Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se cita, en el término municipal de Las Gabias (Granada). (PP. 2576/2022).
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Vistas las solicitudes formuladas por la empresa Solar System Fotovoltaica, S.L.U., y visto lo actuado hasta la fecha se resuelve conforme a los antecedentes y fundamentos de derecho que siguen:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 17 de noviembre de 2020, la mercantil Solar System Fotovoltaica, S.L.U., con CIF núm. B-09592247 y domicilio social en Avenida de Bruselas, núm. 13, 1.ª planta, letra D, de Alcobendas (Madrid), con C.P. 28108, solicitó autorización administrativa previa y de construcción para la planta solar fotovoltaica «Las Eras e infraestructuras de evacuación», sitos en el término municipal de Las Gabias (Granada). Adjunto a esta solicitud el peticionario aporta, entre otros, acreditación de la capacidad legal, técnica y económica-financiera, proyecto de la instalación, permisos de acceso y conexión a la red de distribución, relación de Administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación, adjuntando las respectivas separatas del proyecto para su remisión a los mismos.
Segundo. A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; se sometió el proyecto al trámite de información pública mediante inserción en el BOP de Granada núm. 80, de 29 de abril de 2021, y en el BOJA núm. 81, de 30 de abril de 2021, y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía, para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.
Tercero. Durante el período de información pública no se han presentado escritos de alegaciones.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado al Ayuntamiento Las Gabias, a Edistribución Redes Digitales, S.L.U., a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, a la Diputación de Granada (Servicio de Carreteras), a la Subdelegación del Gobierno de España en Granada (Dependencia del Área de Industria y Energía) y a Red Eléctrica de España, S.A.
Quinto. Edistribución Redes Digitales, S.L.U., y la Subdelegación del Gobierno de España en Granada (Dependencia del Área de Industria y Energía), trascurridos treinta días sin que hayan contestado se entiende que no tienen objeción o condición que formular.
Sexto. El Ayuntamiento de Las Gabias emite escrito de requerimientos de fecha 13 de abril de 2022, donde se establecen los requisitos establecidos por parte de este Ayuntamiento para la realización del proyecto de la PSFV Las Eras e infraestructuras de evacuación.
Séptimo. Red Eléctrica de España, S.A. (REE), emite escritos de solicitud de documentación con fecha de 17 de junio y 21 de octubre de 2021, recibiendo respuesta por parte del peticionario mediante escrito de fecha 16 de diciembre de 2021, con la presentación de la documentación solicitada por REE.
Octavo. El servicio de carreteras de la Diputación de Granada, emite informes de requisitos y condicionados con fecha de 23 de abril y 8 de noviembre del 2021, recibiendo respuesta del peticionario mediante escrito de conformidad y aceptación de fecha de 23 de noviembre de 2021.
Noveno. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, emite escrito de solicitud de documentación y condicionados con fecha de 26 de mayo de 2021, recibiendo respuesta del peticionario mediante escrito con la documentación solicitada con fecha de 16 de julio de 2021.
Décimo. El 7 de junio de 2022 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo Vinculante de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, con núm. expediente AAU/GR/047/20, de autorización ambiental unificada de la «Planta Solar Fotovoltaica Las Eras e infraestructuras de evacuación», sitos en el término municipal de Las Gabias (Granada) y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización de las actuaciones contempladas en el proyecto, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en el medio ambiente, siempre y cuando se realice en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía en Granada es competente para aprobar la autorización administrativa previa y de construcción del proyecto referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como la la Resolución de de 11 marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido por el órgano ambiental.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada
RESUELVE
Primero. Conceder la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que se cita.
La descripción y características de las instalaciones autorizadas son las siguientes:
Peticionario: Solar System Fotovoltaica, S.L.U., con y domicilio social en Avenida de Bruselas, núm. 13, 1.ª planta, letra D, de Alcobendas (Madrid) con C.P. 28108 y CIF núm. B-09592247.
Emplazamiento: Planta Solar Fotovoltaica Las Eras e infraestructuras de evacuación, sitos en el término municipal de Las Gabias (Granada).
Características: Las instalaciones de la Planta solar fotovoltaica e infraestructura de evacuación serán las siguientes:
- Planta solar fotovoltaica con un campo solar fotovoltaico constituido por 43.387 módulos fotovoltaicos monocristalinos de potencia máxima 575 Wp, modelo Jinko Solar JKM575M-7RL4-V o similar; 10 estaciones de potencia, compuestas cada uno de un conjunto formado por un inversor de 2.445 kW de potencia máxima y un centro de transformación de 3.000 kVA de 30/0,69 kV; línea Subterránea Media Tensión de 30 kV de Evacuación desde los centros de transformación interna en la planta hasta la subestación elevadora particular de la planta, con una longitud aproximada de 2.095 m incluyendo un tramo aéreo; línea Subterránea Media Tensión de 30 kV de Evacuación desde los centros de transformación interna en la planta hasta la subestación elevadora particular de la planta, con una longitud aproximada de 2.210 m incluyendo un tramo aéreo. El trazado aéreo será común para las dos líneas.
- Subestación eléctrica formada por un parque de intemperie de 66/30 kV en configuración simple barra, con una posición línea y una posición de transformador, con espacio para una segunda posición de transformador; edificio de control con las cabinas de media tensión y los cuadros de protección, control y servicios auxiliares y transformador de potencia de 20/25 MVA de 66/30 kV.
- Línea eléctrica de alta tensión 66 kV de simple circuito para evacuación de la PSFV Las Eras con origen en la «PSFV Las Eras» y final en la subestación «SET Las Gabias Barras 66 kV» propiedad de la empresa distribuidora, cuyo trazado discurre por el término municipal de Las Gabias (Granada). La línea constará de una longitud de 2.174,89 metros, con un tramo de longitud de 2.039,89 metros con conductor aéreo LA-180 (147-AL-1/34-ST1A) y un tramo subterráneo con conductor RHZ1 36/66 kV de sección 1x630 mm² Al+205 mm2 Cu y una longitud 135 metros.
Presupuesto: 11.445.401.30 €.
Finalidad: Producción de energía eléctrica de origen fotovoltaico.
Segundo. La autorización administrativa de construcción se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses que se contabiliza desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, debiendo ser iniciada dentro de los 6 meses siguientes a dicha fecha. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación de Gobierno la fecha de inicio de las obras y cronograma de ejecución. Este plazo de ejecución podrá ser ampliado previa solicitud motivada y por causas justificadas.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación de Gobierno en Granada, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación. Aportando la dirección técnica de obra y el resto de documentación y certificaciones reglamentarias.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
6. El Titular quedará obligado a devolver los terrenos al estado en que se encontrasen en el momento en que hubiesen comenzado las actuaciones debiendo prestar una garantía para cubrir los gastos derivados de esta obligación en caso de incumplimiento. La cuantía de la garantía vendrá determinada por el importe del proyecto de desmantelamiento que el promotor deberá presentar en el momento de la solicitud de la licencia urbanística municipal ante el ayuntamiento de Las Gabias (Granada).
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante de autorización ambiental unificada emitido por el órgano ambiental (Núm. Expte.: AAU/GR/047/20) de fecha 18.5.2022, quedan incorporadas a esta Resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción al proyecto de instalación «Planta solar fotovoltaica Las Eras e infraestructuras de evacuación», sitos en el término municipal de Las Gabias, en la provincia de Granada. El citado informe podrá consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a ordenación del territorio y al medio ambiente.
Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el BOP de Granada y en el BOJA.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Política Industrial y Energía, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Granada, 7 de octubre de 2022.- El Delegado, Gumersindo Fernández Casas.
Descargar PDFBOJA nº 208 de 28/10/2022