Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 14/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 26 de octubre de 2022, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II» de Sevilla. (PP. 2849/2022).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Javier Fernández Noriega, como representante de la entidad Campus Cámara Sevilla, S.A.U., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II», con domicilio en C/ Leonardo da Vinci, 7 y 9, Cartuja Center CITE, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la supresión de dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Iluminación, captación y tratamiento de imagen y la ampliación de dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Dirección de cocina y uno de Dirección de servicios de restauración), así como por la ampliación de sus enseñanzas en dos Cursos de especialización de formación profesional (uno en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual y uno en Inteligencia artificial y big data), todo ello según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41001124, tiene autorización para impartir once ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Sonido para audiovisuales y espectáculos, dos de Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos, uno de Producción de audiovisuales y espectáculos, dos de Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos, uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, uno de Desarrollo de aplicaciones web y dos de Iluminación, captación y tratamiento de imagen).

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación y Deporte de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE de 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo (BOE de 12 de junio), por el que se establece el título de técnico superior en Dirección de cocina y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 688/2010, de 20 de mayo (BOE de 12 de junio), por el que se establece el título de técnico superior en Dirección de servicios de restauración y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real Decreto 261/2021, de 13 de abril (BOE de 7 de mayo), por el que se establece el Curso de especialización en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual y se fijan los aspectos básicos del currículo, se modifican diversos reales decretos por los que se establecen cursos de especialización y los aspectos básicos del currículo y se corrigen errores del Real Decreto 283/2019, de 22 de abril, y del Real Decreto 402/2020, de 25 de febrero, por los que establecen los títulos y los aspectos básicos del currículo; el Real Decreto 279/2021, de 20 de abril (BOE de 10 de mayo), por el que se establece el Curso de especialización en Inteligencia artificial y Big Data y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II», con código 41001124 y domicilio en C/ Leonardo da Vinci, 7 y 9, Cartuja Center CITE, de Sevilla, cuyo titular es la entidad Campus Cámara Sevilla, S.A.U., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior

Sonido para audiovisuales y espectáculos (impartidos en doble turno):

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos (impartidos en doble turno):

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Producción de audiovisuales y espectáculos (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos (impartidos en doble turno):

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Desarrollo de aplicaciones web (impartido en turno de tarde):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Dirección de cocina (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Dirección de servicios de restauración (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Cursos de especialización de formación profesional

Desarrollo de videojuegos y realidad virtual (impartido en turno de tarde):

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Inteligencia artificial y big data (impartido en turno de tarde):

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2022/23, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de octubre de 2022

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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