Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 22/11/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Cultura y Deporte

Corrección de errores de la Orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (BOJA núm. 214, de 8.11.2022).

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Con fecha 27 de octubre de 2022, se dicta Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (BOJA núm. 214, de 8 de noviembre).

En dicha orden, se han advertido errores en el contenido de los apartados 5.e) y 26.b) del Cuadro Resumen, por lo que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos»,

RESUELVO

Primero. Modificar el contenido de los apartados 5.e) y 26.b) del Cuadro Resumen de la orden de 27 de octubre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones dirigidas al fomento del deporte para personas con discapacidad para la adquisición de equipamiento y material deportivo inventariables en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía, de la siguiente forma:

Donde dice:

- Apartado 5.e). Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:

6 meses desde la materialización del pago.

Debe decir:

Apartado 5.e). Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:

3 meses desde la materialización del pago.

Donde dice:

- Apartado 26.b). Plazo máximo para la presentación de la justificación:

El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 3 meses a contar desde: final plazo ejecución.

Debe decir:

- Apartado 26.b). Plazo máximo para la presentación de la justificación:

El plazo máximo para la presentación de la justificación será de: 15 días a contar desde: final plazo ejecución.

Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la corrección de errores de la Orden de 27 de octubre de 2022, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, así como la versión íntegra del Cuadro Resumen modificado con dichas correcciones.

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