Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 29/12/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Empresas Públicas y Asimiladas

Acuerdo de 19 de diciembre de 2022, de la Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A., por el que se aprueba Oferta de Empleo ordinaria correspondiente al año 2022.

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De conformidad con el artículo 13.3 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021 (actualmente prorrogado en las condiciones del Decreto 286/2021, de 28 de diciembre), la contratación de personal con carácter indefinido de determinadas entidades instrumentales de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería en materia de regeneración, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda.

Así, la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, dispone en su artículo 19 que a lo largo del año la incorporación personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en las administraciones públicas estará sometida a los límites establecidos en la misma, determinándose que la tasa de reposición de efectivos será del 110% en los sectores prioritarios y 100% para los demás sectores. En el apartado Uno.7 del citado artículo, se establece el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de efectivos, a efectos del porcentaje máximo en cada caso. Asimismo, es su apartado Uno.6, se determina de forma expresa que no computarán dentro del límite máximo de la tasa de reposición las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

Conforme a lo anterior, y tras la tramitación por pate de Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (en adelante Sandetel) de solicitud para la contratación de 18 personas trabajadoras con contrato laboral común, incluido en convenio, por aplicación del apartado 1 del artículo 13 de la ley de presupuestos de Andalucía vigente, con fecha 11 de mayo de 2022 la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia autoriza la tasa solicitada, considerando que cumple con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, y demás normativa de concordante aplicación.

En este escenario, el presente acuerdo aprueba la Oferta de Empleo ordinaria de Sandetel para el año 2022, que asciende a 18 plazas. Estas plazas son el resultado de la aplicación de los criterios contenidos en el artículo 20.Uno, números 2, 3, en su letra O), y disposiciones adicional décima séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

La presente Oferta Contempla plazas que se destinan a reforzar su equipo humano de manera estructural, debido al aumento de los servicios a prestar en el ámbito de las infraestructuras TIC, con el objetivo de poder atender la altísima demanda de servicios y proyectos que Sandetel está recibiendo actualmente debido al proceso de transformación digital que se está abordando por parte de la Junta de Andalucía. Todo ello hace que, a pesar de contar con un equipo humano muy cualificado y comprometido, nos enfrentemos a un volumen de actividad que requiere incrementar sus recursos para abordarlo con las suficientes garantías de éxito

De este modo, en la presente oferta se incluyen plazas de personal que se dedique de forma continua a la homogeneización e implementación de todos los procesos y procedimientos ITIL, gestión de la configuración e inventario en el que se aglutinen la gestión de todas las infraestructuras y servicios TI de la administración, así como personal en el ámbito estratégico y de innovación, amén de personal en el área de control económico, dado el número y volumen de los proyectos a gestionar.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, así como en el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, se establece una reserva de plazas no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, reservando dentro del mismo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas.

Este acuerdo responde al principio de necesidad, para poder proveer de puestos que deben ser objeto de cobertura, mediante la incorporación de efectivos que mejor se ajusten a las necesidades de Sandetel, y que redundan en la Administración de la Junta de Andalucía, para un correcto funcionamiento de los servicios públicos.

También se responde con eficacia y proporcionalidad, pues la oferta que se aprueba se ha elaborado previa detección y análisis de las necesidades y contiene solo los elementos precisos para cumplir con la finalidad legalmente reservada a las ofertas de empleo público.

Esta Oferta de Empleo aporta seguridad jurídica y transparencia de cara a los futuros procesos selectivos, de modo que la ciudadanía puede conocer no solo las plazas a convocar, sino en qué áreas de actividad se desarrollan, conociendo de antemano las reglas básicas a las que se sujetarán las convocatorias. En ningún caso conlleva esta regulación restricción de derechos de las personas particulares, sino que los garantiza y trata de forma específica, de acuerdo con la legislación vigente, las situaciones que precisan de una atención o medidas singulares.

De igual forma, las convocatorias para las coberturas de vacante tendrán en cuenta la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de igualdad de género en Andalucía; y, en consecuencia, caso de mantenimiento del empate entre dos personas candidatas, se optará por la persona candidata perteneciente al sexo con menor representación en el grupo profesional correspondiente en el momento de la aprobación de esta Oferta de Empleo Público,

ACUERDA

1. El Director Gerente de Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. (en adelante Sandetel), en el ámbito de sus competencias, acuerda aprobar la Oferta de Empleo ordinaria de Sandetel correspondiente al año 2022, en los términos que se establecen en el presente acuerdo.

2. La Oferta de Empleo que aquí se aprueba para el 2022, contiene las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes y que deben proveerse mediante personal de nuevo ingreso, de acuerdo con la distribución por grupos, niveles y puestos de personal laboral, que figuran en el Anexo I.

El procedimiento de selección para la cobertura de estos puestos irá precedido de convocatoria pública en medios oficiales y del proceso de selección correspondiente, basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad, conforme a lo establecido en el art. 77 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

3. Del total de plazas que se ofertan, se reserva un cupo no inferior al 10% de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, reservando dentro de dicho cupo un porcentaje específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas con enfermedad mental que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%; siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las condiciones que se establecen en el artículo 28 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, así como en el Decreto 93/2006, de 9 de mayo.

El cupo total reservado en esta oferta es de 9 plazas y se fija atendiendo al porcentaje legalmente establecido en la normativa aplicable, del 10%, sobre la base correspondiente a las plazas que conforman esta oferta ordinaria; más las que conforman la oferta extraordinaria plazas en Sandetel determinadas mediante Decreto 90/2022, de 31 de mayo de la Junta de Andalucía para la estabilización del empleo temporal en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz para el año 2022, publicado en BOJA extraordinario número 20, de 31 de mayo de 2022; así como las plazas que se hubieran cubierto durante toda la anualidad 2022, de manera unitaria, y que por ello no hubieran generado reserva, como medio para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de discapacidad.

La reserva establecida en el apartado anterior se aplicará en los puestos de personal laboral cuyas actividades o funciones sean compatibles, en mayor medida, con la existencia de una discapacidad, según la distribución que se recoge en los Anexos I.

En caso de no cubrirse las plazas vacantes reservadas para el turno de discapacidad, se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del 10% de las plazas no cubiertas. Las plazas restantes no cubiertas serán acumuladas a las del cupo general en las respectivas convocatorias de acceso libre y/o promoción en las que se produzca dicha circunstancia.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

ANEXO I

REFERENCIA GRUPO PROFESIONAL NIVEL DENOMINACIÓN DEL PUESTO NÚMERO DE PLAZAS LUGAR DEL PUESTO JORNADA
TOTAL PLAZAS CONVOCADAS 18
GRUPO I 16
GI/01 I 24 Ingeniero/a Cloud 1 Sevilla 100%
GI/02 I 24 Ingeniero/a de Proyectos de Consolidación 1 Sevilla 100%
GI/03 I 24 Jefe de Proyectos de Implantación del Puesto de Trabajo 1 Sevilla 100%
GI/04 I 24 Jefatura de Proyecto Contact Center 012 1 Sevilla 100%
GI/05 I 24 Jefatura de Proyectos de la Red de Emergencias de la Junta de Andalucía 1 Sevilla 100%
GI/06 I 24 Soporte Técnico/a Experto/a Tecnologías LAN y WIFI 1 Sevilla 100%
GI/07 I 24 Responsable de Arquitectura y Tecnología de Puesto de Trabajo 1 Sevilla 100%
GI/08 I 24 Responsable de Proyectos de Sistemas CRM 1 Sevilla 100%
GI/09 I 24 Responsable de Transformación del Puesto de Trabajo 1 Sevilla 100%
GI/10 I 24 Ingeniero de Telecomunicaciones de la Red Corporativa de la Junta de Andalucía 1 Sevilla 100%
GI/11 I 24 Técnico/a Experto/a en Infraestructuras de CPD 1 Sevilla 100%
GI/12 I 24 Gestor/a en Procesos y Procedimientos ITIL 1 Sevilla 100%
GI/13 I 24 Consultor de telecomunicaciones 1 Sevilla 100%
GI/14 I 24 Experto en seguridad 1 Málaga 100%
GI/15 I 24 Consultor/a estratégico 1 Sevilla 100%
GI/16 I 24 Responsable de operaciones ciberseguridad 1 Málaga 100%
GRUPO II 2
GII/01 II 19 Controller económico 1 Sevilla 100%
GII/02 II 19 Técnicos/as de gestión de configuración e inventario 1 Sevilla 100%

Sevilla, 19 de diciembre de 2022.- El Director Gerente, Sergio Gómez Rojas.

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