Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 20/12/2022

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se procede a la modificación de la Resolución de 20 de julio de 2022, sobre estructura y determinación de los Vicerrectorados y del régimen de delegación de competencias.

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Mediante Resolución del Rector de la Universidad de Córdoba, de 20 de julio de 2022 (BOJA núm. 141, de 25 de julio), se estableció la estructura y determinación de los Vicerrectorados, así como el régimen de delegación de competencias.

En la presente resolución, debido a una mejor organización y coordinación del sector empresarial de la Universidad de Córdoba, se procede a modificar las competencias del Vicerrectorado de Salud y Bienestar, que asumirá por delegación de competencias la presidencia de las siguientes empresas participadas: Hospital Clínico Veterinario de la Universidad de Córdoba, UCOdeporte y UCOidiomas, conforme a continuación se determina.

Por ello, al amparo de las competencias que tengo conferidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Universidades, en relación con los artículos 139 y 140 de los Estatutos de la Universidad de Córdoba,

DISPONGO

Primero. Modificar el punto 2 del artículo primero de la Resolución de 20 de julio de 2022, que pasará a tener la siguiente redacción:

Segundo. Vicerrectorado de Salud y Bienestar.

Comprende las siguientes funciones y Comisiones:

- Presidencia de las comisiones delegadas de Consejo de Gobierno en el ámbito de sus competencias.

- Comisión paritaria y comisión mixta UCO-SAS y desarrollo de convenios con instituciones sanitarias.

- Centro de Atención Infantil Temprana (CAIT).

- Unidad de Atención Psicológica (UNAP).

- Servicio de Deportes.

- Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

- Comité de seguridad y salud.

- Relaciones con la Fundación para la Investigación Biomédica de Córdoba (FIBICO).

- Promoción y coordinación de actuaciones para una universidad saludable.

- Vicepresidencia de la Corporación Empresarial UCO y Presidencia de las empresas participadas (Hospital Clínico Veterinario de la Universidad de Córdoba, UCOdeporte y UCOidiomas).

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el art. 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), surtiendo plenos efectos desde el día siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba (BOUCO).

Disposición adicional única.

Llévese a puro efecto lo acordado y publíquese en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOJA, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOJA, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Córdoba, 14 de diciembre de 2022.- El Rector, Manuel Torralbo Rodríguez.

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