Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 05/10/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Alfonso Perales Pizarro, que pasa a denominarse Fundación Andalucía, Socialismo y Democracia.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Alfonso Perales Pizarro, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 6 de septiembre de 2022 tiene entrada en la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública escrito de la Fundación, en respuesta a los requerimientos, de fechas 18 de mayo, 15 de junio y 12 de julio de 2022, realizados por el Protectorado con motivo de la solicitud de inscripción de la modificación estatutaria presentada el día 26 de abril de 2022.

Segundo. La modificación estatutaria afecta de forma generalizada a todo el articulado, tanto en su numeración como en su redacción, y fundamentalmente a los artículos reguladores de la denominación de la fundación (que pasa de denominarse Fundación Alfonso Perales Pizarro a denominarse Fundación Andalucía, Socialismo y Democracia), de los fines y actividades, de la composición del patronato, de las causas de cese de los patronos y del quórum exigido para la válida constitución del patronato.

Tercero. Al expediente se aporta escritura pública otorgada el día 6 de abril de 2022, ante el notario don Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.938 de su protocolo. Asimismo se aporta escritura pública, de fecha 25 de julio de 2022, otorgada ante el mismo notario, bajo el número 4.076 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública número 1.938 incorpora certificación del acuerdo del patronato, de fecha 21 de marzo de 2022, relativo a la modificación de estatutos, sin que conste prohibición expresa por parte del fundador para proceder a la modificación de estatutos acordada por el patronato. Por otra parte, la escritura pública número 4.076 incorpora certificación del acuerdo del patronato, de fecha 15 de julio de 2022, en que se dan por aceptadas y aprobadas las observaciones realizadas por el Protectorado en orden a incorporarlas a la modificación de estatutos adoptada por el patronato de la fundación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho registro la modificación o nueva redacción de los estatutos de la fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005 y el Decreto 32/2008, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.6 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Alfonso Perales Pizarro en el Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados en escritura pública otorgada el día 6 de abril de 2022 ante el notario don Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.938 de su protocolo, y en otra posterior complementaria, de fecha 25 de julio de 2022, otorgada ante el mismo notario bajo el número 4.076 de su protocolo, con la nueva denominación Fundación Andalucía, Socialismo y Democracia.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.

Sevilla, 22 de septiembre de 2022.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.

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