Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 19/12/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del símbolo gráfico (logotipo) del municipio de Brenes (Sevilla).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Brenes ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su símbolo gráfico (logotipo) municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 29 de septiembre de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de Brenes acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva del símbolo gráfico (logotipo) municipal con la siguiente descripción:

Símbolo gráfico (logotipo): «Su diseño se compone de dos partes diferenciadas, una icónica y simbólica (escudo simplificado o isotipo) y otra verbal (logotipo) con la mención al nombre del municipio en forma de título (Brenes) y a su órgano de gobierno en forma de subtítulo (Ayuntamiento).

Isotipo:

La parte gráfica o símbolo reproduce de forma esquemática y sencilla el escudo de armas. Líneas simples dibujan el contorno del escudo español -cuadrangular de esquinas inferiores redondeadas- y la filiera de gules y sirven como marco de las armas del municipio: pita y olivo. El dibujo simétrico de la pita se diseña con cinco intersecciones de circunferencias. El del olivo se ejecuta a través del mismo número de círculos de distinto diámetro (3 y 2). Ambos elementos -pita y olivo-, que descansan sobre el segmento superior de una circunferencia -terrasado de sinople del escudo de armas-, ocupan el cuadrado central del marco o contorno del escudo. La parte inferior del blasón se insinúa a través de la fusión del contorno con dos trazos horizontales y sinuosos (ondas de plata y azur). El mismo segmento de circunferencia sobre el que descansan los símbolos municipales sirve de base para recrear el timbre heráldico del escudo de armas. Esta parte del diseño que corona el símbolo -valga la redundancia- se construye, además de con este segmento circular, con círculos ensamblados, cuatro para los florones de acanto, tres para las perlas propias del título de marqués.

Logotipo:

La parte verbal de la marca (logotipo, si atendemos al tecnicismo del diseño gráfico) se constituye a dos líneas y con dos palabras centradas:

Línea de título (Brenes) y línea de subtítulo (AYUNTAMIENTO).

El título, de mayor presencia visual, mayor cuerpo y en negrita o bold, hace referencia al nombre del municipio. El subtítulo tiene el mismo cometido pero con respecto al órgano de gobierno y a la institución que representa.

El título se compone con la familia tipográfica Cairo en su peso Bold y con un interletraje de -25. El subtítulo se representa con la familia Barlow en su peso Regular y en mayúsculas. Se justifica completamente con respecto a la línea de título.

La composición del logotipo convierte a la pieza gráfica verbal en un bloque unitario para permitir componer de forma modular la marca gráfica genérica tanto en su versión vertical como en su versión horizontal.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 18 de noviembre de 2022, se solicitó por esa entidad local la inscripción de su símbolo gráfico (logotipo) municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 y de conformidad con el artículo 18 ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las entidades locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del símbolo gráfico (logotipo) del municipio de Brenes (Sevilla), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Brenes (Sevilla) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sevilla, 7 de diciembre de 2022.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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