Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 2 de 14/01/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Orden de 14 de enero de 2022, por la que se prorrogan las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2.

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La Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2, en su disposición final única, estableció los efectos de sus medidas de salud pública hasta las 00:00 horas del día 15 de enero de 2022.

Con fecha 3 de enero 2022, el Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto se ha reunido y ha propuesto la prórroga de las medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública adoptadas en la referida Orden de 17 de diciembre de 2021.

Nos encontramos en una situación de aumento muy importante de casos de la sexta ola de la enfermedad que comenzó con un aumento de casos de una forma lenta y sostenida en la semana 41 (11-17 de octubre) y que se ha acelerado de forma exponencial en las últimas tres semanas.

La cifra de incidencia acumulada en los últimos 14 días se sitúa en 1.519 casos por 100.000 habitantes a la fecha de la reunión del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, correspondiendo con un nivel de alto para este indicador de acuerdo con los nuevos umbrales de riesgo y manteniendo la tendencia ascendente desde la semana 41.

La tasa en mayores de 64 años de los últimos 14 días presenta también una tendencia ascendente, situándose actualmente en 552, valor considerado de riesgo muy alto. Todas las provincias andaluzas, se encuentran en este nivel.

No obstante, la ocupación de camas de hospitalización y la ocupación de camas de UCI en el conjunto de Andalucía se sitúan en estos momentos en un nivel de riesgo en el intervalo inferior del nivel de riesgo medio (5,95%) aunque presentan una tendencia ligeramente ascendente no comparable a la pendiente de ascenso de anteriores olas. Respecto a la ocupación de camas UCI el conjunto de Andalucía se sitúa en el nivel de riesgo medio (12,37%), siendo igualmente la pendiente ascendente aún más baja que la referida a la ocupación de camas convencionales.

Respecto a la presión asistencial de urgencias (tanto primaria como hospitalaria) se encuentran, en general, por debajo de los niveles de presión de las mismas fechas pre-pandémicas.

Por otra parte, se sigue avanzando en la cobertura de vacunación en población general consiguiendo una cobertura del 82,5% de vacunación completa para el total de población. Ya se ha conseguido un porcentaje de vacunación completa muy importante en todos los grupos de edad. Los grupos de edad mayores de 50 años superan el 96% de  cobertura de vacunación completa. Ya casi se ha alcanzado el 50% de la cobertura de primavacunación en la población de 5 a 11 años, así como una cobertura superior al 80% de dosis de refuerzo en la población mayor de 60 años, estando avanzada la dosis de refuerzo en la población de 50 a 59 años.

La situación de partida de esta denominada sexta ola, es comparativamente mucho más favorable que lo fue al inicio de las anteriores olas, así en las anteriores los datos de presión asistencial fueron 970 hospitalizados (inicio tercera ola), 963 (inicio de la cuarta ola)  y 463 (inicio quinta ola), siendo actualmente (inicio sexta ola) de 153 casos. Las proyecciones realizadas por el Ministerio de Sanidad, hasta final del mes de enero sitúan a nuestra Comunidad Autónoma con un porcentaje de presión asistencial en camas hospitalarias que no llegaría a alcanzar el nivel de riesgo muy alto. La disponibilidad de camas convencionales es del 48,79% y de camas UCI es del 64,6%. La evolución del número de fallecidos ha mantenido una clara disminución desde el inicio del año (1.336 en enero) hasta el mes pasado (210 en el mes diciembre).

A la vista de estos datos y teniendo en cuenta que a medida que avanza la pandemia, las medidas preventivas no farmacológicas deben revisarse y ajustarse periódicamente de acuerdo con la situación epidemiológica, cuando existe un alto nivel de inmunidad adquirida por la vacuna entre los grupos prioritarios, la epidemiología puede comenzar a cambiar. Puede producirse una disociación entre la incidencia y las tasas de hospitalización y mortalidad porque las personas más propensas a la hospitalización y la muerte habrán sido inmunizadas. De acuerdo a la OMS, para orientar el ajuste de las medidas preventivas de salud pública es fundamental volver a medir los umbrales de incidencia, centrarse en las tasas de hospitalización y de ingresos en las UCI y analizar los datos de incidencia por grupo de edad, así como evaluar el número potencial de casos de COVID-19 no diagnosticados, con una finalidad de evaluar la presión asistencial en su conjunto.

En definitiva, atendiendo a los parámetros de tasas de hospitalización y de ingresos en las UCI y su proyección, la situación de partida sobre éstos, ya expresada, así como el avance de las dosis de refuerzo y el inicio de la vacunación en el grupo etario hasta ahora no vacunado (menores de 12 años), se estima que estas medidas deben volver a tener una aplicación temporal pues es necesario una continua revisión de la situación de los indicadores señalados, fundamentalmente los referidos a presión hospitalaria y la evolución en nuestra Comunidad de la nueva variante del SARS-Cov-2. (Omicrom), que a la vista de los datos actuales, indica una menor gravedad en su clínica y un porcentaje muy inferior en las tasas de hospitalización. A lo anterior habría que añadir que, con la necesaria prudencia, se proyecta una cierta estabilización en los datos de incidencia para las próximas semanas, siendo por tanto necesario su re-evaluación a final del mes de enero, salvo que la situación se modificara de forma repentina que necesitara de una nueva valoración urgente por el Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de los artículos 21.2 y 62.6 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y 71.2.c) y 83.3 de la Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Prórroga de las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2.

Se prorrogan, en los mismos términos, las medidas establecidas en la Orden de 17 de diciembre de 2021, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en Andalucía, en relación con los niveles de alerta sanitaria 1 y 2, desde las 00:00 horas del día 15 de enero de 2022 hasta las 00:00 horas del día 1 de febrero de 2022.

Sevilla, 14 de enero de 2022

JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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BOJA Extraordinario nº 2 de 14/01/2022

  1. Disposiciones generales