Acuerdo de 28 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Galera, por el que se aprueba inicialmente expediente de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales. (PP. 2703/2022).
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José Manuel Guillén Ruiz, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Galera,
HAGO SABER
Que, habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento expediente de aprobación de modificación de las Normas Subsidiarias Municipales que se detalla a continuación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 78.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y 38.4 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, una vez aprobada inicialmente por el Pleno Municipal de 19.5.2022, se somete la versión preliminar del Plan, junto con el estudio ambiental estratégico, a información pública, durante un plazo de cuarenta y cinco días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia. Durante dicho periodo quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a estos efectos la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales podrá ser examinada en las dependencias municipales. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento, dirección: http://galera.sedelectronica.es.
Quedan suspendidas las aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en aquellas áreas afectadas por la aprobación de la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales, conforme a lo dispuesto en el punto 3.º del acuerdo plenario de aprobación inicial cuyo tenor literal de reproduce a continuación: «Tercero. Suspender el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para la construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo tipo de ganado, en las áreas afectadas por la modificación de las Normas Subsidiarias Municipales y que son las siguientes:
Áreas objeto de suspensión de licencias:
- En el suelo rústico común que se encuentre a una distancia menor o igual de 2.500 metros al Suelo Urbano o Áreas de Transformación Urbanística (suelo urbanizable según las NN.SS. vigentes).
- En todos los suelos de Especial Protección y suelos rústicos preservados por la existencia acreditada de procesos naturales o actividades antrópicas susceptibles de generar riesgos y en los suelos rústicos preservados por la ordenación territorial y urbanística (incluidos, tanto, en las NN.SS. vigentes de Galera, como en el PEPMF de la provincia de Granada como en este documento de la Innovación), y en los que se encuentren a una distancia menor o igual de 2.500 metros de dichos suelos protegidos.
- Las distancias propuestas no son de aplicación respecto a los suelos urbanos o urbanizables pertenecientes a los términos municipales colindantes.
Tipo de licencia que se suspende: Construcción e instalación de naves ganaderas o granjas en intensivo, de todo tipo de ganado.
La duración de la suspensión es de 3 años, debiendo publicarse esta suspensión conjuntamente con la aprobación inicial y se extinguirá con la publicación y entrada en vigor del instrumento de aprobación urbanística».
Galera, 28 de octubre de 2022.- El Alcalde-Presidente, José Manuel Guillén Ruiz.
Descargar PDFBOJA nº 214 de 08/11/2022