Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 28/12/2022

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Anuncio de 20 de diciembre de 2022, de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven), de la Convocatoria del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en esta Entidad.

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 90/2022, de 31 de mayo, de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022, se anuncia la publicación de las bases por las que se regirá la Convocatoria en Inturjoven.

Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo podrán obtener toda la información relativa al mismo a través de la página web https://www.inturjoven.com/empleo. De igual modo, también podrán acceder a dicha información a través del Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de diciembre de 2022.-El Director Gerente, Antonio Jesús Díaz de la Rosa.

CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL EN LA EMPRESA ANDALUZA DE GESTIÓN DE INSTALACIONES Y TURISMO JUVENIL, S.A. (INTURJOVEN)

La Dirección Gerencia de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (en adelante Inturjoven), de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022, publica las bases por las que se regirá la presente convocatoria.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Objeto.

El objeto de las presentes Bases es la regulación de los procedimientos que regirán la convocatoria del concurso de méritos y la fase de oposición (para las plazas que así se indiquen) correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de Inturjoven, amparada en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

En el Anexo I se relacionan las plazas sujetas a estabilización en Inturjoven, incluidas en el Decreto 90/2022, de 31 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022. Se han identificado, adicionalmente, cuáles de esas plazas se convocan a través de un proceso de concurso o de un proceso de concurso-oposición, tomando como base lo referido en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Asimismo, cada plaza se ha identificado con un código que servirá para la tramitación del proceso selectivo, debiendo referirse a dicho código cualquier acción y/o comunicación que realice tanto Inturjoven como cualquiera de las personas aspirantes durante el proceso.

En el Anexo II se recogen las características y funciones de los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria, indicándose el número máximo de personas a seleccionar por cada uno, así como la descripción de los requisitos exigidos, excluyentes y valorables.

En el Anexo III se indican los criterios para baremar la experiencia y la formación de cada uno de los puestos de la convocatoria.

Este proceso supone la selección de 90 personas, 24 personas con carácter indefinido a tiempo completo y 66 personas con carácter fijo discontinuo, distribuidas en 22 tipos de puesto. Asimismo, del total de plazas, 71 se convocan por el sistema selectivo de concurso y 19 por el sistema selectivo de concurso-oposición.

2. Normativa aplicable.

El presente proceso selectivo responde a lo previsto en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y se regirá por lo establecido en estas Bases y por lo dispuesto en toda la legislación que resulte aplicable en esta materia. De igual modo, se ha tomado en consideración la Resolución de la Dirección General de Sector Público Instrumental, de 2 de noviembre de 2022, sobre orientaciones para el desarrollo de los procesos selectivos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en el ámbito de las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.

3. Comisión de Valoración y nombramiento de sus miembros.

Se constituirá una Comisión de Valoración, cuyos miembros han sido designados por la Dirección Gerencia de Inturjoven, y que estará integrada por las siguientes personas:

• Presidencia (titular): Inmaculada Ávila Puyana

• Vocal primero (titular): Cayetano Recio Alcaide

• Vocal segundo (titular): María José López León

Se establecen los siguientes suplentes:

• Presidencia (suplente): Joaquín Machuca Alonso

• Vocal primero (suplente): Teresa Valdayo Alfaro

• Vocal segundo (suplente): Francisco Javier Maza Gallego

La Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de organismos públicos y/o empresas consultoras para tareas de realización y valoración de todo el proceso de selección. Al proceso de selección asistirán en cualquier momento los representantes de los trabajadores designados para la Comisión Paritaria del Convenio, participando en los términos dispuestos por los artículos 7.5) y 26 del Convenio Colectivo de Inturjoven, por sí mismos o por persona designada al efecto como asesor técnico (siempre y cuando concurra en la persona la condición de Delegado de Personal o miembro de Comité de Empresa).

4. Publicación del proceso y relaciones con la ciudadanía.

La presente convocatoria será anunciada a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). Asimismo, será publicada en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y en la página web de la Empresa Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. (Inturjoven), https://www.inturjoven.com/empleo/ .

A lo largo del proceso selectivo, toda la información relacionada con los diferentes aspectos de su desarrollo se publicará en la misma dirección web, pudiendo realizar las consultas y gestiones a través de la dirección de correo que habilite la empresa consultora que ejecute el proceso.

Con el objetivo de favorecer que las personas interesadas en participar en alguno de los procesos puedan tener acceso a la información desde el momento en el que se publique en la página web de Inturjoven, se habilita el siguiente canal de Telegram: Empleo Inturjoven. Las personas que quieran estar informadas podrán darse de alta y recibir notificaciones sobre el día en que se inicia la fase de presentación de solicitudes de cada proceso que se vaya habilitando.

Toda la información y tramitación de los diferentes procesos se realizará a través de los medios que se especifican en la presente convocatoria y la que se determine en la página web de Inturjoven, no sirviendo el canal de Telegram para un fin distinto al de estar informado sobre el momento en el que se van a iniciar los diferentes procesos selectivos.

5. Sistema selectivo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 61.6 del TREBEP y en las Disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021 de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la provisión de las plazas contempladas en el Anexo I de la presente convocatoria podrá ser el de concurso de méritos o el de concurso-oposición, identificándose en dicho Anexo I cuales son las plazas para cada uno de estos sistemas selectivos.

6. Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidos en el presente proceso selectivo, las personas aspirantes deben poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión o suscripción del contrato, los siguientes requisitos:

• Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores, conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros Tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.

• Se exigirá tanto el permiso de residencia como el permiso de trabajo a las personas extranjeras no contempladas en el apartado anterior.

• Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

• Las personas con discapacidad que participen en el proceso de selección deberán acreditar un grado de discapacidad igual o mayor del 33% y la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias del puesto, mediante el certificado correspondiente por el organismo competente en la materia.

• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las administraciones públicas o de sus organismos, entidades, empresas, fundaciones o cualesquiera empleadoras dependientes o vinculadas a las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público, ni para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria. Las personas cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.

• Poseer la titulación o la experiencia exigida en el Anexo II de la presente convocatoria. En el caso de que, durante el plazo para presentar la solicitud, la persona aspirante no tuviera el título oficial -por motivo de estar tramitándose su expedición-no se considerará válido estar en posesión solo del certificado de abono de derecho de expedición de título, sino que será necesario que posea una «Certificación supletoria provisional» del Título Oficial, que será emitida por el Organismo correspondiente de acuerdo con los trámites establecidos por el Centro Educativo correspondiente. En el supuesto de estar en posesión de un título equivalente al exigido en la convocatoria, tras la celebración del proceso selectivo -durante el plazo para presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos- la persona aspirante habrá de alegar la norma que establezca la equivalencia o en su defecto acompañar certificado expedido por el órgano competente del Centro Educativo que acredite la citada equivalencia. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.

• No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

7. Fases del Proceso Selectivo.

7.1. Fase de admisión (común para plazas que concurren por concurso y concurso-oposición)

7.1.1. Presentación de solicitudes.

La presentación de las solicitudes deberá realizarse de forma telemática. El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigible en la convocatoria se notificará en la página web de Inturjoven https://www.inturjoven.com/empleo/ en el momento que entre en vigor el contrato con la empresa consultora que ejecute el proceso y se ponga en funcionamiento la plataforma que permita recoger dichas solicitudes.

Las personas interesadas en conocer el momento de apertura de plazos de los diferentes procesos podrán darse de alta en el canal de Telegram indicado en el apartado 4 de las presentes Bases.

La forma de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria será por los medios que se comuniquen a través de la página web de Inturjoven https://www.inturjoven.com/empleo/

Tanto la no entrega de la solicitud o documentación, como su presentación fuera de plazo o por una vía distinta a la que se indica, será causa automática de exclusión del proceso de selección. Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.

Las personas aspirantes quedarán vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud.

7.1.2. Personas con discapacidad.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 se septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, así como en el Decreto 93/2006, de 09 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, en el presente Proceso de Selección se establece una reserva de plazas del 10 por ciento de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del 2 por ciento para personas con discapacidad intelectual y un 1 por ciento para personas con enfermedad mental que acrediten en un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10 por ciento de las plazas no cubiertas.

En el Anexo I se identifican las plazas que han sido reservadas para el turno de discapacidad, disponiéndose un total de 9 plazas y reservando, dentro de ese cupo, 2 plazas para personas con discapacidad intelectual y 1 plaza para personas con enfermedad mental.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se presente por el turno de reserva no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la de otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general, siempre que haya superado los ejercicios o pruebas correspondientes, en el caso de que existan.

7.1.3. Documentación acreditativa a aportar.

La documentación que, con carácter general, cada persona deberá aportar será la siguiente:

• Formulario de solicitud. Este formulario será cumplimentado vía telemática a través de la plataforma que ponga a disposición la empresa consultora que ejecute el proceso.

• Fotocopia del Documento Nacional de Identidad; en caso de ser extranjero, fotocopia del Pasaporte y Permiso de Trabajo y Residencia.

• Fotocopia de la titulación requerida en la convocatoria.

• Documentación acreditativa de la formación complementaria y la experiencia profesional susceptible de valoración y, en general, toda la documentación oficial que acredite los méritos valorables que se alegan.

• Informe de Vida Laboral emitido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o en su defecto aquel Ministerio que tenga atribuidas las correspondientes competencias en esta materia.

• En caso de poseer un grado de discapacidad igual o mayor a 33%, este deberá acreditarse mediante certificado emitido por el órgano competente.

Para acreditar la documentación se aportará fotocopia de los documentos que los justifiquen. Toda esta documentación deberá ir numerada y con su índice correspondiente, y podrá ser verificada con las fuentes primarias en cualquier momento del proceso de selección por parte de los miembros de la Comisión de Valoración o del organismo público o empresa consultora contratada a tal fin.

A los efectos de cómputo de experiencia y formación se considerará el día posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, con independencia del momento en el que se abra el periodo de recepción de solicitudes, según lo indicado en el apartado 7.1.1.

7.1.3.1. Documentación acreditativa de la experiencia profesional

La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado. Se acompañará de un certificado de funciones, sellado y firmado por las Empresas en la que haya desarrollado dichas funciones.

La experiencia profesional por cuenta propia habrá de acreditarse mediante cualquier medio admitido en derecho sobre los méritos de la persona aspirante que, a su juicio, le hagan idónea para el desempeño del puesto convocado.

7.1.3.2. Documentación acreditativa de la formación

Las personas que participen en el proceso de selección deberán poder acreditar la formación recibida mediante certificación, indicando la denominación del curso, año de realización, número de horas y centros académicos o de enseñanza, organismo o institución oficial, habilitados legalmente al efecto.

7.1.4..Admisión de solicitudes y publicación de listados provisionales

Aquellas personas aspirantes que reúnan los requisitos de la convocatoria recogidos en el punto 6 de las presentes Bases y en el Anexo II, participarán en el proceso de selección.

Se publicará en la página web de la Empresa: www.inturjoven.com/empleo listado provisional de las personas admitidas y excluidas -incluyendo de manera sucinta la causa de exclusión-, figurando como dato identificativo de cada candidatura las cuatro últimas cifras del DNI más la letra. A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación, las cuales se deben remitir por correo electrónico a la dirección de correo que ponga a disposición la empresa consultora que ejecute el proceso, haciendo constar en el asunto la referencia de la convocatoria ESTABILIZACIÓN-INTURJOVEN-CÓDIGO PLAZA. El código de la plaza puede obtenerse de la correspondencia recogida en el Anexo I.

Transcurrido dicho plazo y una vez analizadas, valoradas y respondidas las alegaciones por la Comisión de Valoración, se publicará la lista definitiva de candidaturas que pasan a la siguiente fase, la cual servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.

7.2. Fases de baremación para plazas que concurren al proceso por concurso de méritos.

7.2.1. Desarrollo.

Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará la Comisión de Valoración. El tiempo de prestación de servicios desarrollado en Inturjoven será certificado de oficio por el Área de Recursos Humanos y referido siempre hasta el día posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.2.2. Baremación del concurso de méritos.

Esta fase se iniciará con la valoración de los méritos presentados por las personas que hayan superado la fase de admisión. No se computarán como méritos aquellos que, atendiendo a lo indicado en el Anexo III, hayan servido para acreditar el cumplimiento de los requisitos previos para poder participar en el proceso selectivo.

La puntuación para esta fase será un máximo de 100 puntos para aquellas plazas pertenecientes a los niveles 3, 4 y 5 del Convenio Colectivo, y de 130 puntos para las pertenecientes a los niveles 1 y 2 del Convenio Colectivo, puntuándose y baremándose según lo especificado para cada puesto en el Anexo III, que responde al siguiente esquema:

7.2.2.1 Experiencia.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en Inturjoven:  0,03  puntos.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en administraciones públicas, así como en otras entidades de sector público distinta de Inturjoven: 0,01 punto.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en empresas de alojamientos turísticos del sector privado: 0,01 punto.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en empresas distintas a las de alojamientos turísticos del sector privado: 0,005 puntos.

Subtotal Experiencia: máximo de 80 puntos, pudiendo ser alcanzada por la experiencia aportada en una de las situaciones expuestas o la suma de la experiencia de varias situaciones, con la limitación de que una misma experiencia no puede ser considerada para más de una situación. No será baremada aquella experiencia que haya sido considerada como criterio de admisión.

7.2.2.2. Formación.

Para cada puesto se ha establecido una formación de referencia, pudiéndose localizar en el Anexo II la que se corresponde con cada uno de ellos.

Asimismo, en el Anexo III se identifican las reglas y puntuaciones a considerar para cada una de las formaciones consideradas en cada puesto, suponiendo en cualquier caso una puntuación máxima de 20 puntos para este criterio. No será baremada aquella formación que haya sido considerada como criterio de admisión.

Subtotal Formación: máximo de 20 puntos, pudiendo ser alcanzada por la formación aportada en una o varias de las temáticas recogidas, con la limitación de que una misma formación no puede ser considerada para más de una temática.

7.2.2.3. Competencias para puestos de niveles 1 y 2 del Convenio Colectivo.

Para aquellas plazas pertenecientes a los niveles 1 y 2 del Convenio Colectivo se establece una segunda fase que permitirá la valoración de competencias transversales básicas para el adecuado desarrollo de sus funciones. A esta fase 2 accederán las 15 candidaturas que hayan obtenido mayor puntuación, como resultado de la aplicación de fórmulas de los méritos recogidos en los dos epígrafes anteriores. En el Anexo III se especifican los puestos a los que aplica esta segunda fase, las pruebas a realizar y las puntuaciones máximas a obtener.

Las pruebas a realizar consistirán, por un lado, en test psicotécnicos (no pruebas teóricas) sobre competencias requeridas para el puesto. Estas pruebas puntuarán a la persona en función de la adecuación del perfil de su candidatura con el perfil objetivo descrito para el presente proceso selectivo. La puntuación de los test será de un máximo de 20 puntos, distribuida en dos pruebas que puedan sumar un máximo de 10 puntos cada una de ellas.

Las candidaturas con las mejores 5 puntuaciones en el sumatorio de las fases anteriores (baremación de méritos y pruebas psicotécnicas), pasarán a la fase final de Entrevistas Personales que tendrá una puntuación máxima de 10 puntos.

Las personas que superen el proceso de selección serán aquellas que obtengan la mayor puntuación en el sumatorio final de todas las fases (baremación de méritos, pruebas psicotécnicas y entrevista).

7.2.3. Criterios de desempate.

En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a las siguientes indicaciones:

• En primer lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en Inturjoven en puestos cuyo contenido funcional se corresponda al del puesto convocado.

• En segundo lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en Inturjoven, con independencia del puesto.

• Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate, se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de desempate:

- Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en las administraciones públicas, así como en otras entidades del sector público distinta Inturjoven, con independencia del puesto.

- La puntuación obtenida en cada uno de los subapartados del baremo de méritos, en el mismo orden en que se relacionan.

- En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se resolverá a favor de la persona aspirante que en el puesto convocado sea de un sexo que se encuentre subrepresentado.

7.2.4. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Valoración.

Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, la Comisión de Valoración publicará en la web de Inturjoven un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes a las distintas plazas.

El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día siguiente a su publicación.

7.3. Fases de baremación para plazas que concurren al proceso por concurso-oposición

7.3.1. Desarrollo.

Tras la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, se convocará la respectiva Comisión de Valoración. El tiempo de prestación de servicios desarrollado en Inturjoven será certificado de oficio por el Área de Recursos Humanos y referido siempre hasta el día posterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

7.3.2. Fase de oposición.

Para aquellas plazas identificadas en el Anexo I como de aplicación de sistema selectivo por concurso-oposición, la fase de oposición resultará eliminatoria.

En estos casos, la puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso, sin que en ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso puede ser aplicada para superar la fase de oposición.

Para superar la fase de oposición, y poder acceder a la fase de concurso, se deberá obtener una puntuación mínima de 60 puntos (sobre 100) en las pruebas que se realicen.

El contenido de los ejercicios de esta fase versará sobre los contenidos correspondientes a cada plaza convocada, la cual puede ser localizada en la página web de Inturjoven www.inturjoven.com/empleo

Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo en el apartado «Solicitud de adaptación» de su solicitud.

Para las plazas que concurran por el proceso de concurso-oposición, esta fase de oposición supondrá el 60% del total del sistema selectivo, suponiendo la fase de concurso el 40%.

La puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de oposición será de 100 puntos, suponiendo esa calificación una correspondencia de 60 puntos para el cómputo de la puntuación total del proceso, a la que se sumará la puntuación obtenida por concurso de méritos (también con un máximo de 100 puntos), con una correspondencia de 40 para la máxima puntuación. Atendiendo a esta regla, se calculará la puntuación final de cada candidatura, aplicando la siguiente fórmula: PFC= (PDO * 60%) + (PDC * 40%), donde:

• PFC = Puntuación Final de la persona candidata.

• PDO = Puntuación Directa obtenida de la fase de oposición.

• PDC = Puntuación Directa obtenida de la fase de concurso.

El contenido de los ejercicios de la fase de oposición versará sobre el temario que se publique en la página web de Inturjoven www.inturjoven.com/empleo. La publicación del temario se realizará con antelación al 31 de enero de 2023 y, en cualquier caso, siempre antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa para los procesos selectivos.

7.3.3. Alegaciones a las pruebas y resultados obtenidos de la fase de oposición.

Una vez corregidas las pruebas de la fase de oposición, la Comisión de Valoración publicará en la web de Inturjoven un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes a las distintas plazas y la condición de admitido o no admitido para poder acceder a la siguiente fase de baremación de concurso de méritos.

El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día siguiente a su publicación.

7.3.4. Baremación del concurso de méritos.

Esta fase se iniciará con la valoración de los méritos presentados por las personas que hayan superado la fase de admisión y la fase de oposición. No se computarán como méritos aquellos que, atendiendo a lo indicado en el Anexo III, hayan servido para acreditar el cumplimiento de los requisitos previos para poder participar en el proceso selectivo.

La puntuación para esta fase será un máximo de 100 puntos para aquellas plazas pertenecientes a los niveles 3, 4 y 5 de Convenio, perteneciendo a estos todas las plazas que concurren por el sistema de concurso-oposición, puntuándose y baremándose según lo especificado para cada plaza en el Anexo III y que responden al siguiente esquema:

7.3.4.1. Experiencia.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en Inturjoven: 0,03  puntos.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en administraciones públicas, así como en otras entidades de sector público distinta de Inturjoven: 0,01 punto.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en empresas de alojamientos turísticos del sector privado: 0,01 punto.

• Por cada día de servicio prestado en el puesto correspondiente en empresas distintas a las de alojamientos turísticos del sector privado: 0,005 puntos.

Subtotal Experiencia: máximo de 80 puntos, pudiendo ser alcanzada por la experiencia aportada en una de las situaciones expuestas o la suma de la experiencia de varias situaciones, con la limitación de que una misma experiencia no puede ser considerada para más de una situación. No será baremada aquella experiencia que haya sido considerada como criterio de admisión.

7.3.4.2. Formación.

Para cada puesto se ha establecido una formación de referencia, pudiéndose localizar en el Anexo II la que se corresponde con cada uno de ellos.

Asimismo, en el Anexo III se identifican las reglas y puntuaciones a considerar para cada una de las formaciones consideradas en cada puesto, suponiendo en cualquier caso una puntuación máxima de 20 puntos para este criterio. No será baremada aquella formación que haya sido considerada como criterio de admisión.

Subtotal Formación: máximo de 20 puntos, pudiendo ser alcanzada por la formación aportada en una o varias de las temáticas recogidas, con la limitación de que una misma formación no puede ser considerada para más de una temática.

7.3.5. Criterios de desempate.

En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a las siguientes indicaciones:

• En primer lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en Inturjoven en puestos cuyo contenido funcional se corresponda al del puesto convocado.

• En segundo lugar, al tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en Inturjoven, con independencia del puesto.

• Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate, se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de desempate:

- Tiempo total de servicios prestados como personal laboral temporal o declarado indefinido no fijo en las administraciones públicas, así como en otras entidades del sector público distinta Inturjoven, con independencia del puesto.

- La puntuación obtenida en la fase de oposición.

- La puntuación obtenida en cada uno de los subapartados del baremo de méritos, en el mismo orden en que se relacionan.

- Mayor número de respuestas correctas en la fase de oposición.

- Menor número de respuestas incorrectas en la fase de oposición.

- En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se resolverá a favor de la persona aspirante que en el puesto convocado sea de un sexo que se encuentre subrepresentado.

7.3.6. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Valoración.

Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, la Comisión de Valoración publicará en la web de Inturjoven un anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes a las distintas plazas.

El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día siguiente a su publicación.

7.4. Lista definitiva de personal seleccionado.

Convocada, en su caso, la Comisión de Valoración para resolver las alegaciones a las puntuaciones, ésta publicará posteriormente en la web de Inturjoven  www.inturjoven.com/empleo la resolución de las alegaciones y la lista definitiva de personas aprobadas, con indicación de la puntuación obtenida. Al mismo tiempo se elevará como propuesta a la Dirección Gerencia de Inturjoven.

Dicha propuesta, que tendrá carácter vinculante, debe responder al orden de prelación según aquellas personas aspirantes que hubieran obtenido mayor puntuación, a las que les serán adjudicadas las plazas según la elección de éstas siguiendo el orden de puntuación obtenida de mayor a menor.

8. Anexos.

A continuación, se relacionan los anexos que acompañan a las bases de la presente convocatoria:

• Anexo I - Plazas y distribución según proceso (concurso / concurso-oposición).

• Anexo II - Características y funciones de los puestos de la convocatoria.

• Anexo III - Criterios a considerar para baremar la experiencia y formación de los puestos de la convocatoria.

ANEXO I

PLAZAS Y DISTRIBUCIÓN SEGÚN PROCESO (CONCURSO / CONCURSO-OPOSICIÓN)

CONCURSO
DENOMINACIÓN PUESTO CENTRO DE TRABAJO CÓDIGO Nº PLAZAS % JORNADA RESERV. DISCAPACIDAD FIJO DISCONTINUO
ADMINISTRATIVO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SERVICIOS CENTRALES CADSI01 1 100% NO NO
ADMINISTRATIVO DE INFRAESTRUCTURAS SERVICIOS CENTRALES CADIN01 1 100% NO NO
ADMINISTRATIVO DE COMERCIALIZACIÓN Y RESERVAS SERVICIOS CENTRALES CADCR01 1 100% NO NO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE INFRAESTRUCTURAS SERVICIOS CENTRALES CAUXIN01 1 100% NO NO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE COMERCIALIZACIÓN Y RESERVAS SERVICIOS CENTRALES CAUXCR01 1 100% NO NO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RELACIONES INSTITUCIONALES SERVICIOS CENTRALES CAUXRI01 1 100% NO NO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE SEVILLA CAYCOC15 2 100% NO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE MÁLAGA CAYCOC12 2 100% NO
AYUDANTE DE RECEPCIÓN ALBERGUE SIERRA NEVADA CAYREC16 1 100% NO
AYUDANTE DE RECEPCIÓN ALBERGUE TORREMOLINOS CAYREC17 1 100% NO
AYUDANTE DE RECEPCIÓN ALBERGUE CORTES DE LA FRONTERA CAYREC07A 1 82,29% NO NO
AYUDANTE DE RECEPCIÓN ALBERGUE CORTES DE LA FRONTERA CAYREC07B 1 82,29% DISCAPACIDAD GENERAL NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE SIERRA NEVADA CCONS16 1 100% NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE PUNTA UMBRÍA CCONS14 1 100% NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE SEVILLA CCONS15 1 100% NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE CÓRDOBA CCONS06 1 100% NO NO
DIRECTOR DE ALBERGUE ALBERGUE TORREMOLINOS CDIR17 1 100% NO NO
DIRECTOR DE ALBERGUE ALBERGUE CAZORLA CDIR04 1 100% NO NO
JEFATURA DE ÁREA ASESORÍA JURÍDICA SERVICIOS CENTRALES CJJUR01 1 100% NO NO
JEFATURA DE ÁREA RECURSOS HUMANOS SERVICIOS CENTRALES CJRRHH01 1 100% NO NO
OFICIAL DE MANTENIMIENTO ALBERGUE CÓRDOBA COFMANT06 1 100% NO
OFICIAL DE MANTENIMIENTO ALBERGUE ALMERÍA COFMANT03 1 100% NO
OFICIAL DE MANTENIMIENTO ALBERGUE JAÉN COFMANT10 1 100% NO NO
OFICIAL DE MANTENIMIENTO ALBERGUE CORTES DE LA FRONTERA COFMANT07 1 100% NO NO
PEÓN DE MANTENIMIENTO ALBERGUE JEREZ DE LA FRONTERA CPMANT11 1 100% NO
PEÓN DE MANTENIMIENTO ALBERGUE SIERRA NEVADA CPMANT16 1 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE HUELVA CPSD09 4 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE SEVILLA CPSD15A 5 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE SEVILLA CPSD15B 1 100% DISCAPACIDAD GENERAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE MÁLAGA CPSD12 4 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE PUNTA UMBRÍA CPSD14 4 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CHIPIONA CPSD05A 1 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CHIPIONA CPSD05B 1 100% DISCAPACIDAD GENERAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CHIPIONA CPSD05C 1 100% ENFERMEDAD MENTAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE SIERRA NEVADA CPSD16 6 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE AGUADULCE CPSD02 1 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE JEREZ DE LA FRONTERA CPSD11A 1 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CÓRDOBA CPSD06A 4 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CÓRDOBA CPSD06B 1 100% DISCAPACIDAD INTELECTUAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE JEREZ DE LA FRONTERA CPSD11B 2 100% NO NO
TÉCNICO MEDIO INFRAESTRUCTURAS SERVICIOS CENTRALES CTMIN01 1 100% NO NO
TÉCNICO MEDIO ECONÓMICO FINANCIERO SERVICIOS CENTRALES CTMEF01 1 100% NO NO
TÉCNICO MEDIO COMERCIALIZACIÓN Y RESERVAS SERVICIOS CENTRALES CTMCR01 1 100% NO NO
TÉCNICO MEDIO RELACIONES INSTITUCIONALES SERVICIOS CENTRALES CTMRI01 1 100% NO NO
TÉCNICO SUPERIOR DE RECURSOS HUMANOS SERVICIOS CENTRALES CTSRRHH01 1 100% NO NO
TÉCNICO SUPERIOR CALIDAD Y EVALUACIÓN SERVICIOS CENTRALES CTSCAL01 1 100% NO NO
TÉCNICO SUPERIOR COMERCIALIZACIÓN Y RESERVAS SERVICIOS CENTRALES CTSCR01 1 100% NO NO

CONCURSO OPOSICIÓN
DENOMINACIÓN PUESTO CENTRO DE TRABAJO CÓDIGO Nº PLAZAS % JORNADA RESERV. DISCAPACIDAD FIJO DISCONTINUO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE SIERRA NEVADA OPAYCOC16 2 100% NO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE ALMERÍA OPAYCOC03 1 100% NO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE GRANADA OPAYCOC08 1 100% DISCAPACIDAD GENERAL
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE HUELVA OPAYCOC09 1 100% NO
AYUDANTE DE COCINA ALBERGUE MARBELLA OPAYCOC13 1 100% NO
AYUDANTE DE RECEPCIÓN ALBERGUE CHIPIONA OPAYREC05 1 100% NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE TORREMOLINOS OPCONS17 1 100% NO
CONSERJE DE NOCHE ALBERGUE CHIPIONA OPCONS05 1 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE JAÉN OPPSD10A 2 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE JAÉN OPPSD10B 1 100% DISCAPACIDAD GENERAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE MARBELLA OPPSD13 3 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE TORREMOLINOS OPPSD17A 2 100% NO
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE TORREMOLINOS OPPSD17B 1 100% DISCAPACIDAD INTELECTUAL
PERSONAL DE SERVICIO DOMÉSTICO ALBERGUE CAZORLA OPPSD04 1 100% DISCAPACIDAD GENERAL

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