Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 25/03/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Acuerdo de 22 de marzo de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el III Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00258081.

La Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, en su artículo 70, prevé la aprobación de un Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía como instrumento de la Administración de la Junta de Andalucía para coordinar las políticas y medidas recogidas en la ley a excepción de las relativas a la materia de empleo, que se regularán por el Plan de empleo correspondiente.

En consecuencia, el Consejo de Gobierno aprobó, mediante Acuerdo de 11 de septiembre de 2018, la formulación del Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía.

En cumplimiento de este mandato y fruto de un intenso proceso de diagnóstico, reflexión, estudio y participación, el presente Plan pretende dar respuesta a las necesidades actuales de las personas con discapacidad y sus familias en Andalucía y anticipar posibles soluciones en un futuro ciertamente cambiante.

Este Plan se enmarca en numerosos documentos internacionales y nacionales, como la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, de 13 de diciembre de 2006, que sigue marcando una serie de derechos y obligaciones y un compromiso constante en la protección de los mismos, mediante un proceso de revisión permanente de nuestra legislación, la elaboración de políticas públicas y programas que los hagan plenamente efectivos, la evaluación de estas políticas públicas y el establecimiento de un método de consulta a personas con discapacidad a fin de que sean partícipes del proceso.

Igualmente, pretende abordar desde una perspectiva intersectorial la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible aprobada por la ONU, que ha supuesto un instrumento de acción para fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia, con 17 objetivos y 169 metas de carácter integrado e indivisible que abarcan medidas de carácter social, educativo, económico, entre otras, reforzándola con diferentes medidas encuadradas en los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): El 4: educación de calidad; ODS 5: Igualdad de género; ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico; ODS 10: Reducción de desigualdades; ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles y el ODS 17: Alianzas para lograr objetivos.

Y, finalmente, este Plan coincide plenamente con las prioridades de la Estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Unión Europea 2021-2030, procurando la igualdad de oportunidades, la accesibilidad universal, la protección social, el acceso a los servicios esenciales como la salud, la educación y la justicia, vivir de forma independiente y avanzar en la desintitucionalización, y el acceso y disfrute a la cultura, el deporte, el turismo y el ocio, entre otras medidas.

El III Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en nuestra Comunidad Autónoma tendrá una vigencia que alcanza hasta 2026, es prorrogable y evaluable parcialmente y a su finalización. Contiene 8 objetivos estratégicos (OE) que responden a 4 líneas estratégicas (LE). Los objetivos están relacionados con la reducción de tiempos y simplificación de trámites, autonomía y salud, educación y formación, inclusión social y laboral y accesibilidad universal. Para dar respuesta a los mismos, se han articulado 24 programas que se abordan de manera transversal, contando con la participación de prácticamente todas las Consejerías de la Junta de Andalucía.

Este Plan se ha visto afectado por un momento totalmente imprevisible como la crisis sanitaria mundial ocasionada por la pandemia originada por el COVID-19 que, entre otros aspectos, ha dificultado su elaboración y conllevado la incorporación de nuevos enfoques, que pese a los retos iniciales, finalmente se han transformado en oportunidades para la identificación de nuevas necesidades sociales.

Por ello, y concluidos todos los trámites del procedimiento establecido en el Acuerdo de 11 de septiembre de 2018, del Consejo de Gobierno, la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación eleva la propuesta final al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante acuerdo.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 70 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de marzo de 2022,

ACUERDA

Primero. Aprobación del Plan.

1. Se aprueba el III Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía.

2. El texto completo del presente Plan Integral estará disponible en la página web de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en el siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion.html

y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html

Segundo. Ámbito temporal.

La vigencia del presente Plan de Acción Integral se extenderá al período comprendido desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2026.

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de discapacidad, podrá acordar su prórroga.

Tercero. Habilitación.

Se faculta a la persona titular de Consejería competente en materia de discapacidad para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este acuerdo.

Cuarto. Efectos.

Este acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Carmona, 22 de marzo de 2022

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación
Descargar PDF