Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 25/03/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 10 de marzo de 2022, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de educación primaria «Compañía de María», de Puente Genil (Córdoba). (PP. 687/2022).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Bernardo López Migueles, como representante de Orden de la Compañía de María Nuestra Señora, entidad titular del centro docente privado de educación primaria «Compañía de María», en solicitud de ampliación del mismo en 1 unidad de educación básica especial para 12 puestos escolares.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 12 unidades de educación primaria con 300 puestos escolares, por Orden de 16 de mayo de 1996 (BOJA de 20 de junio), y 1 unidad de educación básica especial con 12 puestos escolares, por Orden de 26 de marzo de 2010 (BOJA de 26 de abril).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Córdoba y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); la Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de Centros de Educación Especial (BOE de 6 de abril); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa, por ampliación en 1 unidad de educación básica especial para 12 puestos escolares, al centro docente privado de educación primaria «Compañía de María», promovida por Orden de la Compañía de María Nuestra Señora, como entidad titular del mismo, con código 14006175, ubicado en C/ Susana Benítez, 5-7, de Puente Genil (Córdoba), quedando configurado con 12 unidades de educación primaria para 300 puestos escolares y 2 unidades de educación básica especial para 24 puestos escolares.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y Deporte de Córdoba la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos desde el inicio del curso 2022/2023.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de marzo de 2022

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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