Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 16/11/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Orden de 9 de noviembre de 2022, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza, derogada parcialmente por la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, se autorizó la percepción por el Patronato de la Alhambra y Generalife de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar visitas, rodajes de películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales, así como por la venta de publicaciones, relativo todo ello al recinto monumental y a sus bienes adscritos encomendados a dicho Patronato. En el momento actual, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Orden de 18 de septiembre de 2013, se hace necesario ordenar y actualizar los precios públicos que regirán para el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos.

La actualización del precio de la entrada en sus distintas modalidades, junto a la ordenación del régimen de entradas reducidas y gratuitas, así como otras medidas de fomento de la visita dan forma a esta nueva norma dotando al Patronato de la Alhambra y Generalife de una regulación más acorde tanto con sus exigencias financieras como con su compromiso de servicio público.

En su virtud, en aplicación de lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Patronato de la Alhambra y Generalife, previo informe preceptivo de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

1. La presente orden tiene por objeto la aprobación de los precios públicos que han de regir en el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos para los servicios que se indican en la presente orden y en los anexos.

2. Los precios públicos a los que se refiere la presente orden se incrementarán en el impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable.

Artículo 2. Incremento del precio de visita en la venta anticipada y en la venta directa con tarjeta bancaria.

Las entradas de visita pública, cuando se adquieran anticipadamente, se incrementarán con la comisión de gestión establecida en el contrato de servicio que esté en vigor.

Así mismo el precio de la entrada de venta directa podrá verse incrementado por la comisión que resulte de aplicación por el uso de tarjeta bancaria.

Artículo 3. Devoluciones.

Las entradas adquiridas y otros precios recogidos en esta orden solo podrán ser devueltos en los supuestos establecidos en la normativa general reguladora de la devolución de precios públicos.

Artículo 4. Precio establecido para entradas y actividades en colaboración con otras entidades.

Los precios correspondientes a actividades con otras entidades se refieren a la parte correspondiente al Patronato de la Alhambra y Generalife, pudiendo aplicarse los precios reducidos establecidos en esta orden, siendo el precio final del producto, el resultado de añadir a este precio las partes correspondientes a otras entidades, conforme a lo pactado en el convenio que establezca la actividad concreta.

Artículo 5. Entrada ordinaria.

1. La adquisición de una entrada da derecho al disfrute en el día y en el horario establecido en la misma a una única visita, a cada uno de los espacios incluidos según la modalidad de visita adquirida. Para cada modalidad existe un precio público.

- Modalidades de visitas a la Alhambra y Generalife:

• Visita Diurna General: 18 €

• Visita Diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba: 10 €

• Visita Nocturna a los Palacios Nazaríes: 10 €

• Visita Nocturna al Palacio del Generalife: 7 €

• Alhambra Experiencias, incluye visita a la Alhambra y el Generalife en dos días consecutivos (una visita nocturna a los Palacios Nazaríes y una visita diurna de Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba): 18 €

- Visitas a los Monumentos Andalusíes (Corral del Carbón, Bañuelo, Palacio de Dar-al-Horra, Casa Morisca del horno de Oro y Maristán):

• Visita completa: 7 €

• Visita de cada monumento de forma individual (Corral del Carbón gratuito): 2 €

La incorporación de un nuevo monumento a esta modalidad de visita implicará un aumento de 2 € en la visita completa y un precio de 2 € para su visita de forma individual.

2. El Patronato de la Alhambra y Generalife podrá establecer visitas combinadas que incorporen a las modalidades ya expuestas, visitas de los siguientes espacios diferenciados visitables con los siguientes precios:

• Visita Diurna Jardines, Partal y Palacio Generalife: 7 €

• Visita Diurna Alcazaba: 7 €

Artículo 6. Entrada reducida.

1. Para las distintas modalidades de visita se establece el precio público reducido siguiente:

- Modalidades de visitas a la Alhambra y Generalife:

• Visita Diurna General: 12 €

• Visita Diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba: 7 €

• Visita Nocturna a los Palacios Nazaríes: 7 €

• Visita Nocturna al Palacio del Generalife: 5 €

• Alhambra Experiencias, incluye visita a la Alhambra y el Generalife en dos días consecutivos (una visita nocturna a los Palacios Nazaríes y una visita diurna de Jardines, Alcazaba y Generalife): 12 €

- Espacios diferenciados visitables, cuando se incorporen a visitas combinadas, conforme al punto 2 del artículo anterior:

• Visita Diurna Jardines, Partal y Palacio Generalife: 5 €

• Visita Diurna Alcazaba: 5 €

2. Podrán acceder a la visita pública con entrada reducida, las personas que pertenezcan a los colectivos que a continuación se detallan, previa presentación en los lugares y a las personas establecidas al efecto, del documento oficial acreditativo correspondiente válido y vigente. La reserva previa, en su caso, no exime de esta presentación. Si una vez realizada la comprobación de la citada acreditación no se cumplieran los requisitos exigidos habrán de abonar la diferencia hasta completar la tarifa general que le correspondiera.

a) Titulares del Carné Joven Europeo.

b) Ciudadanos de la UE mayores de 65 años.

c) Personas con discapacidad igual o superior al 33% (de acuerdo con la definición que realiza la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad).

d) Miembros de familias numerosas (según dispone el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, que desarrolla la citada ley).

e) Menores entre 12 y 15 años de edad, ambos incluidos, cuando su visita pública o actividad cultural no se incluya en programas específicos establecidos por el Patronato de la Alhambra y Generalife para este colectivo.

f) Grupos vinculados a instituciones de carácter cultural o educativo previa autorización.

Artículo 7. Programas Especiales.

- Programa la Alhambra más cerca:

• Visitas de familia: 7 € (menores de 12 años gratis)

• Visitas guiadas por especialistas: 10 €

• Actividades para residentes en la provincia de Granada: gratuito.

- Programa la Alhambra Educa:

• Visita guiadas para centros educativos:

- Conjunto Monumental: 5 €.

- Monumentos Andalusíes: 3 €

• Visitas autoguiadas: gratuito.

• Programa «Verano en la Alhambra»: 75 € (5 días por semana, de lunes a viernes. Si en dicho período coincidiesen días sin actividad por festividad o circunstancias similares, se reducirá el precio de manera proporcional)

Artículo 8. Programas en colaboración con otras entidades.

- Visita Alhambra «Bono Turístico», «Granada Card» o producto turístico cultural de similares características:

• Con modalidad Visita Diurna General: 12 €

• Con otras modalidades de visita: precio ordinario

- Visita combinada (Alhambra + Fundación Rodríguez Acosta):

• Con modalidad Visita Diurna General: 16 €

• Con otras modalidades de visita: precio ordinario

- Entrada Combinada Cultural (cualquier modalidad de visita + actividad teatral o musical en colaboración con otras instituciones):

• Con modalidad Visita Diurna General: 16 €

• Con otras modalidades de visita: precio ordinario

- Entrada combinada «Dobla de Oro»*:

• Visita Dobla de Oro General (Diurna General + Monumentos Andalusíes): 20 €

• Visita Dobla de Oro Jardines (Diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba + Monumentos Andalusíes): 14 €

• Visita Dobla de Oro Nocturna (Nocturna a los Palacios Nazaríes + Monumentos Andalusíes): 14 €

* El Patronato de la Alhambra y Generalife podrá ofrecer la presente modalidad de entrada combinada «Dobla de Oro» como producto individual o en colaboración con otras entidades.

Artículo 9. Entrada gratuita.

1. Todos los visitantes podrán acceder gratuitamente durante el horario de apertura al Museo de la Alhambra y al monumento El Corral del Carbón.

2. Podrán acceder a la visita pública con entrada gratuita las personas que a continuación se enumeran, previa presentación, en su caso, en los lugares y a las personas establecidas al efecto, del documento oficial acreditativo correspondiente, válido y vigente. En caso de reserva previa, la misma no exime de esta presentación. Si una vez realizada la comprobación de la citada acreditación no se cumplieran los requisitos exigidos habrán de abonar la diferencia hasta completar la tarifa general que le corresponda.

a) Personas menores de 12 años en cualquiera de las modalidades y tipos de acceso de visita, así como canales de venta, excepto cuando por circunstancias excepcionales el Patronato establezca un precio público para una visita y/o una actividad que por sus especiales circunstancias así lo requieran.

b) Miembros de ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y sitios) e ICOM (Consejo Internacional de Museos). Las tarjetas institucionales deberán acompañarse de la acreditación personal de pertenencia a dicha institución.

c) Todos los visitantes, en el día o días de la semana no festivos y en el horario de visita pública que determine el Patronato, de conformidad con lo establecido en la legislación de patrimonio histórico.

d) Todos los visitantes, durante el Día Internacional del Patrimonio Mundial el 16 de noviembre de cada año, en los espacios del Conjunto Monumental y sus Bienes Adscritos que determine el Patronato durante todo el horario de su apertura.

e) Todos los visitantes, durante otras posibles celebraciones de carácter nacional, autonómico, local o cultural en las que el Patronato participe, en los espacios del Conjunto Monumental y sus Bienes Adscritos y en el horario que determine el Patronato al efecto.

f) Residentes en la localidad o provincia de Granada el día de la semana y la franja horaria que determine el Patronato.

g) Empleados públicos del Patronato como medida de acción social y promoción cultural, en las condiciones que determine el Patronato.

h) Profesorado o monitores/as adscritos a los centros educativos y/o sociales oficiales de la UE en acompañamiento de su alumnado o integrantes en visitas y actividades educativas y/o culturales.

i) Guías oficiales de turismo en el ejercicio de su actividad profesional.

j) Periodistas y profesionales de medios de comunicación en el ejercicio de su actividad profesional y previa autorización del Patronato.

k) Visitantes que se vean afectados por incidencias derivadas y debidamente justificadas del habitual funcionamiento de la Visita Pública.

l) Visitas docentes de carácter universitario que tengan como fin reforzar o ampliar los conocimientos del alumnado y su aprendizaje, sobre aquellas materias específicas y técnicas, en las que el conjunto monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos representen un ejemplo singular de las mismas.

m) Visitas institucionales o de carácter protocolario o representativo, previa autorización del Patronato.

Artículo 10. Tarjetas especiales.

Podrán solicitar tarjetas especiales:

a) Los participantes, voluntarios e invitados en actos y actividades culturales propias del Patronato o en colaboración con otros entes e instituciones.

b) Pintores que deseen ejercer su actividad en los lugares habilitados para ello, previo pago de 3 € al día y un máximo de 30 días (no necesariamente consecutivos).

Artículo 11. Apertura de espacios y tarifas por visitas especiales.

1. La apertura de espacios fuera del horario ordinario de apertura al público puede conllevar la realización de visitas de carácter especial enfocadas a instituciones académicas, congresos, cruceros y similares, empresas así como a reuniones con la particularidad de ofrecer a sus miembros una aproximación más íntima y particular a la Alhambra.

2. Se establece un precio fijo en función del espacio del monumento que requiera de su apertura con el correspondiente incremento del impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable y un precio de entrada para la visita realizada por cada persona (menores de 12 años gratuito):

• Palacios Nazaríes: Apertura 5.000 € y entrada por persona 10 €.

• Palacio de Generalife y Jardines: Apertura 4.000 € y entrada por persona 7 €.

• Palacios Nazaríes, Jardines y Palacio del Generalife: Apertura 7.000 € y entrada por persona 16 €.

• Espacio adicional a los anteriores cerrado habitualmente a la visita, previa autorización y en la forma y condiciones que determine el Patronato: 1000 € adicionales.

Artículo 12. Otros precios públicos.

Los precios públicos por el uso de espacios para celebración de actos o actividades culturales, producciones audiovisuales y sesiones fotográficas en el conjunto monumental, reproducciones de uso personal o de investigación y reproducciones para uso de comercialización, se establecen en los anexos de la presente orden.

No se generará la obligación del pago de los precios públicos referidos en este artículo cuando se trate de actos, actividades o producciones propias del Patronato o en colaboración con otras entidades o instituciones.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Orden de 18 de septiembre de 2013, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir en el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife.

Disposición final única. Efectos.

La presente orden surtirá efectos desde el día 1 de enero de 2023. Los precios públicos establecidos para las entradas en sus distintas modalidades serán de aplicación para las compras que se realicen a partir del citado día, con independencia de la fecha de la visita.

Sevilla, 9 de noviembre de 2022

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

ANEXO I

SALAS Y ESPACIOS SUSCEPTIBLES DE USO PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES

ZONA TARIFA POR DÍA DE UTILIZACIÓN O FRACCIÓN
ESPACIOS Patio de los Arrayanes 4.500 €
Palacio de Carlos V (patio y galería) 4.000 €
Plaza de los Aljibes 1.500 €
Auditorio del Generalife 5.000 €
Jardines bajos del Generalife 1.500 €
Jardines del edificio de administración (Jardines del Arquitecto) 1.000 €
Jardines de la Alamedilla 1.000 €
Jardines de Bellavista 1.500 €
Jardines de Peñapartida 1.500 €
Corral del Carbón (patio) 1.500 €
Bañuelo 1.000 €
Palacio de Dar-al-Horra 1.000 €
Casa Morisca del horno de Oro 1.000 €
Maristán 1.000 €
Castillo de Santa Elena (Silla del Moro) 1.000 €

ANEXO II

PRODUCCIONES AUDIOVISUALES Y SESIONES FOTOGRÁFICAS EN EL CONJUNTO MONUMENTAL Y BIENES ADSCRITOS

2.1. Usos de carácter editorial, publicitario o comercial previa autorización del PAG.

ZONAS HORARIOS Precio por hora de trabajo o fracción:
Zonas y espacios incluidos en el itinerario de la visita Dentro del horario ordinario 1.000 €
Fuera del horario ordinario 1.200 €
Zonas o espacios abiertos al público no incluidos en el itinerario de la visita Dentro del horario ordinario 800 €
Fuera del horario ordinario 1.200 €
Zonas y espacios cerrados al público Dentro del horario ordinario 1.500 €
Fuera del horario ordinario 1.800 €
Zonas exteriores del Conjunto Monumental Cualquier horario 400 €
Zonas exteriores con uso de dron (solo zonas autorizadas) Cualquier horario 1.000 €

A efectos del presente anexo, se entiende incluido en el itinerario de la visita las zonas o espacios que requieren de entrada para su acceso.

2.2. Reportajes de bodas o celebraciones similares que se estimen pertinentes, en horario y zonas autorizadas para ello, según normativa.

Precio único por reportaje: 120 €.

ANEXO III

ARCHIVO Y BIBLIOTECA DE LA ALHAMBRA

1. REPRODUCCIÓN DE USO PERSONAL O DE INVESTIGACIÓN

SERVICIO DE REPROGRAFÍA (FOTOCOPIAS EN PAPEL) IVA INCLUIDO
CONCEPTO FORMATO COLOR Precio de reproducción en
Euros/unidad
Fotocopia DIN A4 Blanco y negro 0,15
DIN A4 Color 1,20
DIN A3 Blanco y negro 0,30
DIN A3 Color 1,90

SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMPRESIÓN EN PAPEL A PARTIR DE SOPORTE DIGITAL)
CONCEPTO FORMATO COLOR Precio de reproducción en Euros/unidad
HOJA/DIN A4 Blanco y negro 0,27
HOJA/DIN A4 Color 1,30
HOJA /DIN A3 Blanco y negro 0,30
HOJA /DIN A3 Color 1,90

SERVICIO DE REPROGRAFÍA (REPRODUCCCIÓN DE DOCUMENTOS EN SOPORTE DIGITAL) IVA INCLUIDO
CONCEPTO FORMATO DE ENTREGA COLOR Precio de reproducción en Euros/unidad
Escaneado de página de libro o folio de expediente PDF Blanco y negro 0,20
PDF Color 0,30

SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMAGEN EN SOPORTE DIGITAL PARA INVESTIGACIÓN) IVA INCLUIDO
CONCEPTO FORMATO COLOR Precio de reproducción en Euros/unidad
IMAGEN EXISTENTE TIFF/300 ppp Color 23.00
JPG/300 ppp Color 8.00
JPG/120 ppp o pdf con marca de agua Color 2.00
IMAGEN REALIZADA EX PROFESO TIFF/300 ppp Color 23.00
JPG/300 ppp Color 8.00
JPG/120 ppp o pdf con marca de agua Color 2.00

2. REPRODUCCIÓN PARA USO DE COMERCIALIZACIÓN

SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMAGEN EN SOPORTE DIGITAL PARA USO COMERCIAL) IVA INCLUIDO
CONCEPTO FORMATO COLOR Precio de reproducción en Euros/unidad
IMAGEN EXISTENTE TIFF/300 PPP 54,00
JPG/300 PPP 40,00
IMAGEN REALIZADA EX PROFESO TIFF/300 PPP 54,00
JPG/300 PPP 40,00

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