Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 22/02/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 16 de febrero de 2022, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica adenda de prórroga al convenio específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en materia de formación.

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Con fecha 3 de febrero de 2022 se ha suscrito adenda de prórroga al convenio específico entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía en materia de formación.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de dicha adenda, como anexo a la presente resolución.

Sevilla, 16 de febrero de 2022.- La Directora, María del Mar Caraza Cristín.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA AGENCIA DE GESTIÓN AGRARIA  Y PESQUERA DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE FORMACIÓN

REUNIDOS

De una parte, doña María del Mar Caraza Cristín, Directora del Instituto Andaluz de Administración Pública, nombrada por Decreto 182/2021, de 15 de junio (BOJA núm. 116, de 18 de junio de 2021), en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.g) de los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, modificado por Decreto 98/2014, de 10 de junio.

De otra parte, don José Carlos Álvarez Martín, Director Gerente de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, con CIF Q4100797B, en virtud del Decreto 144/2021, de 13 de abril (BOJA núm. 71, de 16 de abril), por el que se dispone su nombramiento y de las facultades que le confiere el artículo 16.1.k) del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la citada entidad y modificado por Decreto 538/2012, de 28 de diciembre, con domicilio social en C/ Bergantín, 39, 41012, Sevilla.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y suscribir la presente adenda de prórroga al convenio específico firmado entre ambas entidades el 21 de febrero de 2020 y a tal efecto

EXPONEN

1. Que el Instituto Andaluz de Administración Pública, (en adelante, el Instituto), de conformidad con el artículo 4.2.m) de sus Estatutos, aprobados por Decreto 277/2009, de 16 de junio, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar con otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del personal y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a las Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en Andalucía». Y de conformidad con el artículo 19.2 de los citados Estatutos, el asesoramiento y colaboración en la formación de las entidades instrumentales de la Junta de Andalucía se llevará a cabo en los términos previstos en el contrato, convenio de colaboración o encomienda de gestión que a tal efecto se suscriba entre el Instituto y la respectiva entidad, en el que se contemplará, en su caso, la compensación económica a abonar por la colaboración prestada.

2. Que la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, (en adelante la Agencia), se configura como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2 c) y reguladas en los artículos 71 a 74 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, para la realización de sus fines institucionales en régimen de autonomía de gestión y adscrita a la Consejería o Consejerías que se establezcan por el Consejo de Gobierno. La Agencia de personalidad jurídica pública diferenciada y plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión en los términos previstos en la citada ley. Y en virtud del artículo 8 de sus Estatutos, podrá ejercer relaciones interadministrativas desarrollando sus actividades mediante convenios de colaboración, cooperación y coordinación con otras Administraciones o entidades.

3. Que ambas partes suscribieron con fecha 6 de abril de 2018 un convenio que ha servido de marco para la consecución de fines comunes y la realización de actividades conjuntas en relación con la formación y selección de personal, así como en relación con la evaluación de la calidad, eficiencia y desempeño de los servicios públicos y evaluación de programas y políticas públicas.

4. Que con fecha 29 de noviembre de 2018 las partes suscribieron, con base en la cláusula segunda del antes referido convenio marco de cooperación, un convenio específico el cual determinaba, en su cláusula primera, como objetivo del mismo, articular la colaboración entre ambas partes con el fin de posibilitar la planificación, desarrollo y evaluación de la formación tanto del personal laboral no incluido en el ámbito de actuación directa del Instituto, esto es el personal laboral no incluido en el ámbito del Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, como del personal directivo de la Agencia, así como el desarrollo de sus capacidades. Y donde se establecía como principal actuación de dicha colaboración, la cesión de los contenidos de las actividades formativas online incluidas en el Plan de formación del Instituto relacionadas en el Anexo I del convenio. La vigencia del citado convenio finalizó el 31 de diciembre de 2019.

5. Que con fecha 21 de febrero de 2020 ambas entidades suscribieron un nuevo convenio específico de colaboración con una vigencia de dos años desde la firma, estableciéndose en su cláusula sexta la posibilidad de prórroga por acuerdo unánime de las partes hasta un máximo de cuatro años, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto. Dado el grado de satisfacción con la ejecución y el desarrollo de dicho convenio, ambas partes consideran proceder a su prórroga.

Por todo ello, ambas partes deciden adoptar la siguiente adenda, que se desarrolla con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años del convenio específico entre la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía y el Instituto Andaluz de Administración Pública para la colaboración mediante la cesión de los contenidos de las actividades formativas online incluidas en el Plan de formación del Instituto y relacionadas en el anexo I del convenio. Por lo tanto, los efectos de la presenta adenda a este convenio específico se extenderán desde el 21 de febrero de 2022 al 20 de febrero de 2026.

Segunda. El presente convenio específico obligará a las partes por el plazo especificado en el apartado anterior y en los mismos términos establecidos en aquel.

Tercera. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio específico será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asimismo, de conformidad con el principio de publicidad activa para los convenios de colaboración, previsto en el artículo 15.b) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, ambas partes se comprometen a publicar los datos de este convenio legalmente exigidos en sus respectivos portales de transparencia.

Y en prueba de conformidad, firman digitalmente la presente adenda. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública, la Directora, Fdo.: María del Mar Caraza Cristín; por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, el Gerente, Fdo.: José Carlos Álvarez Martín.

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