Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 28/03/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 17 de marzo de 2022, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso público de méritos para la para la creación de una bolsa de trabajo de Titulado de Grado Medio (Perfil: Gestor de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación) .

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El Reglamento de puestos de trabajo y de configuración y funcionamiento de las bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Jaén, aprobado el 21 de julio de 2021, recoge la posibilidad de crear una bolsa de trabajo en los supuestos en los que no exista bolsa de trabajo procedente de la convocatoria de procesos selectivos de promoción interna o de nuevo ingreso. De conformidad con lo establecido en al art. 3.7 del mencionado reglamento, este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén (BOJA de 8 de agosto de 2003), reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA de 28 de julio); y de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, convoca concurso de méritos para crear una bolsa de trabajo específica de la categoría de Titulado de Grado Medio (Perfil: Gestor de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación), Ref.: OTRI, con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. La realización de este proceso selectivo se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Reglamento de puestos de trabajo y de configuración y funcionamiento de las bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Jaén y en las bases de la convocatoria.

1.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que se especifica en el Anexo I.

1.3. La selección se desarrollará quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas aspirantes y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito.

1.4. Las funciones que, con carácter general, corresponderían al puesto de trabajo, la jornada de trabajo y horario, así como las retribuciones y demás derechos de contenido económico serán las que se recogen en el IV Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades públicas andaluzas.

1.5. El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

B) Estar en posesión del título de Diplomatura, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

C) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

D) Acreditar nivel B2 de inglés, de conformidad con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el marco común europeo de referencia para las lenguas.

E) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, manteniéndose hasta la fecha de inicio del contrato.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo disponible en la siguiente dirección web

http://www10.ujaen.es/sites/default/files/users/servpod/impresos%20y%20solicitudes/solic_pru_select_la boralw.pdf

que también será facilitado en el Servicio de Información, Registro y Administración Electrónica de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las subdelegaciones del Gobierno.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar preferentemente de forma telemática en el Registro Electrónico Común (REC) a través de la siguiente dirección web: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

También se podrá presentar de forma presencial en el Registro General de la UJA o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las personas aspirantes de forma presencial en otro Registro diferente al general de la Universidad de Jaén deberán ser comunicadas en el mismo día de presentación, mediante telegrama, fax (953 212 278), o a la dirección (secpas@ujaen.es), indicando la fecha de presentación, lugar donde se ha presentado, número de teléfono de contacto para el seguimiento de la solicitud y referencia de la plaza que se solicita. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, se habilita el teléfono (953 212 277).

La instancia deberá acompañada necesariamente de:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos en concepto de tasas.

c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

d) Acreditación de nivel B2 de inglés conforme a lo establecido en el apartado 2.1 de esta resolución.

e) Acreditación documental de los méritos establecidos en el baremo del Anexo I de esta convocatoria.

La no acreditación documental de los méritos no supondrá la exclusión del concurso, pero conllevará su no consideración por parte de la comisión de selección.

3.4. Los derechos en concepto de tasas de este concurso serán de 25 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, oficina Universidad, número de cuenta ES79 3067 0109 331150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: concurso de Titulado Superior: Ref. BT TGM OTRI, o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso, la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.

3.5. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará

Resolución que se publicará en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), y a título informativo en la página web del Servicio de Personal, en la que, además, de declarar aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, figurará la relación de aspirantes excluidos/as con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad y motivo de la exclusión.

Serán excluidos/as aquellas personas aspirantes que no aporten la documentación detallada en los apartados a), b), c) y d) del apartado 3.3 o presenten la solicitud fuera de plazo.

3.6. Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución a que se refiere la base anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios).

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.7. Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas. A tal efecto, será necesario solicitud expresa del interesado en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria a donde ha de realizarse la transferencia bancaria de devolución.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Comisión de Valoración.

4.1. La Comisión de Valoración de estas pruebas estará constituida por los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Don Nicolás Ruiz Reyes. Catedrático de Universidad y Gerente de la Universidad de Jaén.

Vocales:

Doña María Aurora Cancio Segura. Funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

Don Pablo Juan Cárdenas García. Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Jaén.

Don José Enrique Callejas Aguilera. Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Jaén.

Doña María de la Cinta Zunino Garrido. Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Jaén.

Secretario: Don Emilio Valenzuela Cárdenas. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Miembros suplentes:

Presidente: Don José Alejandro Castillo López. Funcionario de la Escala Técnica de Administración Universitaria de la Universidad de Jaén.

Vocales:

Don Fermín Lucena Muñoz. Titulado Superior de la Universidad de Jaén.

Don Pedro Pérez Higueras. Catedrático de Universidad de la Universidad de Jaén.

Doña Cecilia Benítez Guerrero. Técnico Especialista de Laboratorio de la Universidad de Jaén.

Don Francisco Luis Rodríguez Fernández. Profesor Colaborador de la Universidad de Jaén.

Secretaria: Doña María del Carmen Higueras Herrador. Funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Jaén.

4.2. La Comisión de Valoración podrá nombrar miembros asesores, que actuarán con voz, pero sin voto.

4.3. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir y las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

4.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

4.5. Previa convocatoria del Presidente de la Comisión de Valoración, se celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes del inicio del proceso selectivo. En dicha sesión, la Comisión de Valoración acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto al desarrollo del proceso de selección.

4.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Valoración tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio B-1 del Campus Las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953 212 277.

4.7. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión de Valoración tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del/de la interesado/a, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.

5. Procedimiento de selección. Relación de aprobados/as. Presentación de documentos y posterior firma del contrato.

5.1. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que figura como Anexo I de la presente convocatoria. Los méritos de las personas candidatas serán evaluados por la Comisión de Valoración, que valorará la calidad y pertinencia de los mismos respecto a las características de las plazas convocadas. Dicha comisión podrá determinar una puntuación mínima para poder formar parte de la bolsa de trabajo. El concurso podrá resolverse con la no creación de la bolsa cuando, a juicio de la Comisión de Valoración, los currículums de las personas aspirantes no se adecuen mínimamente a las exigencias profesionales de la plaza.

5.2. Finalizado el procedimiento descrito en los párrafos anteriores, la Comisión de Valoración hará públicas, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), la relación de las personas aspirantes que accedan a la bolsa, por orden de puntuación.

5.3. El llamamiento de personal de la bolsa de trabajo se efectuará de conformidad con lo establecido en el art. 6 del Reglamento de puestos de trabajo y de configuración y funcionamiento de las bolsas de trabajo para el personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Jaén.

5.4. La persona que sea seleccionada para su contratación como personal laboral temporal deberá presentar en el Servicio de Personal de esta universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al/ a la interesado/a.

5.5. Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados/as, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.6. En el contrato que se suscriba se fijará un período de prueba de seis meses y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

5.7. La documentación presentada por los candidatos podrá ser retirada en el Servicio de Personal por los interesados en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la adjudicación definitiva. Transcurrido este periodo de tiempo se procederá a la destrucción de la referida documentación.

6. Norma final.

6.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en este concurso, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo, y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. La Comisión de Valoración está facultada para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2. La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y en la forma Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 17 de marzo de 2022.- El Rector, Juan Gómez Ortega.

ANEXO I

BAREMO SELECCIÓN CONCURSO

Expediente académico: Nota media de la titulación universitaria requerida para participar en el concurso de méritos: Máximo 10 puntos por nota máxima de la titulación presentada.

Formación: Máximo 25 puntos.

- Por la participación en cursos relacionados con el puesto impartidos por Organismos Oficiales se valorará hasta 0,50 puntos por cada 5 horas de formación, y 0,05 puntos más por cada hora adicional.

- Por la participación en Jornadas relacionadas con la materia propia del puesto se valorará hasta 0,50 puntos por cada una.

- Por estar en posesión de titulación universitaria oficial de superior nivel a la exigida para el acceso, 3 puntos por cada una de ellas.

Idiomas: Máximo 15 puntos.

Todos los méritos de idiomas se acreditarán de conformidad con las tablas de certificados oficiales aceptados por las universidades andaluzas para la acreditación de lenguas extranjeras y su correspondencia con el marco común europeo de referencia para las lenguas.

No obstante, se entenderá acreditado el nivel B-2 de una lengua extranjera a los hablantes nativos de esa lengua que estén en posesión de un certificado de estudios de Bachillerato o titulación afín en su país.

- Valoración idioma inglés C-1 acreditado: 6,5 puntos.

- Valoración idioma inglés C-2 acreditado: 8,5 puntos.

Experiencia profesional: Máximo 30 puntos.

- Experiencia profesional acreditada en las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRIS) de las Universidades públicas españolas: 2,5 puntos por mes de servicio.

- Experiencia profesional acreditada en otras Unidades o Servicios de Universidades públicas españolas: 0.6 por mes de servicio.

Entrevista: Máximo 20 puntos.

Entrevista obligatoria en la que se valorará, entre otros, la experiencia y el conocimiento del puesto de trabajo.

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