Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 206 de 26/10/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se acuerda la redistribución del crédito disponible y se determina el crédito total de la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 29 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se convocan para 2022 las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

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Mediante Orden de 26 de abril de 2021, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias,dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.

A través de estas ayudas se financian las actuaciones, ya realizadas o a realizar por las entidades locales, ante determinadas situaciones que se puedan producir en el ámbito local que puedan implicar una merma en la prestación y funcionamiento de los servicios públicos locales y que tengan por objeto que la entidad pueda garantizar o reforzar una adecuada prestación de los mismos de cara a contribuir a satisfacer las necesidades de la comunidad local.

Mediante Resolución de 29 de abril de 2022, de la Dirección General de Administración Local, se convocaron para el ejercicio 2022 las subvenciones previstas en la citada orden.

El apartado dispositivo noveno «Financiación» de la indicada resolución establece que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias 0900.01.00.00 G/81A/46502/00, por importe de 1.014.348,00 €, y 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 Proyecto de inversión: 2021000295, por importe de 500.000,00 €, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2022, financiación incluida en el Plan de Cooperación Municipal.

No obstante, sigue indicando que si aumentaran los mismos por ampliaciones sobrevenidas, podrán dictarse resoluciones complementarias por el órgano competente para la concesión de las subvenciones que incluyan solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento de dichos créditos.

La cuantía total máxima destinada a financiar esta subvención se distribuyó en su momento entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en la Orden de 26 de abril de 2021. No obstante, en la convocatoria también se indicaba que los sobrantes de los créditos estimados en algunos de los ámbitos territoriales podrán posibilitar una redistribución de crédito, preferentemente entre aquellas provincias que, habiendo agotado su crédito asignado, tuvieran una cantidad mayor de solicitudes rechazadas por falta del mismo, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Así mismo, se detalla en la convocatoria que los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible producidos como consecuencia de la renuncia de entidades beneficiarias, la revocación de las resoluciones de concesión, o los sobrantes de crédito estimados en alguno de sus ámbitos territoriales por menor número de solicitudes, entre otros supuestos, posibilitarán nuevas resoluciones de concesión que incluyan solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, no considerándose aumento de la cuantía máxima del crédito aprobado.

Todo esto concuerda con lo establecido en el artículo 9 de la Orden de 6 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivados de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, en cuyo apartado primero se establece que «En aquellos casos en los que de conformidad con las bases reguladoras existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que necesariamente debe indicar la convocatoria. Esta distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectuó la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquella.»

Por tanto, con el objeto de adaptar las disponibilidades presupuestarias a las necesidades reales existentes, se hace necesario redistribuir el crédito establecido entre los distintos ámbitos territoriales con la finalidad de lograr una ejecución presupuestaria lo más ajustada posible teniendo en cuenta los principios de eficacia y eficiencia. En este sentido, respetando lo establecido al respecto en la convocatoria y normativa aplicable, los créditos sobrantes existentes en la partida presupuestaria 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 Proyecto de inversión: 2021000295, se deben destinar a aquellos ámbitos territoriales que, teniendo más solicitudes rechazadas por falta de crédito, requieren de esta financiación adicional para atender, en primer lugar, aquellas solicitudes de entidades locales que, respetando el orden de presentación en el registro habilitado, solo han sido parcialmente atendidas con los créditos hasta ahora disponibles.

Como resultado de la citada redistribución se ha producido un ajuste del crédito de la convocatoria para este Capítulo 7, cuyo importe queda finalmente establecido en la cantidad de 493.298,06 euros.

De tal forma, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.2 apartado a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con las competencias establecidas en el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Orden de 26 de abril de 2021, mencionada anteriormente, este Centro Directivo

RESUELVE

Primero. Modificar y redistribuir el crédito correspondiente a Capítulo 7 establecido en el apartado noveno de la Resolución de 29 de abril de 2022, por la que se efectúa la convocatoria para 2022 de las subvenciones previstas en la Orden de 26 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar servicios públicos locales en situaciones de mayor demanda estacional o temporal y en otras situaciones extraordinarias,dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal, quedando el crédito final de esta convocatoria, en lo relativo a Capítulo 7, establecido en la cantidad de 493.298,06 euros.

El citado crédito se ha redistribuido entre los ámbitos territoriales que se detallan, como resulta del siguiente cuadro:

Provincia Partida presupuestaria Crédito Capítulo 7 convocatoria 2022 Incremento/Disminución
de crédito
Créditos totales tras redistribución
ALMERÍA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 63.580 0,00 63.580,00
CÁDIZ 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 33.333 + 14728,33 48.061,33
CÓRDOBA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 49.383 - 49383,00 0,00
GRANADA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 110.494 + 15859,14 126.353,14
HUELVA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 50.617 + 6539,31 57.156,31
JAÉN 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 65.432 0,00 65.432,00
MÁLAGA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 61.729 + 8920,48 70.649,48
SEVILLA 0900.01.00.00 G/81A/76502/00 65.432 - 3366,20 62.065,80
TOTALES 500.000 -6701,94 493298,06

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 19 de octubre de 2022.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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