Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 08/02/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 31 de enero de 2022, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la celebración del Día de Andalucía en los centros docentes de la Comunidad Autónoma Andaluza.

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El 28 de febrero de 1980 se celebró el histórico referéndum sobre la iniciativa del proceso autonómico en Andalucía, siguiendo la vía establecida en el artículo 151 de la Constitución Española, conmemorándose el cuadragésimo aniversario del mismo, el pasado año 2020. En dicha consulta los andaluces y andaluzas decidieron acerca de su derecho a tener un autogobierno pleno, consiguiéndose una participación y una movilización popular masivas. Ocho meses más tarde la propuesta del Estatuto de Andalucía fue sometida a referéndum y aprobada por el pueblo andaluz el 20 de octubre de 1981. Tras más de dos décadas de funcionamiento, en una nueva realidad social, económica y política, el primer Estatuto de Autonomía de Andalucía fue revisado y aprobado mediante referéndum el 18 de febrero de 2007.

El Estatuto de Autonomía define a Andalucía como una nacionalidad histórica que, en el ejercicio del derecho de autogobierno que reconoce el artículo 2 de la Constitución, se constituye en Comunidad Autónoma en el marco de la unidad de la nación española.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía actúa como marco legal para las instituciones autonómicas y sus competencias y legisla sobre los derechos y deberes de todos los ciudadanos y ciudadanas andaluces. En su artículo 1.2, el Estatuto propugna como valores supremos la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político para todos los andaluces y andaluzas, en un marco de igualdad y solidaridad con las demás Comunidades Autónomas de España.

Igualmente, el Estatuto establece en su artículo 10.3.3.º, como uno de los objetivos básicos sobre el que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes en defensa del interés general, el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico.

Asimismo, en su artículo 11 dispone que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma promoverán el desarrollo de una conciencia ciudadana y democrática plena, fundamentada en los valores constitucionales y en los principios establecidos en el Estatuto como señas de identidad propias de la Comunidad Autónoma.

De acuerdo con lo anterior, e independientemente de lo recogido en las programaciones y los Planes de Centro respecto a la incorporación de los contenidos que son propios de esta Comunidad Autónoma establecidos en los decretos por los que se establecen la ordenación y las enseñanzas correspondientes a cada nivel educativo, la conmemoración del Día de Andalucía estará orientada a fomentar entre el alumnado andaluz el conocimiento y la reflexión de los valores cívicos y democráticos que impregnan tanto nuestro Estatuto de Autonomía como la Constitución Española.

Por todo lo expuesto y con objeto de determinar aspectos relativos a la celebración del Día de Andalucía, y en virtud de las competencias que otorga el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa

HA DISPUESTO

Primero. Todos los centros docentes de esta Comunidad Autónoma celebrarán, con anterioridad al próximo día 28 de febrero, el Día de Andalucía.

Segundo. Anteriormente a la citada fecha los centros, en virtud de la autonomía pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, y los respectivos reglamentos orgánicos, programarán actividades para la conmemoración del Día de Andalucía con el alumnado. Dichas actividades se orientarán a promover el conocimiento y la reflexión en torno a la realidad andaluza actual con el objetivo de fomentar la participación política y social y profundizar en los principios cívicos y democráticos en los que descansa nuestra convivencia como andaluces y andaluzas.

Tercero. La programación anteriormente mencionada comprenderá actividades a realizar con el alumnado dentro del horario lectivo, sobre el Estatuto de Autonomía de Andalucía, así como sobre la cultura, la historia, la geografía, las tradiciones y los símbolos que caracterizan a nuestra Comunidad Autónoma, pudiendo tener igualmente carácter de actividades extraescolares.

Cuarto. Para las actividades indicadas en los apartados anteriores se podrá solicitar la colaboración de personalidades, para lo cual los centros docentes procurarán cooperar con ayuntamientos, instituciones y organizaciones representativas de la vida social, política y cultural de Andalucía.

Quinto. Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario para la realización de las actividades programadas por ellos.

Sexto. Los centros privados y centros privados concertados adecuarán el contenido de la presente resolución a su propia organización en consideración a la legislación específica que los regula.

No obstante lo anterior, para la organización de las actividades complementarias y extraescolares mencionadas, se tendrá en cuenta lo recogido en la instrucción decimoséptima de las Instrucciones de 13 de julio de 2021, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes y a la flexibilización curricular para el curso escolar 2021/2022, así como las medidas recogidas en el documento de Medidas de Prevención, Protección, Vigilancia y Promoción de Salud, COVID-19, Centros y Servicios Educativos docentes (no universitarios) de la Consejería de Salud y Familias. Curso 2021/2022.

Sevilla, 31 de enero de 2022.- La Directora General, Aurora M.ª A. Morales Martín.

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