Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 09/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejo Audiovisual de Andalucía

Resolución de 4 de noviembre de 2022, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se delegan las funciones de asistencia a las Comisiones Permanentes en las personas titulares de las diversas áreas.

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El artículo 20 del Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Consejo Audiovisual de Andalucía (ROFCAA, en adelante), aprobado por Decreto 242/2021, de 26 de octubre (BOJA núm. 209, de 29 de octubre), establece que las Comisiones que se creen con carácter permanente en el Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA, en adelante) serán asistidas por la Secretaría General, que podrá delegar expresamente esta función en quienes ostenten la titularidad de las áreas administrativas. Asimismo, el artículo 28.1 del citado Reglamento dispone que la persona titular de la Secretaría General puede delegar atribuciones concretas a quienes sean responsables de las diversas áreas.

El Pleno del CAA, reunido en sesión ordinaria el día 3 de noviembre de 2022, acordó la creación de las Comisiones Permanentes de:

- Contenidos.

- Pluralismo, Regulación y Mediación.

- Acción Social.

Anteriormente, por Resolución del Secretario General del CAA de fecha 23 de julio de 2019, sobre delegación de competencias (BOJA núm. 145, de 30 de julio), se habían delegado las funciones de asistencia a las Comisiones existentes en las personas que ostentaban la coordinación de las áreas del CAA. A la vista de la creación de las Comisiones anteriormente indicadas, se hace preciso efectuar una nueva resolución de delegación de competencias.

En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Revocar y dejar sin efecto la Resolución del Secretario General del CAA de fecha 23 de julio de 2019, sobre delegación de competencias (BOJA núm. 145, de 30 de julio).

Segundo. Delegar en las personas titulares de las áreas las funciones de secretaría y asistencia de las Comisiones que se indican:

- Comisión Permanente de Contenidos.

Titular del Área de Contenidos.

- Comisión Permanente de Pluralismo, Regulación y Mediación.

Titular del Área Jurídica.

- Comisión Permanente de Acción Social.

Titular del Área de Organización.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Revocar cualquier otra delegación de funciones que subsista a la fecha de esta resolución en materia de asistencia a Comisiones del CAA.

La presente delegación subsistirá mientras tanto no sea revocada formalmente por esta Secretaría General.

Sevilla, 4 de noviembre de 2022.- El Secretario General, Daniel Ramos Illanes.

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