Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 08/11/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Acuerdo de 28 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Galera, por el que se aprueba inicialmente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales. (PP. 2703/2022).

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José Manuel Guillén Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera,

HAGO SABER

Que, habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento expediente de aprobación de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales que se detalla a continuación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y 38.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, una vez aprobada inicialmente por el Pleno Municipal de 19.5.2022, se somete la versión preliminar del Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, a información pública, durante un plazo de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia. Durante dicho periodo quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a estos efectos la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales podrá ser examinada en las dependencias municipales. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección: http://galera.sedelectronica.es.

Quedan suspendidas las aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en aquellas áreas afectadas por la aprobación de la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales, conforme a lo dispuesto en el punto 3.º del acuerdo plenario de aprobación inicial cuyo tenor literal de reproduce a continuación: «Tercero. Suspender el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para la construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo tipo de ganado, en las áreas afectadas por la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales y que son las siguientes:

Áreas objeto de suspensión de licencias:

- En el suelo rústico común que se encuentre a una distancia menor o igual de 2.500 metros al Suelo Urbano o Áreas de Transformación Urbanística (suelo urbanizable según las NN.SS. vigentes).

- En todos los suelos de Especial Protección y suelos rústicos preservados por la existencia acreditada de procesos naturales o actividades antrópicas susceptibles de generar riesgos y en los suelos rústicos preservados por la ordenación territorial y urbanística (incluidos, tanto, en las NN.SS. vigentes de Galera, como en el PEPMF de la provincia de Granada como en este documento de la Innovación), y en los que se encuentren a una distancia menor o igual de 2.500 metros de dichos suelos protegidos.

- Las distancias propuestas no son de aplicación respecto a los suelos urbanos o urbanizables pertenecientes a los términos municipales colindantes.

Tipo de licencia que se suspende: Construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo tipo de ganado.

La duración de la suspensión es de 3 años, debiendo publicarse esta suspensión conjuntamente con la aprobación inicial y se extinguirá con la publicación y entrada en vigor del instrumento de aprobación urbanística».

Galera, 28 de octubre de 2022.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Guillén Ruiz.

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