Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 14/10/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 4 de octubre de 2022, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2022, de las ayudas dirigidas a la promoción del mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, al amparo de la Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (Submedida 3.2, Operaciones 3.2.1 y 3.2.3).

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BDNS (Identif): 652170-652171.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la dirección http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2022, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones previstas en la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 21 de abril de 2016, modificada por la Orden de 22 de junio de 2017, y por la Orden de 6 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Submedida 3.2, Operaciones 3.2.1 y 3.2.3), en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y la distribución en anualidades, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea, siendo estimativa, en atención a lo establecido en el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, la distribución entre partidas presupuestarias.

Cuantías máximas para la convocatoria y distribución anual:

Anualidad 2023 Anualidad 2024
Línea Submedida Operación Total (euros) Partida presupuestaria Total anualidad Cuantía por partidas Total anualidad Cuantía por partidas
1 3.2 3.2.1. 2.272.003,88 1300110000 G/71E/74801/00  C13A0321G2  2016000389 711.024,00 568.819,20 1.560.979,88 1.248.783,90
1300110000 G/71E/78100/00  C13A0321G2  2016000394 142.204,80 312.195,98
2 3.2 3.2.3 1.579.738,13 1300110000 G/71E/74801/00  C13A0323GO  2016000402 500.000,00 475.000,00 1.079.738,13 1.029.738,13
1300110000 G/71E/78100/00  C13A0323GO  2016000403 25.000,00 50.000,00

Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una cuantía adicional de importe equivalente al de esta convocatoria y condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Línea 1: Los Consejos Reguladores y las asociaciones, federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, sin ánimo de lucro, y fundaciones y organizaciones empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, en relación con un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía excluido el sector oleícola y aceituna de mesa.

Línea 2: Los Consejos Reguladores y Asociaciones y Federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, en relación con un producto agrícola o alimenticio en el sector del olivar y la aceituna de mesa producido en Andalucía.

Tercero. Objeto.

Apoyar las actividades promoción realizadas por entidades en el mercado interior, en relación con productos amparados por alguno de los regímenes de calidad de los enumerados en el artículo 16.1 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 21 de abril de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la promoción en el mercado interior de productos agroalimentarios amparados por un régimen de calidad, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 3.2, operaciones 3.2.1 y 3.2.3) (BOJA núm. 76, de 22.04.2016), y las Órdenes de 22 de junio de 2017 (BOJA núm. 122, de 28.6.2017) y de 6 de julio de 2021 (BOJA núm. 133, de 13.7.2021), por las que se modifica la anterior.

Quinto. Importe.

La dotación de cada una de las línea es la que figura en el cuadro del apartado primero. El importe máximo por persona beneficiaria y convocatoria es de 200.000 euros, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la cuantía máxima a 300.000 euros. El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje de subvención del 70% de los costes subvencionables de la actividad. Asimismo, la cuantía máxima de la subvención por persona beneficiaria y convocatoria no podrá superar el importe correspondiente a 1,5 veces el presupuesto aprobado de la entidad correspondiente al ejercicio anterior.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes irá desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones hasta el 31.12.2022.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las entidades solicitantes en la dirección electrónica que se indica a continuación, así como en la sede de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y de sus órganos periféricos:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/8296

Sevilla,

Vicente Pérez García de Prado, Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, Por delegación de firma de la Consejera, Orden de 28.5.2019 (BOJA núm. 106, de 5.6.2019).

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