Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 17/11/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por la que se concede Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la implantación de la instalación que se cita, ubicada en el término municipal de Carmona (Sevilla), y a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada. (PP. 2878/2022).

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Nuestra referencia: SVE/JGC/JMB.

Expediente: 281.325.

R.E.G.: 4.253.

Visto el escrito de solicitud formulado por Encarnaciones Energy, S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 31 de julio de 2020, la sociedad mercantil Encarnaciones Energy, S.L. (B90448119), solicita Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica denominada «HSF Las Encarnaciones» de 39,32 MW de potencia instalada, y ubicada en el término municipal de Carmona (Sevilla), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

Así mismo, el peticionario suscribió, con fecha 9 de agosto de 2021, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Con fecha de 30 de septiembre de 2022, el peticionario aporta documento, suscrito por todos los titulares de instalaciones con permisos de acceso y de conexión otorgados en la posición de línea de llegada a la subestación de la red de transporte, que acredita la existencia de un acuerdo vinculante para las partes en relación con el uso compartido de las infraestructuras de evacuación, según se establece en el artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:

- BOP de la provincia de Sevilla número 208, de fecha 8 de septiembre de 2021.

- BOJA número 177, de fecha 14 de septiembre de 2021.

Sin que se produjeran alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnico, y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

- AESA-Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

- Ayuntamiento de Carmona.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- DD.TT. de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla. Servicio de Bienes Culturales.

- Ecologistas en Acción.

- EDistribución Redes Digitales, S.L.U.

- Enagas, S.A.

- Subdelegación del Gobierno. Area de Industria y Energia.

- Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

- Red Eléctrica de España, S.A.U.

- SEO Birdlife.

- Telefónica de España, S.A.U.

- DD.TT. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla. Servicio Carreteras.

Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia.

Tercero. Con fecha de 27 de junio de 2022, la compañía Red Eléctrica de España, S.A., emite un informe actualizando las condiciones de acceso y conexión en el nudo de la red de transporte denominado Dos Hermanas 220, concediendo una potencia máxima de evacuación de 40,60 MW para la instalación eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante.

Cuarto. Con fecha de 16 de septiembre de 2022, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expte AAU/SE/656/2020/N), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.

- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.

- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía

- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

- Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

- Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Instrucción Conjunta 1/2021, de la Dirección General de Energía de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y de la Dirección General de Calidad Ambiental y cambio climático de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren sometidas a autorización ambiental unificada.

Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación

RESUELVE

Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Encarnaciones Energy, S.L. (B90448119), Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para la instalación de generación de energía eléctrica denominada «HSF Las Encarnaciones», con una potencia instalada de 39,32 MW, y ubicada en el término municipal de Carmona (Sevilla), cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Encarnaciones Energy, S.L. (B90448119).

Domicilio: Avda. Reino Unido 7, 1 C, 41012, Sevilla.

Denominación de la Instalación: HSF Las Encarnaciones.

Términos municipales afectados: Carmona.

Emplazamiento planta generación: Polígono 118, parcela 50 y Polígono 117, parcela 94.

Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica (b.1.1 Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).

Características técnicas principales de la instalación solar fotovoltaica:

Potencia de módulos FV (pico) de generación: 46,64 MWp.

Potencia Instalada (inversores) de generación: 39,32 MW (art. 3 R.D. 413/2014).

Potencia Máxima de Evacuación: 40,60 MW.

Tensión de evacuación: 220 kV

Punto de conexión: Dos Hermanas 220 (Red Eléctrica de España, S.A.).

Coordenadas UTM del centro geométrico de la instalación: X = 261156.9998- Y = 4133302.0001

Proyecto técnico: Proyecto de ejecución de planta fotovoltaica «FV Encarnaciones» de potencia pico instalada 46,64 MWp, visado 7341/2020 de fecha 13.8.2020, Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga.

Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, don Rafael Flores Ventura, colegiado núm. 5.557 del Colegio Oficial de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de Málaga.

Las características principales de la infraestructura de evacuación son:

La línea eléctrica de evacuación de 30 kV de la instalación solar fotovoltaica «HSF Las Encarnaciones» de 2,998 Km de longitud aproximada. Se distinguen dos tramos:

Un primer tramo, de 2.133 m aproximadamente, de simple circuito (SC), que discurre soterradamente desde su centro de seccionamiento, hasta el apoyo AP01 de la línea de evacuación compartida con otra instalación de generación, objeto de proyecto y tramitación independiente.

Las características generales de este primer tramo son:

- Origen: Centro de seccionamiento «HSF Las Encarnaciones».

- Final: Apoyo AP01 paso aéreo-subterraneo (DC), compartido con otra instalación de generación, objeto de proyecto y tramitación independiente. Se detalla en tabla adjunta:

DENOMINACIÓN NÚM. DE EXPEDIENTE
HSF SOL MORÓN 280.442

- Tensión: 30 kV.

- Categoría: Tercera.

- Longitud: 2.133 metros.

- Tipo: Subterránea, simple circuito, RHZ1-OL 1x400AL.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Término municipal afectado: Carmona.

Un segundo tramo, de doble circuito (DC), de evacuación compartida, que a su vez se compone de los siguientes subtramos:

- Subtramo aéreo (DC) de aproximadamente 834 m, desde el apoyo AP01 de paso aéreo-subterráneo hasta apoyo 6 del mismo tipo.

- Subtramo subterráneo (DC) de aproximadamente 31 m, desde el apoyo AP06 de paso aéreo-subterráneo hasta llegar a la Subestación SET Torreluenga 30/220 kV, objeto de proyecto y tramitación independiente.

Las características generales del subtramo aéreo son:

- Origen: Apoyo AP01 paso aéreo-subterraneo (DC), compartido con otra instalación de generación, objeto de proyecto y tramitación independiente. Se detalla en tabla adjunta:

DENOMINACIÓN NÚM. DE EXPEDIENTE
HSF SOL MORÓN 280.442

- Final: Apoyo AP06 paso aéreo-subterraneo (DC), compartido con otra instalación de generación, objeto de proyecto y tramitación independiente. Se detalla en tabla adjunta:

DENOMINACIÓN NÚM. DE EXPEDIENTE
HSF SOL MORÓN 280.442

- Tensión: 30 kV.

- Categoría: Tercera.

- Longitud: 834 metros.

- Tipo: Aérea, doble circuito, LA-380 GULL.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Término municipal afectado: Carmona.

Las características generales del subtramo subterráneo son:

- Origen: Apoyo AP06 paso aéreo-subterraneo (DC), compartido con otra instalación de generación, objeto de proyecto y tramitación independiente. Se detalla en tabla adjunta:

DENOMINACIÓN NÚM. DE EXPEDIENTE
HSF SOL MORÓN 280.442

- Final: SET Torreluenga 30/220 kV, objeto de proyecto y tramitación independiente. Se detalla en tabla adjunta:

DENOMINACIÓN NÚM. DE EXPEDIENTE
SET TORRELUENGA 30/220 kV 286.061

- Categoría: Tercera.

- Longitud: 31 metros.

- Tipo: Subterránea, doble circuito, RHZ1-OL 1x400AL.

- Frecuencia: 50 Hz.

- Término municipal afectado: Carmona.

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

- El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes (ITC-FV-04) de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.

- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

- El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del territorio, pudiendo conllevar una modificación de la presente resolución.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 25 de octubre de 2022.- El Delegado, Antonio José Ramírez Sierra.

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