Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 23/11/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Anuncio de 22 de septiembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 11.8.2022, por la que se concede a favor de la mercantil FRV Sevilla-Alcores 1, S.L.U., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto que se cita, en los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 2365/2022).

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Nuestra referencia: SVE/JCB/JGC.

Expediente: 284.840.

R.E.G.: 4.140.

Visto el escrito de solicitud formulado por FRV Sevilla-Alcores 1, S.L.U.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 26 de junio de 2020, la sociedad mercantil FRV Sevilla-Alcores 1, S.L.U. (B-88.345.970), solicita autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada «FRV Sevilla-Alcores 1» de 49,9 MW de potencia instalada, y ubicada en los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaíra (Sevilla), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia, acreditando capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del proyecto.

Así mismo, el peticionario suscribió, con fecha 26 de junio de 2020, declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:

• BOP de la provincia de Sevilla número 106, de 11 de mayo de 2021.

• BOJA número 79, de fecha 28 de abril de 2021.

Sin que se produjeran alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnico, y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:

• Excmo. Ayto. de Sevilla.

• Excmo. Ayto. de Alcalá de Guadaíra.

• Ministerio para la Transición Ecológica.

• Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

• Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía

• Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía

• Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental.

• EMASESA.

• Enagás.

• Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

• EDistribución Redes Digitales, S.L.U.

• Red Eléctrica de España.

• SEO Birdlife.

• Ecologistas en Acción.

Dándose la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, así mismo también se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia.

Tercero. Con fecha de 22 de junio de 2018, la compañía distribuidora Endesa Distribución Eléctrica, S.L. emite un informe actualizando las condiciones de acceso para la instalación eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante, en la SE Alcores 132 kV, concediendo una ponteica máxima de evacuación de 43,2 MW.

Cuarto. Con fecha de 28 de junio de 2022, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Sevilla, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte AAU/SE/0186/2020/N), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación del Gobierno en virtud de las siguientes disposiciones:

• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

• Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

• Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, y su modificación dada en el Decreto 122/2021, de 16 de marzo.

• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía

• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.

• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

• Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las Instalaciones de Energía Eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Instrucción Conjunta 1/2021, de la Dirección General de Energía de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sobre tramitación coordinada de los procedimientos de autorizaciones administrativas de las instalaciones de energía eléctrica, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se encuentren sometidas a autorización ambiental unificada.

Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

En virtud, de lo cual se acuerda acumular los procedimientos administrativos para la concesión de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de eléctrica de referencia.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla,

RESUELVE

Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil FRV Sevilla-Alcores 1, S.L.U. (B-88.345.970), autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación de generación de energía eléctrica denominada «FRV Sevilla-Alcores 1», con una potencia instalada de 49,9 MW, y ubicada en los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaíra (Sevilla), cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: FRV Sevilla-Alcores 1, S.L.U. (CIF B-88345970).

Domicilio: C/ María de Molina, 40,5.ª planta, 28006, Madrid.

Denominación de la Instalación: «FRV Sevilla-Alcores 1», con una potencia instalada de 49,97 MWp e infraestructura de evacuación hasta SET Alcores 132 (EDE).

Términos municipales afectados: Sevilla y Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Emplazamiento de la ISF: Polígono 18, parcela 1, 9003, 3, 9002 (Sevilla).

Polígono 7, parcelas 9002, 12, 9004, 25, 22, 21, 18, 9006, 73, 9026, 19, 72 (Alcalá de Guadaíra).

Finalidad de la Instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología Fotovoltaica (b.1.1 R.D. Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).

Características técnicas principales de:

1) Parque solar fotovoltaico:

• Campo solar Fotovoltaico constituido por 128.128 paneles fotovoltaicos, de 390 Wpico cada uno, en condiciones STC normalizadas.

• Estructuras soporte de los módulos fotovoltaicos que contarán con un sistema de seguimiento solar Este-Oeste mediante un eje Norte-Sur horizontal. La estructura con seguidor soportará como máximo 56 módulos fotovoltaicos que se dispondrían en dos filas de 28 módulos fotovoltaicos (quedando un hueco libre en la parte central de una de las filas).

• Cableado de distribución de la energía eléctrica y protecciones eléctricas correspondientes.

• Se instalarán 411 inversores tipo string de 105 kVA (@40ºC) 9 de potencia AC máxima cuyas salidas se distribuirán hacia los 9 centros de transformación de hasta 5.700 kVA-0.8/36 kV.

• Los 9 centros de transformación incluyen cada un transformador de potencia de hasta 5.700 kVA-0.8/36 kV, celdas secundarias de MT y el equipamiento correspondiente a servicios auxiliares, incluyendo un transformador de SSAA de 5 kV

• La instalación de media tensión la componen cada uno de los conjuntos de transformador y tres circuitos de alimentación en media tensión soterrada en 30 kV, que enlaza los conjuntos directamente con la nueva SET Alcores 1 (30/132 kV)

• La evacuación de la energía desde la SET Alcores-1 hasta la SET Alcores 132 kV discurrirá mediante una línea de evacuación de 132 kV, aérea en un primer tramo y subterránea a la entrada de la SET Alcores 132 kV. El trazado de la línea discurre por los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaira (Sevilla).

• Potencia de módulos FV (pico) de generación: 49,97 MW.

• Potencia instalada (inversores) de generación:43,2 MW (art. 3, RD 413/2014).

• Tensión de evacuación: 132 kV.

• Punto de conexión: SET Alcores 132 kV (EDE).

1) Subestación eléctrica 30/132 kV denominada SET Alcores 1.

Subestación Eléctrica 30/132 kV y (35+50) MVA denominada «SET Alcores 1», situada en el término municipal de Sevilla.

El recinto de la subestación contendrá un parque a la intemperie de tipo convencional, donde se instalarán una posición de línea en 132 kV y dos posiciones de transformación de 30/132 kV. La posición de línea evacuará en la subestación Alcores 132 kV (esta última no forma parte de este proyecto). Una posición de transformación de 30/132 kV es de 50 MVA, que elevará la energía procedente de la HSF «FV Sevilla-Alcores 1», la otra posición de transformación 30/132 kV es de 35 MVA y elevará la energía procedente de la HSF «FV Sevilla-Alcores 2». Se construirá un edificio que albergará una sala de celdas de Media Tensión (MT) donde llegan las líneas procedentes de las plantas solares fotovoltaicas, así como el sistema integrado de control y protecciones de cada una de las posiciones de la subestación, las comunicaciones y las instalaciones auxiliares necesarias para su explotación. En este edificio también estarán los equipos de medida para facturación.

Emplazamiento: Polígono 18, parcela 1 del término municipal de Sevilla.

Referencia catastral: 41900A01800001.

• Posiciones:

◦ Parque de 132 kV en intemperie, esquema de simple barra.

▪ 1 posición de línea correspondiente a la conexión con SET Alcores 132 kV.

▪ 2 posiciones de transformación.

◦ Transformadores de potencia:

▪ 1 transformador de 35 MVA ONAN-ONAF, intemperie, aislado en aceite mineral con regulación en carga.

▪ 1 transformador de 50 MVA ONAN-ONAF, intemperie, aislado en aceite mineral con regulación en carga.

◦ Parque de 30 kV en interior, esquema de simple barra en celda de aislamiento de hexafluoruro de azufre.

▪ 2 celdas de protección del lado de 30 kV de los transformadores de potencia.

▪ 5 celdas de línea para la conexión de parques.

▪ 1 celda de protección del transformador de SSAA.

▪ 2 celdas de medida.

◦ Parque de 30 kV en intemperie.

▪ 2 reactancia en zig-zag de neutro de intensidad máxima de defecto de 500 A.

1) Infraestructura de evacuación alta tensión.

Línea Eléctrica de Alta Tensión 132 kV con origen en la Subestación «SET Alcores 1» y final en la Subestación «SET Alcores 132 kV» (no objeto del presente proyecto), cuyo trazado discurrirá por los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaira, en la provincia de Sevilla. La línea constará de un tramo aéreo desde la Subestación «SET Alcores 1» hasta conversión A/S con una longitud de 1.311 metros, y un tramo subterráneo desde dicha conversión hasta la subestación «SET Alcores 132 kV» (no objeto del presente proyecto), con una longitud de 137 metros.

• Tensión de evacuación: 132 kV.

• Punto de conexión: SET Alcores 132 kV (EDE).

• Tramo aéreo:

◦ Origen: Pórtico Subestación «SET Alcores1»-Apoyo núm. 1:87.37 metros.

◦ Final: Apoyo núm. 6 (conversión aérea/subterránea).

◦ Distancia desde apoyo núm. 1 a apoyo núm. 6: 1.223 metros.

◦ Tensión: 132 kV.

◦ Longitud: 1.311 metros.

◦ Tipo: Aérea, simple circuito.

◦ Frecuencia: 50 Hz.

◦ Conductor: LA-280 (242-AL1/39-ST1A).

◦ Núm. conductores por fase: 1.

◦ Núm. apoyos: 6 (1 a 6 según proyecto).

◦ Términos municipales afectados: Sevilla y Alcalá de Guadaira (Sevilla).

• Tramo subterráneo:

◦ Origen: Apoyo núm. 6 (conversión aérea/subterránea).

◦ Final: Posición de Línea de 132 kV en la Subestación Eléctrica «SET Alcores 132 kV»

◦ Tensión: 132 kV.

◦ Longitud: 137 metros.

◦ Tipo: Subterránea circuito simple.

◦ Frecuencia: 50 Hz.

◦ Conductor: XLPE 1x630+1x120 mm² 76/132 kV.

◦ Núm. conductores por fase: 1.

◦ Términos municipales afectados: Alcalá de Guadaira (Sevilla).

Presupuesto estimado instalaciones: 24.030.979,65 Euros, IVA no incluido.

(FV Sevilla-Alcores 1).

416.826,31 euros, IVA no incluido.

(Línea Evacuación)

2.023.205,99 euros, IVA no incluido

(SET Alcores 1)

Documento técnico: Proyecto técnico, declaración responsable de fecha 19.6.2020.

Técnico titulado: Don Eduardo Navarro González, colegiado núm. 3.021 del COIIAOC.

Segundo. Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

- El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes (ITC-FV-04) de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.

- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

- El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del territorio.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Viceconsejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 22 de septiembre de 2022.- El Delegado, Antonio José Ramírez Sierra.

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