Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el programa de apoyo a las mujeres en los ámbitos rural y urbano, regulado en el Capítulo III, del Título I, Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

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BDNS: 610243.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se efectúa convocatoria de subvenciones públicas para el año 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, del Programa de Apoyo a las Mujeres en los Ámbitos Rural y Urbano, establecido en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades, definidas en el artículo 32 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía:

a) Las Corporaciones Locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, con una población preferentemente inferior a 5.000 habitantes. Asimismo, podrán ser beneficiarias las entidades locales supramunicipales, que atiendan a mujeres residentes preferentemente en municipios con una población inferior a 5.000 habitantes.

b) Las entidades del sector público andaluz y Agencias vinculadas o dependientes de la Administración andaluza.

c) Las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten experiencia en la realización de acciones dirigidas al acompañamiento de personas desempleadas ajustado a su perfil de empleabilidad en procesos de inserción laboral por cuenta ajena o propia. En todo caso, se atenderá a mujeres residentes en municipios preferentemente de menos de 5.000 habitantes.

Tercero. Objeto.

El Programa de Apoyo a Mujeres en los Ámbitos Rural y Urbano tiene por objeto promover la atención personalizada a las mujeres de áreas rurales y urbanas y se desarrollará a través de su participación en itinerarios individualizados que combinen acciones de diferente naturaleza, tales como orientación laboral, asesoramiento, información, formación, adquisición de competencias y habilidades transversales, inserción laboral y acompañamiento en el empleo, su capacitación e inserción laboral, fortaleciendo al tiempo la igualdad efectiva y la no discriminación en el acceso al empleo.

Cuarto. Bases Reguladoras.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.

Quinto. Cuantía.

Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119.2.j) del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por una cuantía máxima de dieciséis millones doscientos veinticuatro mil ochocientos noventa y tres euros (16.224.893 euros) y con cargo al programa presupuestario 32L, para el ejercicio 2022, distribuido en las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimado:

Partidas Presupuestaria Código de Financiación Importe Partidas (€) Importe Total Línea (€)
1039180000 G/32L/44200/00 MR08230203 325.000 16.224.893
1039180000 G/32L/46000/00 MR08230203 3.250.000
1039180000 G/32L/48000/00 MR08230203 12.649.893

2. Se establece la distribución de los créditos atendiendo al ámbito territorial y/o funcional de competitividad provincial, de acuerdo a las siguientes cuantías:

ÁMBITO TERRITORIAL Y/O DE COMPETITIVIDAD PROVINCIAL
Almería 1.262.079€
Cádiz 584.866€
Córdoba 2.336.898€
Granada 2.821.721€
Huelva 1.775.119€
Jaén 2.542.114€
Málaga 2.311.246€
Sevilla 2.590.850€
TOTAL 16.224.893€

Porcentaje máximo de la subvención: 100%.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de la subvención convocada, será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, que regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

La presente convocatoria estará abierta durante el plazo establecido para la presentación de las solicitudes. En el supuesto que antes de finalizar el citado plazo se agotase el crédito establecido en el artículo 3 del decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes de la línea de subvención afectada por el agotamiento del crédito.

Séptimo. Otros datos.

Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo normalizado que acompaña al presente extracto, y estarán disponible en la Ventanilla Electrónica Servicio Andaluz de Empleo, a través de la siguiente dirección electrónica:

https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/

El Director-Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

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