.

- Montaje de pequeñas estructuras y dar soporte a las necesidades de infraestructura en los eventos y competiciones deportivas (mesas, sillas, tarimas, pódium, atril, traseras, etc.).

- Sustituir a trabajadores/as de otros equipos de mantenimiento en caso de necesidad, etc.

- Otras tareas que le sean encomendadas en relación con su puesto y categoría.

Requisitos exigidos para concurrir:

Se exigirá:

a) Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el órgano administrativo nacional competente.

b) Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.

c) Formación Profesional de primer grado o Ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de edificación y obra civil/electricidad y electrónica o asimilados.

d) Titulación mínima PNB (Patrón Navegación Básica) para pilotar embarcaciones.

e) Carnet de conducir tipo B.

f) Formación específica en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitarias: Legionela, DDD y similares.

2. Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0029.

Denominación del puesto de trabajo: Peón Especialista.

Número de puestos a cubrir: 1.

Área funcional a la que se adscribe el puesto: Subdirección de Instalaciones Deportivas.

Centro de trabajo: Ciudad Deportiva Javier Imbroda: Avenida Santa Rosa de Lima, núm. 7, 29007, Málaga.

Modalidad de contrato: Indefinido.

Periodo de prueba: según art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Jornada: Cómputo de 35 horas semanales, jornada de trabajo continua de lunes a domingo, en turnos de mañana o tarde, con horario de 7 horas comprendido entre las 7:00 horas y las 22:00 horas.

Categoría profesional: Peón Especialista.

- Grupo Profesional: 04.

- Convenio Colectivo de aplicación: III Convenio Colectivo de Deporte Andaluz (Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., BOJA núm. 58, de 25 de marzo de 2009).

- Retribuciones: 19.828,62 euros brutos anuales.

- Funciones generales: Es el trabajador que, bajo la supervisión y/o dirección del técnico de mantenimiento o superior jerárquico y conforme a instrucciones concretas, ejecutará tareas de mantenimiento, cuidado y entretenimiento de poca complejidad de las Instalaciones, tales como albañilería, fontanería, electricidad, etc., así como reparaciones básicas de esas Instalaciones. Dichas funciones concretas y determinadas, sin constituir propiamente un oficio exigen cierta práctica, especialidad y atención, pudiendo manejar máquinas y herramientas de pequeña potencia, así como aportación de esfuerzos físicos en tareas de limpieza de instalaciones y maquinaria, mantenimiento de edificios, movimiento de mobiliario y enseres.

Entre las funciones a realizar cabe señalar, entre otras, las siguientes:

- Estar en contacto diario con su responsable al objeto de recibir órdenes de las tareas a realizar.

- Realización de tareas de mantenimiento correctivas y preventivas de pequeña envergadura en oficios varios (fontanería, albañilería, etc.) dirigidas por el técnico de mantenimiento.

- Realización y apoyo a eventos deportivos, dirigidos por el técnico o por los especialistas de mantenimiento.

- Custodia pequeña maquinaria y orden general del taller.

- Conducción de vehículos tipo turismo/furgón y agrícolas (en caso de ser de aplicación en la IIDD).

- Tareas de traslado de material, así como de mobiliario y otros enseres o bienes muebles.

- Realizar todo tipo de trabajos de pintura, tanto en elementos de la vía pública como en edificios públicos.

- Montaje de pequeñas estructuras y dar soporte a las necesidades de infraestructura en los eventos y competiciones deportivas (mesas, sillas, tarimas, pódium, atril, traseras, etc.).

- Sustituir a trabajadores/as de otros equipos de mantenimiento en caso de necesidad, etc.

- Otras tareas que le sean encomendadas en relación con su puesto y categoría.

Requisitos exigidos para concurrir:

a) Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.

b) Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.

c) Formación Profesional de primer grado o Ciclo formativo de grado medio de la familia profesional de edificación y obra civil/electricidad y electrónica o asimilados.

d) Carnet de conducir tipo B.

e) Formación específica en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitarias: Legionela, DDD y similares.

3. Código identificativo del puesto de trabajo: P0053_0030.

Denominación del puesto de trabajo: Técnica/o Administrativo/a N 1.

Número de puestos a cubrir: 1

Área funcional a la que se adscribe el puesto: Subdirección de Instalaciones Deportivas.

Centro de trabajo: Ciudad Deportiva Javier Imbroda: Avenida Santa Rosa de Lima, núm. 7, 29007, Málaga.

Modalidad de contrato: Indefinido.

Periodo de prueba: según art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.

Jornada: Cómputo de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, de lunes a viernes, en horario de mañana de 8:00 a 15:00 horas.

Categoría profesional: Técnica/o Administrativo/a N 1.

- Grupo Profesional: 02.

- Convenio Colectivo de aplicación: III Convenio Colectivo de Deporte Andaluz (Resolución de 12 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Pública de Deporte Andaluz, S.A., BOJA núm. 58, de 25 de marzo de 2009).

- Retribuciones: 24.277,96 euros brutos anuales.

Puesto de estructura y funciones generales.

- Seguimiento del presupuesto de la unidad directiva de adscripción.

- Colaboración y elaboración en el establecimiento de procesos operativos de todo tipo.

- Actualización de información de sistemas internos (RODAS, Dynamic NAVISIÓN, GIRO, COMJunta, Sistemas basado en cloud web tipo SaaS, paquetes ofimáticos, etc.).

- Operar con los programas informáticos utilizados y habilitados en la empresa como los establecidos por Junta de Andalucía: NAVISION, RODAS, GIRO, COMJunta, INTRANET, HACIENDA, SEGURIDAD SOCIAL, SOFTWARE ESPECIFICO DE GESTIÓN DEPORTIVA, App's, cloud web tipo SaaS Pid@ etc. incluyendo además a modo descriptivo y no limitativo la gestión y elaboración de informes, documentación, etc.

- Asistencia a Mesas de Contratación, Comisiones, Mesas de Seguimiento de acciones, etc.

- Realización de informes técnicos en materias de su competencia.

- Información al público sobre estado de proyectos.

- Atender al teléfono, en asuntos de la unidad.

- Realizar documentos escritos (cartas, burofax, correos electrónicos, etc.) atendiendo a las instrucciones de su superior jerárquico.

- Crear y actualizar ficheros de datos, así como analíticas en el ámbito de sus competencias.

- Realizar aquellas otras tareas afines al puesto y que le sean encomendadas, o resulten necesarias por razones del servicio.

- Organización y coordinación de las tareas de otros técnicos, supervisando la correcta ejecución de las tareas y actividades desarrolladas por el personal a su cargo, si lo tuviere.

Funciones específicas:

- Realización de tareas administrativas/contables, tales como control de ingresos y gastos por caja y bancos de la instalación, gestión de la plataforma y pasarela de pago, seguimiento de los cobros en las diferentes modalidades existentes y futuras (Tarjeta, SEPA, PaybyLink, etc.) gestión de devoluciones, facturas pendientes de cobro, etc., en la instalación deportiva.

- Gestión de las liquidaciones mensuales de los alquileres de entidades, clubes, etc.

- Control y supervisión del inventario de la instalación.

- Gestión de reclamaciones.

Requisitos exigidos para concurrir:

Se exigirá:

a) Ser español/a o poseer la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, para cuyos ciudadanos, a tenor de la legislación vigente, no sea preceptiva la autorización de permiso de trabajo y residencia expedida por el Órgano Administrativo nacional competente.

b) Tener, al menos, 18 años de edad y no exceder la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.

c) Titulación mínima Técnico superior en ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Administración, diplomado universitario, ingeniero técnico o arquitecto técnico:

d) Nivel de inglés B1.

Segunda. Lugar, plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación.

Lugar: Registro de Entrada del Parador de San Rafael, Servicios Centrales, C/ Compañía, núm. 40, 29008 Málaga.

Plazo: 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Forma: Las solicitudes deberán presentarse en un sobre cerrado en el que deberá figurar la leyenda: A/A de la Dirección de Recursos Humanos de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., Referencia CCOPE-03RH-0922-0001 indicando:

1. Puesto/s al que presenta solicitud.

2. Nombre y apellidos del trabajador/a.

3. NIF.

4. Teléfono y correo electrónico de contacto, al que la Empresa realizará todas las comunicaciones requeridas en el proceso de selección.

Las candidaturas podrán presentarse presencialmente, en el lugar indicado, o por correo postal a la dirección indicada.

En las candidaturas enviadas por correo postal deberá comunicarse dicho envío por correo electrónico, a personal@andalucia.org, adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos dentro del plazo de los diez días hábiles concedidos para la presentación de candidaturas. No se admitirán candidaturas ni documentación remitida en fechas y por vías distintas de las expuestas o que no se haya comunicado su envío conforme se establece.

Documentación: En el sobre se deberá incluir:

Anexo 1 a las presentes bases de la convocatoria, según el puesto al que presenta solicitud, debidamente cumplimentado y firmado acompañado de la documentación que en él mismo se especifica por apartados. Será causa automática de exclusión la no presentación del referido Anexo I.

Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada, los méritos y los puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No se calificará documentación alguna adjunta al referido anexo que no esté reflejada y puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello, sin perjuicio en todo caso, de la posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito consignado, por la Comisión Evaluadora.

La falta de presentación en tiempo, forma, lugar de los documentos requeridos y la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria constituyen motivo suficiente y causa justificada para la perdida de cualquier derecho derivado de esta convocatoria, y la exclusión automática y definitiva del proceso selectivo.

Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria, cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.

Los documentos presentados serán fotocopias del original.

Tercera. Méritos a valorar:

1. Titulaciones académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira –aparte de la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el puesto: 1 punto por titulación con un máximo de 2 puntos.

Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de título o certificado equivalente de la Entidad que la impartió.

2. Experiencia profesional: hasta un máximo de seis puntos, conforme a la siguiente regla:

2.1. Por experiencia profesional en el sector público de la Junta de Andalucía en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 1 punto por cada año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio computarán a razón de 0,08 puntos por mes.

2.2. Por experiencia profesional en el sector público no incluido en el apartado anterior o privado, en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir 0,50 puntos por cada año de servicio. Los periodos inferiores a 1 año de servicio se computarán a razón de 0,04 puntos por mes.

La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado de alta como autónomo/a.

3. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con el puesto a que se aspira (excluidos los realizados para acreditar la titulación exigida para concursar) hasta un máximo de dos puntos, conforme al siguiente baremo:

1) Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.

2) Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.

3) Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.

4) Cursos de 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.

5) Cursos de 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.

6) Cursos de 101 a 150 horas: 0,50 puntos por curso.

7) Cursos de 151 a 250 horas: 0,75 puntos por curso.

8) Cursos de 251 hasta 500 horas: 1,00 punto por curso.

9) Cursos de 501 horas en adelante: 1,50 puntos por curso.

4. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento directamente relacionados con la igualdad de género entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género, y prevención de riesgos laborales, hasta un máximo de cero con diez puntos, conforme al siguiente baremo:

1) Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.

2) Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.

Los cursos de formación y/o perfeccionamiento se han de acreditar mediante los correspondientes certificados emitidos por centros de formación debidamente homologado. No se admitirán los certificados en los que no conste el número de horas y las materias objeto de formación y/o perfeccionamiento.

En ningún caso se valorarán, en este apartado, aquellos cursos cuya finalidad sea la obtención de títulos académicos ni aquellos necesarios para acceder al puesto.

Cuarta. Comisión de valoración.

Se constituirán una Comisión de valoración por puesto objeto de cobertura, de la que formarán parte:

- La persona responsable de la Dirección de Recursos Humanos.

- La persona responsable del Área funcional a la que se adscribe el puesto.

- Un/a representante legal de los trabajadores.

Las Comisiones de valoración se constituirán a instancia de la Dirección de Recursos Humanos antes de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y procederán con el siguiente orden por fases:

Fase I: Admisión.

Verificarán las solicitudes en cuanto al cumplimiento del plazo y lugar de presentación, así como cumplimiento de los requisitos de los candidatos/as.

A través de la unidad de transparencia se publicará en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html

la lista provisional de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as, dando un plazo de tres días hábiles para presentar alegaciones ante la Comisión.

Transcurrido el plazo de tres días hábiles señalado en el último inciso del apartado anterior, se volverá a reunir la Comisión para admitir o inadmitir, motivadamente, las alegaciones presentadas en su caso y formular la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as.

A través de la unidad de transparencia se publicará en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html

la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as.

Fase II: Baremación de méritos.

Publicada la lista de admitidos/as y excluidos/as, la Comisión procederá a aplicar el baremo de la presente convocatoria sobre los documentos acreditativos de los méritos alegados de los/as candidatos/as admitidos/as.

A través de la unidad de transparencia se publicará en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html

el resultado provisional de las puntuaciones obtenidas por los méritos alegados y justificados de las candidaturas admitidas, dando un plazo de tres días hábiles para presentar alegaciones ante la Comisión.

Transcurrido el plazo de tres días hábiles señalado en el último inciso del apartado anterior, se volverá a reunir la Comisión para admitir o inadmitir, motivadamente, las alegaciones presentadas en su caso y formular el resultado definitivo de las puntuaciones obtenidas por los méritos alegados y justificados de las candidaturas admitidas.

A través de la unidad de transparencia se publicará en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/empleo-publico/entidades-instrumentales/ofertas-empleo.html

el resultado definitivo de las puntuaciones obtenidas por los méritos de las candidaturas admitidas.

Fase III: Entrevista personal.

Esta fase será puntuada con un máximo de 3 puntos.

Los cinco candidatos/as que hayan obtenido mejor puntuación en la Fase II, pasarán a esta tercera fase, que consistirá en una entrevista personal y realización de tests psicotécnicos y/o pruebas teóricas o prácticas, en las que se valorarán las siguientes competencias:

- Trabajo en equipo, iniciativa, capacidad de análisis, orientación a resultados, visión y anticipación, toma de decisiones, conocimiento de la empresa, planificación y organización…

Finalizada esta fase se sumarán las puntuaciones obtenidas por los cinco candidatos/as en las fases II y III, y resultará seleccionado el candidato/a que haya obtenido mayor puntuación.

En caso de empate entre dos o más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios y por ese orden:

Primero. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 1.

Segundo. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 2.

Tercero. La mayor puntuación obtenida en la fase de méritos a valorar 3.

En caso de que el empate persista y en el supuesto de que los aspirantes sean de distinto sexo, se estará a lo establecido en el Área de actuación: Infrarrepresentación femenina, Objetivo 2: Garantizar la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles de la organización, siempre que sea posible, del II Plan de Igualdad de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., que señala «ante igualdad de puntuación tendrá prioridad la promoción del aspirante del sexo menos representado» en el centro de trabajo al que este adscrito el puesto.

De ser necesario un último criterio de desempate, se atenderá al orden alfabético por apellidos a partir de la letra que ha resultado elegida según Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (BOJA núm. 12, 19 de enero de 2022), en sentido descendente.

El resultado del proceso de selección, con la puntuación obtenida por cada candidato/a, se publicará en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y se comunicará por correo electrónico al candidato/a seleccionado.

Finalizados los trabajos por la Comisión –conforme a las reglas antes expuestas– propondrá un candidato/a para la cobertura de la plaza vacante por oferta pública de empleo al Director Gerente, quien resolverá de forma definitiva la convocatoria.

Quinta. Normas generales.

La participación en esta convocatoria implica la íntegra aceptación de sus bases. En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos, los datos facilitados por cada persona candidata serán incorporados al Registro de Tratamiento de Datos de Carácter Personal de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., cuya finalidad es gestionar su participación en este proceso de selección. La negativa a facilitar sus datos personales determinará la imposibilidad de participar en el mismo. Si la persona candidata lo desea, podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, oposición, obtención de confirmación de uso, a la portabilidad de los datos y a formular una reclamación enviando un escrito a la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., calle Compañía, 40, 29008 Málaga.

Correo electrónico de contacto para aclaraciones o consultas: personal@andalucia.org

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