Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Corrección de errores de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias y las Ofertas de Empleo Público para los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 (BOJA núm. 227, de 25.11.2021).

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Advertidos errores materiales en el Anexo I, «Bases específicas reguladoras del concurso-oposición», de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, del Director Gerente de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización de empleo temporal en las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias y las Ofertas de Empleo Público para los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre), y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a realizar la oportuna corrección:

Páginas núm. 18549/6 y 18549/7.

Donde dice:

«Apartado tres. Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación (máximo 54 puntos).

Apartado tres uno. Formación continuada.

1. Formación continuada impartida por centros universitarios.

(…)

Apartado tres dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).

(…)»

Debe decir:

«Apartado tercero. Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación (máximo 54 puntos).

Apartado tercero uno. Formación continuada.

En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar como discente hasta un máximo 975 horas anuales (o 97,5 créditos). Si la actividad formativa se realiza en varios años, las horas se proporcionarán en función del tiempo que dure la actividad formativa en cada uno de ellos. En caso de que solo se acredite la fecha de finalización (o en su defecto fecha de certificación), se entenderá que todas las horas se han realizado en dicha fecha.

1. Formación continuada impartida por centros universitarios.

(…)

Apartado tercero dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).

(…)»

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