Bolet铆n Oficial de la Junta de Andaluc铆a - Hist贸rico del BOJA Bolet铆n n煤mero 28 de 10/02/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejer铆a de Salud y Familias

Resoluci贸n de 31 de enero de 2022, de la Direcci贸n General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca mediante el sistema de concurso de m茅ritos, la cobertura de cinco puestos de cargo intermedio de Enfermero/a Supervisor/a en el Hospital Universitario de Ja茅n.

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La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenaci贸n de las Profesiones Sanitarias, dispone en el apartado 3 de su art铆culo 4 que los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los 谩mbitos asistencial, investigador, docente, de Gesti贸n Cl铆nica, de prevenci贸n, de informaci贸n y de educaci贸n sanitarias.

Asimismo, la citada Ley 44/2003, en su art铆culo 10, apartado 1, establece que las Administraciones sanitarias, los servicios de salud o los 贸rganos de gobierno de los centros y establecimientos sanitarios, seg煤n corresponda, establecer谩n los medios y sistemas de acceso a las funciones de gesti贸n cl铆nica a trav茅s de procedimientos en los que habr谩n de tener participaci贸n los propios profesionales, y en el apartado 2 del mismo art铆culo postula que tendr谩n la consideraci贸n de funciones de gesti贸n cl铆nica las relativas a la jefatura o coordinaci贸n de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, estableciendo tambi茅n que tales funciones podr谩n ser desempe帽adas en funci贸n de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y la adecuada capacitaci贸n. Finalmente, el apartado tercero del reiterado art铆culo 10 normativiza que el ejercicio de funciones de Gesti贸n Cl铆nica estar谩 sometido a la evaluaci贸n peri贸dica y podr谩 determinar, en su caso, la confirmaci贸n o remoci贸n del interesado en dichas funciones.

Con estos precedentes legislativos, Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisi贸n de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA n煤m. 66, de 9 de abril de 2021), incluy贸 el puesto de Enfermero/a Supervisor /a dentro del conjunto de cargos intermedios del Servicio Andaluz de Salud, estableciendo y regulando su acceso a trav茅s de lo contemplado en este.

Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del art铆culo 12.d) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura org谩nica de la Consejer铆a de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el Decreto 3/2020, de 14 de enero, esta Direcci贸n General de Personal

RESUELVE

Primero. Convocar, mediante el sistema de concurso de m茅ritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Enfermero/a Supervisor/a en el Hospital Universitario de Ja茅n.

Segundo. Aprobar las bases que regir谩n la convocatoria y el baremo que se aplicar谩 para la evaluaci贸n curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo I.

Tercero. En lo no previsto en la presente resoluci贸n, se estar谩 a lo dispuesto en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisi贸n de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA n煤m. 66, de 9 de abril de 2021).

Contra la presente resoluci贸n, que pone fin a la v铆a administrativa, podr谩 interponerse recurso potestativo de reposici贸n ante esta Direcci贸n General, en el plazo de un mes a partir de su publicaci贸n, de conformidad con lo establecido en los art铆culos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este 贸rgano, en el plazo de dos meses contados desde el d铆a siguiente al de su publicaci贸n, de conformidad con lo establecido en el art铆culo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-Administrativa.

BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE CARGO INTERMEDIO, MEDIANTE CONCURSO DE M脡RITOS, DE ENFERMERO/A SUPERVISOR/A EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE JA脡N

1. Identificaci贸n del puesto a cubrir.

1.1. Denominaci贸n: Enfermero/a Supervisor/a.

1.2. 脕mbito: Hospitalario.

1.3. Grupo de Clasificaci贸n estatutaria: Sanitario.

1.4. Grupo de escala de clasificaci贸n profesional: A2.

1.5. Nivel: 22.

1.6. Las retribuciones b谩sicas y complementarias ser谩n las establecidas en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud para el puesto convocado.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deber谩n reunir los requisitos que se se帽alan a continuaci贸n, referidos al 煤ltimo d铆a de plazo de presentaci贸n de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo y mientras dure el nombramiento:

2.1. Poseer la nacionalidad espa帽ola o la de un Estado miembro de la Uni贸n Europea o del Espacio Econ贸mico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulaci贸n de trabajadores conforme al Tratado de la Uni贸n Europea o a otros tratados ratificados por Espa帽a, o tener reconocido tal derecho por norma legal.

2.2. Estar en posesi贸n de la titulaci贸n de Diplomado Universitario Sanitario en Enfermer铆a o Grado en Enfermer铆a o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentaci贸n de solicitudes.

2.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempe帽o de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.4. Tener cumplidos 18 a帽os y no exceder de la edad de jubilaci贸n forzosa.

2.5. Podr谩 participar toda persona que est茅 previamente vinculada al Sistema Nacional de Salud, bien como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculaci贸n cl铆nica; o bien como personal funcionario o personal estatutario interino, siempre que su nombramiento temporal de interinidad se deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo.

2.6. No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administraci贸n p煤blica en los seis a帽os anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con car谩cter firme para el ejercicio de funciones p煤blicas ni, en su caso, para la correspondiente profesi贸n.

2.7. Toda persona de cualquiera de los Estados miembros de la Uni贸n Europea o del Espacio Econ贸mico Europeo, que re煤na los requisitos previstos en el punto 2.5, podr谩 participar en los procedimientos de provisi贸n que se convoquen en los t茅rminos establecidos en el art铆culo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B谩sico del Empleado P煤blico.

2.8. Formaci贸n espec铆fica para cargos intermedios en el sistema de gesti贸n de riesgos laborales, mediante la acreditaci贸n del 芦Curso espec铆fico en Prevenci贸n de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios禄, o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentaci贸n de solicitudes. A tal efecto en la p谩gina web del SAS se encuentra disponible la informaci贸n necesaria para la realizaci贸n del citado curso.

3. Solicitudes y documentaci贸n.

3.1. La presentaci贸n de las solicitudes de participaci贸n se realizar谩 utilizando la Ventanilla Electr贸nica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los art铆culos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas.

La solicitud de participaci贸n deber谩 formularse, a trav茅s de 芦la Ventanilla Electr贸nica de Profesionales禄 alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz de Salud

芦https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/禄

en la direcci贸n electr贸nica

芦https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanilla-electronica-de-profesionales/禄

cumplimentando el formulario electr贸nico correspondiente al sistema normalizado de solicitud de participaci贸n, en la que se deber谩 indicar la Ref. correspondiente al puesto al que se opte de entre las detalladas en el Anexo III.

Para realizar dicha solicitud la persona interesada deber谩 acreditarse a trav茅s de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electr贸nica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administraci贸n Tributaria AEAT o de un c贸digo de usuario y clave de acceso).

3.2. Las personas aspirantes deber谩n aportar junto con la solicitud de participaci贸n, la documentaci贸n acreditativa de los requisitos de participaci贸n que se relacionan a continuaci贸n, a trav茅s de VEC, cumplimentado el formulario electr贸nico correspondiente al sistema normalizado de aportaci贸n de requisitos.

3.2.1. Nacionalidad.

Se acreditar谩 con el DNI, pasaporte o N煤mero de Identidad Extranjero, en vigor.

En el caso de personas que posean la nacionalidad espa帽ola bastar谩 con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificaci贸n de sus datos de identidad. Se presumir谩 que la consulta u obtenci贸n es autorizada salvo oposici贸n expresa. En caso de no autorizarse la consulta, deber谩 aportarse copia del DNI en vigor.

En el caso de personas que no posean la nacionalidad espa帽ola o la de un Estado miembro de la Uni贸n Europea: deber谩 acompa帽arse copia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Uni贸n y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Uni贸n Europea con el que tengan dicho v铆nculo. En el caso de ciudadanos de la Uni贸n Europea o de Estado al que se extienda por aplicaci贸n de los Tratados Internacionales celebrados por la Uni贸n Europea y ratificados por Espa帽a el r茅gimen previsto para los anteriores, presentar谩n copia de su certificado de registro, al que deber谩n acompa帽ar asimismo copia de su Documento Nacional de Identidad o pasaporte, documentos que deber谩n estar en vigor.

3.2.2. Titulaci贸n requerida para el acceso.

Formaci贸n acad茅mica.

Las titulaciones acad茅micas, se acreditar谩n con el t铆tulo expedido por el Ministerio competente en materia de Educaci贸n o de la correspondiente Universidad. Se admitir谩 la justificaci贸n acreditativa de haberlo solicitado, acreditando el abono de los correspondientes derechos para su obtenci贸n. En el supuesto de titulaciones obtenidas fuera de Espa帽a, deber谩 aportarse la credencial de reconocimiento, homologaci贸n o validaci贸n seg煤n proceda, de la titulaci贸n expedida por el Ministerio competente en materia de Educaci贸n espa帽ol.

3.2.3. Estar previamente vinculada al Sistema Nacional de Salud

Se acreditar谩 mediante el nombramiento, en el que conste la diligencia de toma de posesi贸n, o diligencia de la 煤ltima toma de posesi贸n, que acredite su condici贸n de personal como personal estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal funcionario docente de la Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral fijo o indefinido, o personal profesor contratado doctor con vinculaci贸n cl铆nica; o bien como personal funcionario o personal estatutario interino, siempre que su nombramiento temporal de interinidad se deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo.

3.2.4. Declaraci贸n responsable de no haber sido separada del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administraci贸n P煤blica en los seis a帽os anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con car谩cter firme para el ejercicio de funciones p煤blicas, y de no estar sometido a sanci贸n disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la funci贸n p煤blica para los aspirantes que no posean la nacionalidad espa帽ola.

3.2.5. Certificaci贸n del Registro Central de Delincuentes Sexuales dependiente del Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por alg煤n delito contra la libertad e indemnidad sexual.

Bastar谩 con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificaci贸n de los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. En caso de no autorizarse la consulta, deber谩 aportarse certificaci贸n negativa en vigor del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

3.2.6. Acreditaci贸n del curso espec铆fico de prevenci贸n de riesgos laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios contemplado en el apartado 2.8.

3.2.7. La acreditaci贸n de los m茅ritos valorables alegados se realizar谩 de acuerdo con el baremo de m茅ritos, contenidos en el Anexo I que regir谩n la presente convocatoria.

3.2.8. Proyecto de Gesti贸n: Los candidatos deber谩n adjuntar junto al registro de la solicitud de inscripci贸n un Proyecto de Gesti贸n en relaci贸n al puesto al que se opta, cuyo contenido deber谩 incluir, necesariamente, todas las l铆neas de actuaci贸n: asistencial, docente, investigaci贸n e innovaci贸n, y gesti贸n del 谩rea de responsabilidad.

3.3. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. Las notificaciones se practicar谩n por medios electr贸nicos, conforme dispone el art铆culo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas, mediante comparecencia en la direcci贸n electr贸nica habilitada, para lo cual prestar谩 su conformidad para el alta en el servicio de notificaciones del sistema a disposici贸n de las Consejer铆as y entidades de la Junta de Andaluc铆a para la pr谩ctica de la notificaci贸n electr贸nica a trav茅s del canal destinado a tal efecto 芦Notificaciones de la VEC del SAS禄, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignaci贸n como en el mantenimiento de los datos personales y del correo asociados al Buz贸n Electr贸nico de dicha direcci贸n electr贸nica habilitada para la pr谩ctica de las notificaciones electr贸nicas.

Adicionalmente el 贸rgano convocante enviar谩 un aviso al dispositivo electr贸nico y/o a la direcci贸n de correo electr贸nico que la persona interesada haya comunicado, inform谩ndole de la puesta a disposici贸n de una notificaci贸n en la direcci贸n electr贸nica habilitada.

El correo electr贸nico que hayan hecho constar en la solicitud se considerar谩 el 煤nico v谩lido para la recepci贸n de los avisos a que se refiere el p谩rrafo anterior, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en la consignaci贸n de este como la falta de comunicaci贸n de cualquier cambio.

3.4. Las personas aspirantes que figuren en situaci贸n de activo en el Sistema de Informaci贸n de Personal del Servicio Andaluz de Salud (GERHONTE), o en los distintos Sistema de Informaci贸n de Personal de las Agencias P煤blicas empresariales, se acreditar谩n de oficio en la VEC, no siendo necesario, en este caso, presentar la certificaci贸n prevista en el apartado 3.2.3

3.5. Plazo de presentaci贸n: El plazo de presentaci贸n de solicitudes ser谩 de diez d铆as h谩biles, contados a partir del siguiente al de publicaci贸n de la presente resoluci贸n en el Bolet铆n Oficial de la Junta de Andaluc铆a.

4. Admisi贸n de solicitudes.

4.1. Finalizado el plazo de presentaci贸n de solicitudes, la persona titular de la Direcci贸n Gerencia del Centro Sanitario dictar谩 Resoluci贸n aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, as铆 como las causas de exclusi贸n. En dicha resoluci贸n se designar谩n los miembros que compondr谩n la Comisi贸n de Selecci贸n, de conformidad con lo previsto en el punto 6 de las bases de esta convocatoria, y ser谩 publicada en la p谩gina web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones de anuncios del Centro Sanitario.

4.2. Dicha publicaci贸n surtir谩 los efectos de la notificaci贸n, de acuerdo con el art铆culo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas, concediendo a las personas interesadas un plazo de cinco d铆as h谩biles, a partir del siguiente al de la publicaci贸n para presentar alegaciones.

Las alegaciones deber谩n presentarse a trav茅s de la VEC, cumplimentando el formulario electr贸nico correspondiente al sistema normalizado de alegaciones a los listados provisionales de admitidos y excluidos al proceso.

Para realizar la alegaci贸n la persona interesada deber谩 acreditarse a trav茅s de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electr贸nica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administraci贸n Tributaria AEAT o de un c贸digo de usuario y clave de acceso).

4.3. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las alegaciones, la persona titular de la Direcci贸n Gerencia del Centro Sanitario dictar谩 resoluci贸n declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se publicar谩 en los lugares se帽alados en el apartado 4.1.

El hecho de figurar en la relaci贸n de admitidos/as no prejuzga que se reconozca a las personas aspirantes la posesi贸n de todos los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca. Cuando de la documentaci贸n que debe presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprendiera que no poseen alguno de los requisitos, decaer谩n en todos los derechos que puedan derivar de su participaci贸n en el procedimiento.

5. Proceso selectivo.

5.1. La provisi贸n del puesto convocado se llevar谩 a cabo por el sistema de concurso de m茅ritos.

5.2. El proceso selectivo ser谩 evaluado por una Comisi贸n de Selecci贸n y consistir谩 en dos fases: evaluaci贸n curricular y de las competencias profesionales y evaluaci贸n de un Proyecto de Gesti贸n.

5.2.1. Evaluaci贸n curricular y de las competencias profesionales:

La primera fase consistir谩 en una evaluaci贸n curricular y de las competencias profesionales. Dicha evaluaci贸n se realizar谩 mediante la valoraci贸n curricular, de los aspectos asistenciales, docentes, de investigaci贸n y de gesti贸n, de acuerdo con el baremo de m茅ritos, contenidos en el Anexo I que regir谩n la presente convocatoria.

La puntuaci贸n m谩xima que se podr谩 otorgar es de 60 puntos.

La Comisi贸n de Selecci贸n rechazar谩 aquellas candidaturas de profesionales que no alcancen la puntuaci贸n m铆nima de 40% en la evaluaci贸n de este apartado.

En el caso de que ninguna de las candidaturas supere la puntuaci贸n m铆nima, la Comisi贸n propondr谩 declarar desierta la convocatoria.

5.2.2. Proyecto de Gesti贸n:

La segunda fase consistir谩 en la exposici贸n y defensa ante la Comisi贸n de Selecci贸n, por cada persona candidata que haya superado la primera fase, de su proyecto de gesti贸n relacionado con el cargo al que opta, cuyo contenido deber谩 incluir necesariamente, todas las l铆neas de actuaci贸n: asistencial, docente, investigaci贸n e innovaci贸n, y gesti贸n del 谩rea de responsabilidad para la que participe de entre las detalladas en el Anexo III de la convocatoria.

La defensa de Proyecto de Gesti贸n se realizar谩 mediante exposici贸n en un acto p煤blico, seguida de un debate con los miembros de la Comisi贸n. En la misma se valorar谩n obligadamente los siguientes aspectos clave en relaci贸n al puesto al que se opta:

a) Visi贸n, misi贸n y valores de la Unidad y su incardinaci贸n con los valores del Sistema Sanitario P煤blico de Andaluc铆a.

b) L铆neas estrat茅gicas y an谩lisis DAFO de la Unidad.

c) La cartera de servicios con especial 茅nfasis en los procesos asistenciales.

d) El an谩lisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las propuestas para su gesti贸n eficiente.

e) Los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y est谩ndares de referencia en los 谩mbitos asistenciales, docentes y de investigaci贸n e innovaci贸n.

f) La orientaci贸n a resultados en las diferentes l铆neas de producci贸n de la Unidad.

g) Las propuestas para materializar una participaci贸n ciudadana efectiva.

h) La gesti贸n de la calidad y su acreditaci贸n.

i) Las propuestas para liderar grupos, delegar, generar equipo y propiciar la gesti贸n participativa.

j) La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.

La exposici贸n del Proyecto de Gesti贸n ser谩 p煤blica, siendo secretas las deliberaciones de la Comisi贸n de Selecci贸n. La puntuaci贸n m谩xima que otorgar ser谩 de 40 puntos.

Este apartado se valorar谩 entre 0 y 40 puntos mediante informe motivado de la comisi贸n sobre el impacto que las l铆neas de actuaci贸n: asistencial, docente, investigaci贸n e innovaci贸n, y gesti贸n del 谩rea de responsabilidad puede suponer en relaci贸n con los resultados del puesto al que se opta.

Finalizada la exposici贸n de las personas candidatas, la Comisi贸n de Selecci贸n recabar谩 informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categor铆a y en su caso especialidad que hubieran asistido a la defensa p煤blica del proyecto de gesti贸n. Dichas valoraciones ser谩n conservadas en sobre cerrado y custodiadas por el secretario hasta que por parte de la comisi贸n se haya procedido a la evaluaci贸n del proyecto de gesti贸n.

Una vez realizada la valoraci贸n del proyecto de gesti贸n por la Comisi贸n de Selecci贸n, esta incorporar谩 la valoraci贸n otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad, que se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La Comisi贸n de Selecci贸n solo podr谩 integrar en la valoraci贸n las puntuaciones otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categor铆a y, en su caso, especialidad que hayan sido suficientemente motivadas.

b) La media de dichas puntuaciones se incorporar谩 a la evaluaci贸n final que haga la Comisi贸n de Selecci贸n, representando el 20% de la misma.

b.1) En el supuesto que la participaci贸n de los profesionales adscritos a la Unidad sea inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros de la misma categor铆a y, en su caso, especialidad, la Comisi贸n de Selecci贸n no podr谩 incorporar dicha valoraci贸n al resultado final de la misma.

b.2) Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participaci贸n sea igual o superior al 20% de los miembros de la misma categor铆a y, en su caso, especialidad, pero el n煤mero sea inferior a 5, el peso de la puntuaci贸n de la misma la evaluaci贸n final que haga la Comisi贸n de Selecci贸n, representar谩 el 10 % de la misma.

6. Comisi贸n de Selecci贸n.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el art铆culo 11 del Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se regula el sistema de provisi贸n de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composici贸n de la Comisi贸n de Selecci贸n ser谩 la siguiente:

6.1.1. Presidencia: Ser谩 desempe帽ada por la persona titular de la Direcci贸n Gerencia del Hospital Universitario de Ja茅n.

6.1.2. Vocal铆as designadas por la persona que ejerza la Presidencia.

6.1.3. La Secretar铆a ser谩 desempe帽ada por la persona que tenga encomendada la gesti贸n de los recursos humanos del centro sanitario, que actuar谩 con voz pero sin voto.

6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designar谩 a su suplente, a las personas suplentes para las Vocal铆as y para la Secretar铆a. La Junta de Personal, y en su caso la Junta de Enfermer铆a y la Sociedad Cient铆fica deber谩n tambi茅n proponer a las personas a designar como suplentes. Las personas que se designen como suplentes deber谩n reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que sustituyan.

6.3. Las personas que ocupen las vocal铆as de la Comisi贸n de Selecci贸n, as铆 como sus suplentes, deber谩n estar en posesi贸n de una titulaci贸n de igual o superior nivel acad茅mico que la exigida para el acceso al puesto convocado.

6.4. La Composici贸n de la Comisi贸n de Selecci贸n respetar谩 el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos est茅 representado en m谩s del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.

7. Nombramiento.

7.1. La Comisi贸n de Selecci贸n elevar谩 a la persona titular de la Direcci贸n Gerencia del Centro Sanitario la propuesta de resoluci贸n provisional del concurso, con indicaci贸n de la puntuaci贸n obtenida por cada una de las personas concursantes.

7.2. La Direcci贸n Gerencia del Centro Sanitario dictar谩 resoluci贸n provisional, que ser谩 publicada en la p谩gina web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones de anuncios de dicho Centro.

7.3 Dicha publicaci贸n surtir谩 los efectos de la notificaci贸n, de acuerdo con el art铆culo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas, concediendo a los interesados un plazo de quince d铆as naturales a contar desde el d铆a siguiente a la publicaci贸n de la misma para presentar alegaciones.

7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las alegaciones, la persona titular de la Direcci贸n Gerencia del Centro Sanitario dictar谩 resoluci贸n definitiva del concurso y se proceder谩 al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido mayor puntuaci贸n. Dicha resoluci贸n definitiva se publicar谩 en la p谩gina web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dar谩 publicidad en el Bolet铆n Oficial de la Junta de Andaluc铆a.

7.5. Contra esta resoluci贸n cabe interponer recurso de alzada ante la Direcci贸n General competente en materia de Personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los art铆culos 121 y 122 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com煤n de las Administraciones P煤blicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el d铆a siguiente de su publicaci贸n, conforme a lo establecido en el art铆culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci贸n Contencioso-Administrativa.

El recurso de alzada en v铆a administrativa deber谩 presentarse a trav茅s de medios electr贸nicos, debiendo formularse trav茅s de la VEC, cumplimentando el formulario electr贸nico correspondiente al sistema normalizado de recursos en v铆a administrativa del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizar谩 de la veracidad de los documentos adjuntados.

Para realizar dicho recurso la persona interesada deber谩 acreditarse a trav茅s de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electr贸nica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida por la Agencia Estatal de Administraci贸n Tributaria AEAT o de un c贸digo de usuario y clave de acceso).

8. Funciones a desarrollar.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona designada, realizar谩, adem谩s, las funciones asistenciales propias de su categor铆a, las funciones de planificaci贸n, ejecuci贸n y control de la actuaci贸n de los equipos de trabajo de car谩cter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones necesarias conducentes a la consecuci贸n de las metas, objetivos y resultados establecidos por la Consejer铆a competente en materia de Salud, asignados al Servicio Andaluz de Salud a trav茅s del contrato programa previsto en las leyes del presupuesto de la Comunidad Aut贸noma, o por los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.

Bajo la dependencia jer谩rquica de la Direcci贸n Asistencial correspondiente, y, en su caso, bajo la dependencia org谩nica y funcional de la direcci贸n o jefatura del servicio o unidad, adem谩s de las funciones asistenciales propias de su categor铆a profesional, los cargos intermedios responsables de la gesti贸n de los recursos humanos y materiales y de los servicios asistenciales de los dispositivos asistenciales a ellos adscritos, desarrollar谩n las funciones que de forma no exhaustiva se describen en el Anexo II.

ANEXO I

BAREMO DE M脡RITOS PROFESIONALES

1. M茅ritos asistenciales (m谩ximo 40 puntos).

1.1. Experiencia profesional.

1.1.1. La experiencia en el desempe帽o de Direcci贸n de Unidades de Gesti贸n Cl铆nica (UGC), Jefatura de Servicio, Jefatura de Secci贸n, Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermer铆a, mediante concurso p煤blico, se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por a帽o hasta un m谩ximo de 10 puntos.

La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Direcci贸n Gerencia del centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones peri贸dicas,

1.1.2. La experiencia en el desempe帽o de las funciones propias de la categor铆a profesional y en su caso especialidad exigida para el acceso a la plaza convocada se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios: 2 puntos por a帽o hasta un m谩ximo de 10 puntos.

Los periodos de servicios prestados de los apartados 1.1.1 y 1.1.2 que se solapen son excluyentes entre s铆, puntuando los de mayor valor.

1.2. Acreditaci贸n de competencias profesionales a trav茅s de esquemas de certificaci贸n de profesionales certificada por una entidad de certificaci贸n acreditada por un organismo de acreditaci贸n reconocido como Organismo Nacional de Acreditaci贸n, en aplicaci贸n del Reglamento (CE) n煤m. 765/2008, que regula el funcionamiento de la acreditaci贸n en Europa, hasta un m谩ximo de 10 puntos, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Nivel avanzado o equivalente: 5 puntos.

b) Nivel experto o equivalente: 7,5 puntos.

c) Nivel excelente o equivalente: 10 puntos.

Se acreditar谩n mediante la presentaci贸n de los documentos que figuran a continuaci贸n:

a) Si la certificaci贸n es emitida por un 贸rgano de la administraci贸n p煤blica competente de la acreditaci贸n de competencias profesionales, certificaci贸n emitida por el 贸rgano competente de la acreditaci贸n de competencias profesionales con indicaci贸n de las fechas de inicio y fin de vigencia y las categor铆as o, en su caso, especialidades a que se refiere.

b) Si la certificaci贸n es emitida por una entidad de derecho privado certificada por un organismo de acreditaci贸n reconocido como Organismo Nacional de Acreditaci贸n, en aplicaci贸n del Reglamento (CE) n煤m. 765/2008, certificaci贸n emitida por el titular de dicha entidad, a la que deber谩 acompa帽ar la certificaci贸n emitida por el Organismo Nacional de Acreditaci贸n en la que conste el alcance de la acreditaci贸n y que esta comprende las categor铆as o, en su caso, especialidades a que se refiere.

1.3. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC o el Servicio en el que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:

a) 1 punto por a帽o si el cumplimiento est谩 entre 70% y 80%, hasta un m谩ximo de 5 puntos.

b) 2 puntos por a帽o si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un m谩ximo de 10 puntos.

Se contabilizar谩 a partir de los acuerdos de gesti贸n de los 煤ltimos 5 a帽os.

1.4. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC o del Servicio en el que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de correcci贸n, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:

a) 0,5 puntos por a帽o si el cumplimiento est谩 entre 65% y 70%, hasta un m谩ximo de 2,5 puntos.

b) 1 punto por a帽o si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un m谩ximo de 5 puntos.

Se contabilizar谩 a partir de los acuerdos de gesti贸n de los 煤ltimos 5 a帽os y para tiempos inferiores a un a帽o, de forma proporcional.

1.5. Direcci贸n Asistencial, Subdirecciones Asistenciales y Direcciones de Planes Integrales y/o Estrat茅gicos, con nombramiento al efecto, habiendo alcanzado los objetivos planteados, todo ello acreditado por la Direcci贸n Gerencia del centro correspondiente o del responsable superior en la Consejer铆a de Salud o el Servicios Andaluz de Salud, se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 10 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:聽2 puntos por a帽o.

Los periodos de servicios prestados definidos en este apartado que se solapen con los definidos en el apartado 1.1 son excluyentes entre s铆, puntuando los de mayor valor.

1.6. Por formar parte de las distintas Comisiones Cl铆nicas, de Docencia, de Formaci贸n Continuada y Comisiones T茅cnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios p煤blicos o en los servicios centrales u 贸rganos equivalentes de los Servicios, de Salud, Consejer铆as /Ministerios competentes en materia de Sanidad, se valorar谩n, de acuerdo con los siguientes criterios: 0,25 puntos por cada a帽o, hasta un m谩ximo de 2,5 puntos.

Se acreditar谩n mediante la presentaci贸n de la certificaci贸n firmada por el Director Asistencial, y en la que conste expresamente el n煤mero anual de sesiones de las Comisiones a la que ha asistido y la actividad que ha desempe帽ado en la misma.

Para puestos de Enfermero/a supervisor/a, tendr谩n la misma consideraci贸n las comisiones y grupos de trabajo derivados de la Estrategia de Cuidados de Andaluc铆a.

A estos efectos la Secretar铆a de las distintas Comisiones definidas anteriormente tendr谩n la misma consideraci贸n.

1.7. Responsable de Calidad Asistencial del Centro: 1 punto por a帽o, hasta un m谩ximo de 5 puntos.

Se acreditar谩n mediante la presentaci贸n de la certificaci贸n firmada por el Director Asistencial, y en la que conste expresamente la actividad que ha desempe帽ado como responsable de la misma.

2. M茅ritos derivados de la docencia (m谩ximo 15 puntos).

2.1. Actividades docentes: hasta un m谩ximo de 9 puntos.

Se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios:

a) En gesti贸n cl铆nica, organizaci贸n sanitaria y/o calidad asistencial, gesti贸n de cuidados, gesti贸n asistencial, gesti贸n de personal y prevenci贸n de riesgos laborales, gesti贸n de la suministros, log铆stica, aprovisionamiento y contrataci贸n administrativa, gesti贸n de instalaciones y equipamiento: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente.

b) En el 谩rea de conocimiento de la categor铆a y en su caso especialidad y/o l铆nea de la actividad profesional que se realiza: 0,3 puntos por cada 10 horas como docente.

S贸lo ser谩n evaluables estos m茅ritos cuando se traten de actividades acreditadas por alguno de los 贸rganos que integran el Sistema de Acreditaci贸n de Formaci贸n Continuada en el Sistema Nacional de Salud.

2.2. Tutor de la formaci贸n sanitaria especializada en la categor铆a profesional a la que pertenece la especialidad correspondiente en los 煤ltimos diez a帽os: 0,5 puntos por a帽o.

2.3. Jefe de Estudios y Responsable de Formaci贸n: 1 punto por a帽o.

2.4. Supervisi贸n y formaci贸n de investigadores, tales como tutor铆a de la formaci贸n en programas contratos de investigaci贸n promovidos mediante convocatoria p煤blica por el Gobierno de Espa帽a, de las Comunidades Aut贸nomas o de la Uni贸n Europea para la para la contrataci贸n laboral de personal investigador, Juan Rod茅s, R铆o Hortega, Sara Borrell, Miguel Servet, Nicolas Monarde, Maria Castellano y los derivados de convocatorias para la incorporaci贸n de profesionales investigadores posdoctorales a grupos de los centros sanitarios y de investigaci贸n del SNS, 2 puntos por a帽o, hasta un m谩ximo de 6 puntos.

2.5. Profesor/a de Universidad (el 铆tem con mayor puntuaci贸n excluye a los otros): m谩ximo 6 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Tutor/a cl铆nico, tutor/a de pr谩cticas profesionales o Profesor/a asociado con plaza concomitante en la categor铆a profesional a la que pertenece: 0,5 puntos por a帽o hasta un m谩ximo de 5 puntos.

b) Profesor/a Titular o Profesor/a Contratado Doctor con plaza vinculada en la especialidad: 1 punto por a帽o hasta un m谩ximo de 5 puntos.

c) Catedr谩tico/a con plaza vinculada en la especialidad: 1,5 puntos por a帽o hasta un m谩ximo de 5 puntos.

2.6. Otra docencia universitaria: hasta un m谩ximo de 3 puntos.

Se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Por impartir cr茅ditos de formaci贸n universitaria de post-grado: 0,15 puntos por cada 10 horas, hasta un m谩ximo de 1,5 puntos.

b) Tutor铆a de trabajos de fin de m谩steres oficiales: 0,15 puntos por cada alumno tutelado, hasta un m谩ximo de 1,5 puntos.

2.7. Otra docencia no universitaria: hasta un m谩ximo de 5 puntos.

Tutor/a laboral de pr谩cticas, en Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejer铆as de Salud de las Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios P煤blicos de pr谩cticas en virtud de un Convenio o Acuerdo de Colaboraci贸n para la realizaci贸n de pr谩cticas acad茅micas externas del alumnado de titulaciones no sanitarias dirigidas a centros docentes p煤blicos o concertados no universitarios dependientes de la Consejer铆a de Educaci贸n que imparten ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional correspondiente a la categor铆a profesional a la que pertenece: 0,5 puntos por a帽o.

3. M茅ritos cient铆ficos (m谩ximo 30 puntos).

3.1. Formaci贸n: hasta un m谩ximo de 9 puntos.

Se valorar谩n de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Grado de doctor o, en caso de diplomados, m谩ster oficial compatible con acceso al doctorado: 5 puntos.

b) Formaci贸n cient铆fica posdoctoral en un centro de prestigio internacional, diferente a aquel en el que se realiz贸 la tesis doctoral: 1 punto por cada 6 meses, hasta un m谩ximo de 5 puntos.

c) Formaci贸n en investigaci贸n programas de investigaci贸n promovidos mediante convocatoria p煤blica por el Gobierno de Espa帽a, de las Comunidades Aut贸nomas o de la Uni贸n Europea para la para la contrataci贸n laboral de personal investigador, Juan Rod茅s, R铆o Hortega, Sara Borrell, Miguel Servet, Nicolas Monarde, Maria Castellano y los derivados de convocatorias para la incorporaci贸n de investigadores posdoctorales a grupos de los centros sanitarios y de investigaci贸n del SNS: 3 puntos.

3.2. Actividad en I+D+I: hasta un m谩ximo de 30 puntos.

3.2.1. Publicaciones en revistas cient铆ficas.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 20 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Se considerar谩n exclusivamente las publicaciones incluidas en el Science Citation Index (SCI). El factor de impacto ser谩 el correspondiente al de la 煤ltima edici贸n disponible en la ISI Web of Knowledge del Journal Citation Reports.

b) Se valorar谩 el orden de autores dentro de la publicaci贸n: El primer y 煤ltimo autor/a se puntuar谩n seg煤n el factor de impacto (FI) de la revista; el segundo autor/a con el 60% de la puntuaci贸n del FI, el tercer autor/a con el 40%; y el resto de autores con el 20% del FI. Se igualar谩 el valor del segundo autor/a al del primero cuando se indique que los dos primeros autores han contribuido igualmente al manuscrito. No se valorar谩n como autores de una publicaci贸n los mencionados en un 铆ndice de autores en el ap茅ndice.

c) Cuando por un mismo puesto compitan profesionales con l铆neas de investigaci贸n en 谩reas de conocimiento diferentes se ponderar谩 cada revista seg煤n el decil/cuartil que ocupa dentro de su especialidad.

3.2.2. Proyectos de investigaci贸n.

La participaci贸n en Proyectos de investigaci贸n con financiaci贸n competitiva financiados por agencias p煤blicas, se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 10 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Como investigador/a principal en proyectos de car谩cter internacional o Supranacional (Uni贸n Europea u Organismos Internacionales P煤blicos o intergubernamentales), promovidos o impulsados por el Gobierno de Espa帽a o por consorcios internacionales relacionados con la participaci贸n espa帽ola en programas de cooperaci贸n tecnol贸gica: 3 puntos.

b) Como investigador/a principal en proyectos de car谩cter nacional promovidos o impulsados por el Gobierno de Espa帽a: 1,5 puntos.

c) Como investigador/a principal en proyectos de car谩cter auton贸mico promovidos o impulsados por los gobiernos de las CC.AA.: 0,5 puntos.

d) La participaci贸n como investigador/a colaborador/a se valorar谩 con el 25% de la puntuaci贸n asignada al investigador/a principal.

3.2.3. Ensayos cl铆nicos.

La participaci贸n en Ensayos cl铆nicos (fases I y II, y ensayos cl铆nicos independientes): se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 4 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Participaci贸n Como investigador/a principal en ensayos cl铆nicos en fase I y ensayos cl铆nicos independientes: 1,5 puntos.

b) Participaci贸n Como investigador/a principal en ensayos cl铆nicos en fase II: 1 punto.

c) Tendr谩 la consideraci贸n de investigador/a principal en ensayos cl铆nicos en fase I el responsable nacional o internacional del ensayo cuando son multic茅ntricos o el responsable local cuando es unic茅ntrico.

d) La participaci贸n como investigador/a colaborador/a se valorar谩 con el 25% de la puntuaci贸n asignada al investigador/a principal.

3.2.4 Transferencia de tecnolog铆as y conocimiento.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 8 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) En explotaci贸n: 5 puntos.

b) Solicitada y registrada: 1,5 puntos.

3.2.5. Gesti贸n de la I+D+I: hasta un m谩ximo de 9 puntos.

Se valorar谩n, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Cargos unipersonales de gesti贸n cient铆fica en la administraci贸n estatal o auton贸mica (Subdirector en el ISCIII; Director de planes de investigaci贸n): 2,5 puntos por a帽o.

b) Cargos unipersonales de gesti贸n cient铆fica en la administraci贸n estatal o auton贸mica (responsables y adjuntos de 谩reas de la Agencia Nacional de Evaluaci贸n y Prospectiva, responsables y miembros de las Comisiones de Evaluaci贸n del Fondo de Investigaci贸n Sanitaria o del Plan Nacional o de agencias similares de 谩mbito auton贸mico): 1 punto por a帽o.

c) Cargos unipersonales de gesti贸n de la I+D+I en instituciones p煤blicas o privadas (Director, en Centros de Investigaci贸n Biom茅dica o Institutos de Investigaci贸n): 2 puntos por a帽o.

d) Cargos unipersonales de gesti贸n de la I+D+i en instituciones p煤blicas o privadas (Vicedirector y responsables de 谩reas en Centros de Investigaci贸n Biom茅dica o Institutos de Investigaci贸n): 0,5 puntos por a帽o.

e) Coordinadores nacionales de estructuras estables de investigaci贸n (RETICS, CIBER, CAIBER): 2 puntos por a帽o.

f) Coordinadores de grupos o nodos en estructuras estables de investigaci贸n (RETICS, CIBER, CAIBER): 1 punto por a帽o.

g) Responsables de grupos de investigaci贸n oficiales con financiaci贸n competitiva (PAIDI y otras instituciones de investigaci贸n): 1 punto por a帽o.

3.2.6. Otros m茅ritos.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 5 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Por cada tesis doctoral dirigida: 0,5 puntos.

b) Participaci贸n en grupos de investigaci贸n estables (PAIDI y otras instituciones de investigaci贸n): 0,5 puntos por a帽o.

c) Premios cient铆ficos unipersonales de 谩mbito regional: 0,5 puntos.

d) Premios cient铆ficos unipersonales de 谩mbito nacional: 1 punto.

e) Premios cient铆ficos unipersonales de 谩mbito internacional: 2 puntos.

f) Miembro de Comit茅s editoriales de revistas incluidas en el Science Citation Index (SCI): 0,5 puntos.

g) Evaluador de art铆culos cient铆ficos de revistas incluidas en el Science Citation Index (SCI): 0,25 puntos por a帽o.

4. M茅ritos derivados de la formaci贸n recibida (m谩ximo 5 puntos).

4.1. Estancias formativas en el 谩rea de conocimiento de la especialidad.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 5 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Por cada seis meses de estancia en un centro extranjero mediante beca de ampliaci贸n de estudios o similar: 3 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un mes, la puntuaci贸n se calcular谩 proporcionalmente a su duraci贸n.

b) Por cada seis meses de estancia en un centro nacional mediante beca de ampliaci贸n de estudios o similar: 2 puntos. Para estancias menores, nunca inferiores a un mes, la puntuaci贸n se calcular谩 proporcionalmente a su duraci贸n.

4.2. Estudios de maestr铆a y experto.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 5 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Por cada m谩ster universitario relacionado con el 谩rea de conocimiento de la especialidad del puesto que se convoca: 2,5 puntos.

b) Por cada diploma de experto universitario relacionado con el 谩rea de conocimiento de la especialidad del puesto que se convoca: 1,5 puntos.

4.3. Actividades formativas.

Se valorar谩n, hasta un m谩ximo de 5 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

a) En gesti贸n cl铆nica, organizaci贸n sanitaria, calidad asistencial, y medicina o cuidados basados en la evidencia. Por cada cr茅dito obtenido como discente: 0,15 puntos.

b) En el 谩rea de conocimiento de la especialidad y/o l铆nea de la actividad profesional que realiza. Por cada cr茅dito obtenido como discente: 0,10 puntos.

c) S贸lo ser谩n evaluables estos m茅ritos cuando se traten de actividades acreditadas por alguno de los 贸rganos que integran el Sistema de Acreditaci贸n de Formaci贸n Continuada en el Sistema Nacional de Salud.

ANEXO II

FUNCIONES A DESARROLLAR

a) Impulsar la gesti贸n de las actividades y procesos asistenciales, incorporando las actividades de promoci贸n de la salud, de educaci贸n para la salud y de prevenci贸n de la enfermedad.

b) Organizar la atenci贸n a los pacientes que deban ser atendidos en la unidad.

c) Evaluar la efectividad, la calidad y la eficiencia de la atenci贸n, que se prestan en la unidad, proponiendo las medidas de mejora m谩s adecuadas.

d) Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigaci贸n desarrolla la unidad.

e) Gestionar, de forma eficaz y eficiente, el material cl铆nico los productos sanitarios necesarios para la provisi贸n de la atenci贸n a la poblaci贸n de la unidad.

f) Proponer a la Direcci贸n o jefatura de la unidad o servicio cuantas medidas, iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento de la unidad.

g) Cualesquiera otras funciones que en su 谩mbito funcional le sean atribuidas por Direcci贸n o jefatura de la de la unidad o servicio.

ANEXO III

RELACI脫N DE PUESTOS CONVOCADOS DE ENFERMEROS/AS

SUPERVISOR/AS EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE JA脡N

- Enfermero/a Supervisor/a Ref. 5181 (Urgencias)

- Enfermero/a Supervisor/a Ref. 5305 (General)

- Enfermero/a Supervisor/a Ref. 5306 (Urgencias Pedi谩tricas)

- Enfermero/a Supervisor/a Ref. 5450 (Urolog铆a)

- Enfermero/a Supervisor/a Ref. 5497 (Aparato Digestivo)

Sevilla, 31 de enero de 2022.- El Director General, Manuel Alberto Fern谩ndez Rodr铆guez.

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