Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 11/10/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Orden de 30 de septiembre de 2022, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de una colección documental perteneciente al archivo privado de Paul Hecht, ofrecida por doña Odile Bernard Vinchon, doña Erika Montoro Bernard, doña Alejandra Montoro Bernard, don Pablo Montoro Bernard y don Rafael Montoro Bernard.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00269069.

Doña Odile Bernard Vinchon y sus hijos, actuando en nombre propio, manifestaron mediante escrito de 28 de abril de 2022 su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su incorporación a los fondos del Archivo Histórico Provincial de Málaga, una colección de documentos pertenecientes a su patrimonio familiar que están libres de cargas o gravámenes.

La colección fue propiedad del difunto don Francisco Montoro Jiménez, declarando su cónyuge viuda, doña Odile Bernard Vinchon, y los herederos legales, doña Erika Montoro Bernard, doña Alejandra Montoro Bernard, don Pablo Montoro Bernard y don Rafael Montoro Bernard, su voluntad de efectuar la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los bienes propuestos en donación fueron depositados provisionalmente el 8 de noviembre de 2021 en el Archivo Histórico Provincial de Málaga para su descripción y valoración cultural, firmándose la correspondiente acta de depósito provisional.

La colección de documentos comprende 6 diarios personales de Paul Hecht, un ejemplar encuadernado y mecanografiado de su tesis doctoral, 213 hojas mecanografiadas sueltas de distinta temática, dos carpetas con documentos, un sobre de correos y 8 fotografías. Los documentos abarcan una cronología que va de 1956 a 1979 y se encuentran descritos en el inventario que consta en el expediente del procedimiento.

El Archivo Histórico Provincial de Málaga, que analizó la documentación del archivo privado de Paul Hecht, escritor y estudioso del flamenco fallecido en 1996, conocido popularmente como «Pablo el Americano», destaca el gran valor literario e histórico de la donación para Málaga y Andalucía, al posibilitar investigaciones científicas sobre su autor, el flamenco y los «cantaores» de los años sesenta del siglo XX, así como las costumbres y personajes de aquel tiempo.

El 16 de mayo de 2022 el Servicio de Archivos, perteneciente a la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, informó favorablemente la aceptación de la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía y proceder a su ingreso definitivo en el Archivo Histórico Provincial de Málaga.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. El Estatuto de Autonomía establece en su artículo 10.3.3.º como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º del Estatuto designa como principio rector de las políticas públicas «La conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la Junta de Andalucía de esta donación contribuirá a cumplir este objetivo.

A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo del Estatuto atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.

Segundo. Corresponde a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, según lo previsto en el artículo 1.1 del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería, las competencias en materia de turismo, cultura y deporte, atribuyéndose a la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico, las de tutela y acrecentamiento del patrimonio documental andaluz, de acuerdo con el artículo 12.1.c) del citado decreto.

Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte a «aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz». En dicho artículo se especifica que esta aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Conforme a lo dispuesto en el citado artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 2 de la misma ley, se hace constar expresamente que la colección documental que se pretende donar revela un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran parte del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Por otro lado, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la competencia para aceptar donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Tercero. El artículo 101, apartados 1 y 2, del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establece que las personas que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía se dirigirán por escrito a la Consejería competente en materia de cultura, describiendo los bienes objeto de la donación y aportando cuantos datos estimen pertinentes. La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Por su parte, la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico de Andalucía se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico de Andalucía los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

Asimismo, el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos y desarrollo de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, aprobado por el Decreto 97/2000, de 6 de marzo, define, en su artículo 46, el concepto de ingreso como la entrada de documentos en un archivo para su custodia, control, conservación y servicio; y establece, en su artículo 47, los tipos de ingresos que pueden producirse, entre los que se encuentra la donación.

Expuesto lo anterior, atendiendo a la solicitud de las personas interesadas, como titulares declaradas de los bienes, que se encuentran libres de cargas según lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, y acreditado el valor cultural de los bienes que se donan, que acrecentarán el Patrimonio Documental de Andalucía mediante su ingreso en el Archivo Histórico Provincial de Málaga, y de conformidad con la propuesta de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico,

RESUELVO

Primero. Aceptar la colección de documentos ofrecida en donación por doña Odile Bernard Vinchon, doña Erika Montoro Bernard, doña Alejandra Montoro Bernard, don Pablo Montoro Bernard y don Rafael Montoro Bernard, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cumpliendo la voluntad de don Francisco Montoro Jiménez, compuesta por los siguientes bienes que pertenecieron al archivo personal de Paul Hecht, conocido como «Pablo el Americano»: 6 diarios personales de Paul Hecht, un ejemplar encuadernado y mecanografiado de su tesis doctoral, 213 hojas mecanografiadas sueltas de distinta temática, dos carpetas con documentos, un sobre de correos y 8 fotografías; documentos que abarcan una cronología que va de 1956 a 1979.

Segundo. Ingresar y custodiar la referida colección de documentos en el Archivo Histórico Provincial de Málaga, atendiendo a la voluntad de sus donantes.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la dirección del Archivo Histórico Provincial de Málaga, se levante acta de ingreso definitivo de esta donación, mencionando la presente orden de aceptación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de administración gestora del centro.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1.regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de septiembre de 2022

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Descargar PDF