Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 24/11/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al régimen de mínimis.

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BDNS (Identif): 659883.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2022, la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por la sequía en toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, acogidas al régimen de mínimis.

Las ayudas se financiarán con créditos del presupuesto de la Junta de Andalucía del ejercicio 2022, consignados en la partida presupuestaria 1300010000G/71B/47000/0001, que asciende a 5.000.000,00 de euros, y su concesión está condicionada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Segundo. Personas beneficiarias.

Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, que sean titulares de alguna unidad productiva según la definición del artículo 2, del Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, a fecha 1 de noviembre de 2022, de alguna de las especies y clasificaciones zootécnicas previstas en el el resuelvo cuarto de la convocatoria.

Tercero. Objeto.

Apoyar a las explotaciones ganaderas y paliar de esta manera las dificultades que dichas explotaciones están sufriendo debido a la situación de sequía en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al régimen de mínimis (BOJA número 130, de 9 de julio de 2019), modificada por la disposición final tercera del Decreto-ley 2/2022, de 29 de marzo, por el que se amplían las medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario y pesquero (BOJA número 64, de 4 de abril de 2022), y por disposición final primera del Decreto-ley 10/2022, de 16 de noviembre, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a agricultores y ganaderos en respuesta a las especiales repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, y por el que se modifica la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por la sequía (BOJA número 222, de 18 de noviembre de 2022).

Quinto. Importe máximo por beneficiario.

1. La ayuda consistirá en una subvención por Unidad de Ganado Mayor (UGM) de 8,11 euros/UGM, sin perjuicio de los posibles prorrateos que se lleven a cabo según lo dispuesto en el resuelvo noveno de la convocatoria de ayudas. El importe máximo a recibir por un beneficiario será de 2.433,00 euros, equivalente a 300 UGM.

2. La ayuda se concederá en atención a los animales que consten en el SIGGAN en la unidad productiva a fecha de 15 de noviembre de 2022 que cumplan la siguiente definición:

• Bovino: Vaca nodriza, considerada como la vaca de al menos 24 meses de edad, con una equivalencia de conversión de 1 Unidad de Ganado Mayor (UGM).

• Ovino y caprino: Hembra reproductora, considerada como la oveja o cabra de al menos 12 meses de edad, con una equivalencia de conversión de 0,15 Unidades de Ganado Mayor (UGM).

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín de Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a partir de las 9:30 horas; el plazo concluirá a las 17:00 horas del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo anula a todas las anteriores.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la dirección:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/12610.html

Sevilla.- El Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019), Vicente Pérez García de Prado.

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