Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Ardales (Málaga).

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(014/2021/SIM).

De conformidad con la propuesta elaborada por la Jefatura del Servicio de Régimen Jurídico, la cual se transcribe a continuación:

«El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Ardales ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 11 de noviembre de 2021, el Pleno del Ayuntamiento de Ardales acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la aprobación definitiva de la bandera municipal con la siguiente descripción:

Bandera: “Bandera rectangular dividida perpendicularmente en 3 partes iguales. Los dos extremos a su vez se dividen en 3 franjas, siendo dos de color verde y una blanca del mismo tamaño.

La parte central es una franja blanca.

En el centro geométrico se inserta una reproducción del escudo heráldico, reducido a la escala apropiada.

Al escudo, saliendo desde la parte inferior a éste, salen dos ramas para abrigarlo, haciendo forma de cuna. Una rama es de almendro en flor y otra de olivo.”

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 30 de diciembre de 2021, se solicitó por esta Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17, y de conformidad con el artículo 18, ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.»

Esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Ardales (Málaga), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Ardales (Málaga) en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo municipal.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de febrero de 2022.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

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