Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 21/11/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul

Acuerdo de 16 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible.

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El Pacto Verde Europeo (European Green Deal), formulado por la Comisión Europea en 2019, fue concebido como un conjunto de medidas destinadas a alcanzar la neutralidad climática en Europa en 2050, mediante la promoción de una economía limpia, con cero emisiones y que no dañe los ecosistemas naturales. Y el propio texto de este acuerdo identifica la Economía Azul Sostenible como uno de los ámbitos clave para llevar a cabo esta transformación. Según el European Green Deal, la Economía Azul puede contribuir a esta conversión por su potencial para crear alternativas a los combustibles fósiles y a la producción tradicional de alimentos y su repercusión en la preservación de la salud de los mares y su uso sostenible, que es un requisito ineludible en la gestión de la crisis climática, la recuperación de biodiversidad y la disminución de la contaminación.

La Agenda 2030, aprobada en 2015 por la Asamblea General de Naciones Unidas, dedica uno de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible a la conservación y uso sostenible de los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible (ODS14); un objetivo que se desgrana en el cumplimento de metas a alcanzar en 2030 relativas a la prevención y reducción de la contaminación marina, el restablecimiento de la salud de los mares, la regulación y la gestión sostenible de la pesca, la acuicultura y el turismo, la conservación de las zonas costeras y marinas o la mejora de los conocimientos científicos y la transferencia de la tecnología marina.

Y en esta misma línea abundan los últimos pronunciamientos de la UE sobre Economía Azul. La Comunicación de la Comisión Europea sobre un nuevo enfoque de la Economía Azul Sostenible «Transformar la Economía Azul de la UE para un futuro sostenible», de mayo de 2021, señala que, desde el punto de vista económico, es un segmento de la economía en rápida evolución y con un gran potencial de innovación en ámbitos como el de la energía oceánica renovable, la bioeconomía azul, la biotecnología y la desalinización, lo cual abre nuevas perspectivas en la generación de empleo. Y al mismo tiempo, además de esta capacidad de generar empleo y negocio, señala este documento, la implicación de los sectores de la economía azul en lograr la descontaminación de los mares, usar de forma sostenible los recursos naturales y marítimos y descarbonizar el transporte y la energía.

El concepto de Economía Azul que utiliza la UE se refiere al conjunto de sectores económicos vinculados directamente o indirectamente con los océanos, el mar y la costa, como la pesca y la acuicultura, el transporte marítimo, la construcción naval, la producción de energía renovable o el turismo, entre otras actividades. Pero esta noción de Economía Azul está conceptualmente vinculada a las de Economía Circular y Bioeconomía puesto que en origen, y en una de las primeras acepciones del término, la Economía «Azul» se definía como aquella economía que entiende los residuos como recursos y busca soluciones basadas en la naturaleza.

El concepto de Economía Azul, por tanto, señala no solo a las actividades vinculadas al mar, sino que lleva implícito también la noción de sostenibilidad.

En Andalucía, la Economía Azul constituye un ámbito económico muy relevante desde el punto de vista de la riqueza y el empleo y con un fuerte potencial para crear sinergias que impliquen a otros sectores. Los casi 1.000 km de costa andaluza y su posición en el encuentro de dos cuencas marinas, la atlántica y mediterránea, hacen de Andalucía una región con una fuerte identidad marina que queda reflejada en la cultura, la economía y en el sistema de asentamiento y organización del territorio de la Comunidad.

La franja litoral andaluza concentra más de un tercio de la población de la región y en ella se localizan las áreas más dinámicas desde el punto de vista económico y demográfico. Y en paralelo a esta dinámica demográfica creciente se ha incrementado la superficie destinada a usos urbanos en las últimas décadas, de manera que actualmente el uso urbano ocupa un 30% de la franja litoral.

Al mismo tiempo, el litoral andaluz acoge siete espacios naturales protegidos con la figura de Parque Natural y un Parque Nacional y, en conjunto, alrededor de 300 km de la franja costera andaluza (el 35% de ella), está integrada en algún tipo de espacio protegido de carácter autonómico, nacional o internacional.

Es un espacio, por tanto, que requiere de la intervención de las administraciones públicas mediante estrategias que orienten las actividades que en él se desarrollan hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental, siguiendo las directrices internacionales formuladas por la Unión Europea y Naciones Unidas y contribuyendo a la solución de los problemas ambientales y sociales que afrontan las sociedades en este siglo XXI.

El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, establece en su artículo 12.1. que corresponden a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, entre otras, las competencias relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos marinos, así como en materia de puertos.

En el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul se determina que corresponde a la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul impulsar y coordinar la ejecución de las acciones para lograr la transición hacía una Economía Azul en los sectores relacionados con los océanos, los mares y las costas, impulsando el crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo, así como el impulso y seguimiento de las políticas públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de puertos. En particular, asimismo, le corresponde la programación y planificación estratégica en materia ambiental y el desarrollo de la Estrategia Andaluza de Economía Azul.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de noviembre de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación de la Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible.

Se acuerda la formulación de la Estrategia Andaluza de Economía Azul Sostenible, en adelante «la Estrategia», cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones establecidas en el presente acuerdo.

Segundo. Finalidad y objetivos.

1. La Estrategia tiene como finalidad impulsar los sectores de actividad económica vinculados con los mares y la costa de Andalucía como motores de dinamización socioeconómica en la Comunidad Autónoma y en el marco de una economía innovadora, respetuosa con la capacidad de carga de los ecosistemas naturales y la sostenibilidad ambiental.

2. Los objetivos generales de la Estrategia son los siguientes:

a) Desarrollar la Economía Azul en concordancia con la estrategia europea de Crecimiento Azul.

b) Impulsar la protección y conservación de la biodiversidad marina y la mejora de sus hábitats.

c) Favorecer la mitigación del cambio climático y la resiliencia de las costas mediante el impulso de las energías marinas renovables y la transición hacia una Economía Circular en los mares y costas.

d) Impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación del Conocimiento Azul.

e) Promover la innovación para el desarrollo empresarial, la generación de comunidades industriales innovadoras y las nuevas iniciativas emprendedoras.

f) Fomentar la cultura marina en Andalucía, mediante el impulso del turismo sostenible en el medio litoral y marino, así como la mejora de la visibilidad de las actividades portuarias, pesqueras y acuícolas como motores económicos de la región.

Tercero. Contenido.

La Estrategia incluirá, al menos, los siguientes contenidos:

1. Delimitación del alcance, finalidad y principios orientadores.

2. Análisis del contexto de la Economía Azul en Europa, España y Andalucía, identificación de sectores implicados y diagnóstico preliminar.

3. Delimitación de los objetivos estratégicos y operativos y definición de metas, formulados para ser evaluados a partir de metodologías de evaluación de políticas públicas.

4. Definición de un programa de actuación, que será el núcleo de la Estrategia, y que se podrá estructurar, en orden jerárquico, en propuestas estratégicas, líneas de actuación y medidas.

5. Elaboración de un programa económico y un plan de etapas que incluirán la identificación de los responsables de las actuaciones según el nivel de detalle previsto (propuestas estratégicas, líneas, medidas), los recursos económicos y los plazos para desarrollar las actuaciones, que permitan ir evaluando avances y reconduciendo el programa de actuación.

6. Definición de un sistema de seguimiento y evaluación y el diseño de un panel de indicadores que deberán cubrir de forma equilibrada la medida de la ejecución, el resultado y el impacto de la Estrategia.

Cuarto. Proceso de elaboración y plan de gobernanza.

1. La elaboración de la Estrategia la coordinará la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul a través de la Secretaría General de de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, garantizando la transparencia y la participación real y efectiva de la ciudadanía, de los agentes económicos y sociales, así como de las Administraciones públicas afectadas por razón de sus competencias.

2. El proceso de elaboración de la Estrategia se apoyará en los principios de coordinación, colaboración y cooperación, recogidos en el artículo 3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Con base en estos principios, el esquema de gobernanza para la elaboración y tramitación de la Estrategia, además de la oficina técnica encargada de la coordinación de los trabajos, adscrita a la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, contará con los siguientes agentes:

- Titulares de los órganos directivos de la administración de la Junta de Andalucía con competencias en la Estrategia, que constituirán un Comité Directivo con la función de orientar los objetivos de la Estrategia y tomar las decisiones que procedan.

- Personal técnico de las diferentes unidades administrativas y agencias de la Junta de Andalucía con competencias en la Estrategia, a través de un Comité Técnico o Grupo Motor, designado por los responsables que forman el Comité Director, que se encargará de la colaboración interna para la elaboración de los trabajos.

- Grupo de personas expertas, constituido por personas conocedoras de la Economía Azul del ámbito empresarial, académico, investigador y asociativo, cuya función será la de asesorar a la oficina técnica y recabar el conocimiento y la experiencia de las empresas del sector privado, de la investigación, tanto pública como privada, y del mundo académico.

- Sociedad civil y ciudadanía, constituida por el público en general, personas físicas o jurídicas, así como sus asociaciones, organizaciones y grupos, que aportarán las principales demandas sociales.

3. La participación ciudadana se garantizará desde el inicio de la elaboración de la Estrategia, conforme a lo previsto en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, y conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y el artículo 9 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía.

4. En la tramitación de la Estrategia se tendrá en consideración, en su caso, el procedimiento de evaluación ambiental estratégica previsto en el Título III de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y el procedimiento de evaluación del impacto en la salud previsto en el Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Recabados los informes preceptivos para su tramitación, y con todas las aportaciones de los procesos participativos, la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul elevará la propuesta de la Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul para dictar las disposiciones y realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de noviembre de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL
Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul
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