Orden de 27 de enero de 2022, por la que se aprueba la nueva denominación específica de «Hienipa» para el Instituto de Educación Secundaria, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00255118.
El apartado 1 del artículo 20 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, establece que los institutos de educación secundaria dependientes de la Consejería competente en materia de educación tendrán la denominación específica que apruebe dicha Consejería a propuesta del Consejo Escolar del instituto.
Teniendo en cuenta el expediente de solicitud de denominación específica, remitido por la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Sevilla, y a propuesta del Director General de Planificación y Centros,
DISPONGO
Primero. Aprobar la denominación específica de «Hienipa» para el Instituto de Educación Secundaria, código 41021627, con domicilio en calle Salud Gutiérrez, s/n, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), a propuesta del Consejo Escolar del mismo.
Segundo. La denominación específica aprobada se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 27 de enero de 2022
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ | |
Consejero de Educación y Deporte |
BOJA nº 26 de 08/02/2022