Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 28/01/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 29 de diciembre de 2021, del Ayuntamiento de Jun, por el cual se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2021, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan. (PP. 9/2022).

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Por Resolución de Alcaldía de este Ayuntamiento, de fecha 29 de diciembre de 2021, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2021, de conformidad con lo establecido en el art. 91.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021:

PERSONAL FUNCIONARIO

Funcionarios de Carrera:

GRUPO SUBGRUPO N.º VACANTES DENOMINACIÓN SISTEMA DE ACCESO
C C1 3 Administrativo Promoción Interna
C C2 1 Auxiliar Administrativo Libre Concurso-Oposición
(Tasa reposición de efectivos)

Escala de Administración Especial:

GRUPO SUBGRUPO N.º VACANTES DENOMINACIÓN SISTEMA DE ACCESO
C C1 1 Oficial Policía Local Promoción Interna

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Jun, 29 de diciembre de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Aurora Suárez Muñoz.

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