Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 25/03/2022

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de mayo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante de autos núm. 1562/2014. (PP. 3792/2021).

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NIG: 4109142C20140050320.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1562/2014. Negociado: R.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Banque PSA Finance.

Procuradora: Sra. Pilar Durán Ferreira.

Contra: Ana María Berrocal Postigo.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2190/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla a instancia de Banque PSA Finance contra Ana María Berrocal Postigo sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 173/2016

En Sevilla, a veinte de julio de dos mil dieciséis.

Doña María José Moreno Machuca, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Catorce de Sevilla, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos con el número 1562/2014, a instancia de Banque PSA Finance Sucursal en España, representada por la Procuradora doña Pilar Durán Ferreira, contra doña Ana María Berrocal Postigo, declarada en rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda promovida por la entidad Banque PSA Finance Sucursal en España, representada por la Procuradora doña Pilar Durán Ferreira, contra doña Ana María Berrocal Postigo, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 7.849,58 €, que devengará el interés previsto en el artículo 576 LEC desde la presente sentencia hasta su completo pago.

Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, citando la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan (artículo 458 LEC). Para que proceda tener por interpuesto el recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, suma que deberá ser ingresada en la cuenta de este Juzgado número 4036-0000-04-1562-14, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional décimo quinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial (introducida por L.O. 1/2009, de 3 de noviembre), salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos aquella (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita).

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Delbilin, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintidós de mayo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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