Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 20/10/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 29 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Jódar, de corrección de error en bases reguladoras de la convocatoria de una plaza de Inspector de Policía Local (PP. 2315/2022).

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Visto el requerimiento efectuado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de 22 de septiembre de 2022, por la que se requiere a este Ayuntamiento la anulación de la Resolución de la Alcaldía núm. 2022-0538, de fecha 22 de junio de 2022, por la que se convoca mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, la provisión de una plaza de Inspector de la Policía Local, Escala Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, de ese Excelentísimo Ayuntamiento, según normativa que se cita en el requerimiento. Concretamente se determina la necesidad de proceder a modificar la base 3 y la base 8.2, en los siguientes términos:

3 DEFICIENCIAS Y REQUERIMIENTO DE ANULACIÓN/SUBSANACIÓN
3.1. Deficiencias del expediente (especificar deficiencias y preceptos jurídicos aplicables:

Considerando que efectivamente obedece a un error tipográfico en cuanto a la base 8.2 y un consideración jurídica el haber incluido el término «Ayuntamiento de Jódar», en la base 3, desde el momento que el sistema de acceso es mediante promoción interna, tal y como determina el artículo 3 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, que regulaos sistemas de acceso a las distintas categoría de policía Local, de tal modo que preceptúa:

«De conformidad con el artículo 40 de la Ley 13/2001, el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local se realizará por los sistemas de promoción interna, movilidad y turno libre, en la forma siguiente:

a) A la categoría de Policía se accederá, por turno libre, respetando la reserva para movilidad sin ascenso prevista en el artículo 24 de este decreto.

b) A las categorías de Oficial, Subinspector e Inspector se accederá por promoción interna, respetando la reserva para movilidad prevista en el artículo 24 de este decreto; si estas vacantes reservadas a la promoción interna no se pudieran proveer por dicho sistema, por falta de solicitantes, de cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, o fuesen declaradas desiertas, se recurrirá sucesivamente al sistema de movilidad, en cualquiera de sus dos modalidades, y al turno libre. Cuando sea la máxima categoría de la plantilla, el municipio optará entre promoción interna, movilidad, en cualquiera de sus dos modalidades, o turno libre.»

Por tanto entendiendo que ambas correcciones son adecuadas, dado que responden a un error tipográfico y a una cuestión que no altera el sistema de acceso establecido en la convocatoria, procedo a resolver:

Primero. Aceptar el requerimiento efectuado por la Delegaciones Gobierno de la Junta de Andalucía de tal modo que se modifican las bases 3 y 8.2 que rigen la selección por promoción interna, aprobadas por Resolución de la Alcaldía núm. 2022-0538, de fecha 22 de junio de 2022, por la que se convoca mediante el sistema de acceso de promoción interna y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, la provisión de una plaza de Inspector de la Policía Local, Escala Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, de ese excelentísimo Ayuntamiento. De este modo quedan de la siguiente manera:

a) Base 3. Requisitos de los y las aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios/as de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inferior a la que aspiran, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.

b) Base 8.2. Segunda fase: Oposición La fase de oposición constará de las siguientes pruebas, todas ellas de carácter obligatorio y eliminatorio:

c) Primera prueba: Prueba de conocimientos, compuesta de dos partes: la primera que consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas propuesto por el Tribunal de las materias que figuren en el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo II. Será preciso contestar correctamente, como mínimo, el 65% de las preguntas, 39 aciertos, para obtener un 5. En caso de anulación de alguna/s pregunta/s, deberá mantenerse el porcentaje establecido. La segunda parte consistirá en la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Será calificado hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario, para aprobar obtener como mínimo 5 puntos en el cuestionario y otros 5, como mínimo, en la resolución práctica.

La calificación final, será la suma de la calificación de las dos partes de la prueba dividida por 2. Para la realización de la prueba de conocimientos se dispondrá de 3 horas, como mínimo.

Segundo. Proceder a la publicación en el BOP de Jaén y en el BOJA, a los efectos oportunos, así como comunicar a la Delegaciones Gobierno la resolución del requerimiento efectuado.

Jódar, 29 de septiembre de 2022.- La Alcaldesa-Presidenta, María Teresa García Gómez.

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